Por Gioconda Cunto de San Blas
«No se tomará ni se
encarcelará a ningún hombre libre, ni se usurpará su propiedad vitalicia, o
libertades, o aduanas libres, ni se le prohibirá, ni se le exiliará, ni se
destruirá de ninguna otra manera; ni será pisoteado, ni le condenaremos, sino
por juicio legítimo de sus pares, o por la ley de tierras. No venderemos a
nadie, ni negaremos ni postergaremos justicia o derecho a ningún hombre.»
En 1215 la carta magna firmada
por el rey John de Inglaterra por presión de sus súbditos contenía ese texto,
la cláusula 29, que garantizaba desde entonces derechos que hoy en día,
actualizados y mejor elaborados, forman parte de leyes nacionales y universales
relativas a la defensa de los derechos humanos. 800 años más tarde, dicha
cláusula 29 y dos más de aquella carta magna siguen vigentes al día de hoy en
los estatutos de Inglaterra y Gales.
Traigo a colación este
viejo y a la vez actual texto para enfrentarlo a la vergonzosa revelación
del World Justice Project (WJP) en su reciente edición
2020 (212 páginas repletas de información), según la cual Venezuela ocupa el
último lugar entre 128 países (dos tercios de 194), evaluados en torno al
Estado de derecho en cada uno de ellos, una deshonrosa posición que nos retrotrae
a etapas anteriores a la firma de aquella carta magna del siglo XIII.
El Índice de Estado de
derecho del WJP queda definido por cuatro principios universales: rendición de
cuentas, leyes justas, gobierno abierto, mecanismos accesibles e imparciales
para resolver disputas. Principios estos que el WJP desarrolla en ocho
factores, tabulados en una escala de 0 a 1, donde 1 indica la máxima adhesión
al Estado de derecho. Según el WJP, la situación venezolana en materia de
derechos se resume en estos datos sombríos: límites al poder gubernamental
(0,17), ausencia de corrupción (0,31), gobierno abierto (0,28), derechos
fundamentales (0,31), orden y seguridad (0,48), cumplimiento regulatorio
(0,20), justicia civil (0,27) y justicia penal (0,13).
Así, Venezuela se ubica
en el último puesto de la tabla, acompañada por Nicaragua (118), Bolivia (121),
Egipto (125), Congo (126) y Camboya (127). Entre los países americanos con
mejores posiciones: Canadá (9), Estados Unidos (21), Uruguay (22), Costa Rica
(25), Chile (26), Colombia (27). Más abajo, Argentina (48), Brasil (67), México
(104). No sorprende que los países escandinavos ocupen los primeros cuatro
puestos, en este orden: Dinamarca, Noruega, Finlandia y Suecia.
Tampoco sorprende, aunque duela, la baja puntuación de nuestro país. Muchos son los crímenes que avalan dicha ubicación en el foso del ranking. Varios de ellos están contenidos en el informe que la fiscal saliente de la Corte Penal Internacional (CPI) dejó para su sucesor en el cargo. Graves acusaciones, debidamente documentadas, reposan también en los informes sucesivos de Michele Bachelet, alta comisionada de las Naciones Unidas, así como el de la Misión Independiente de Determinación de los Hechos de las Naciones Unidas, el de la Comisión Interamericana de Derechos Humanos y el de la Organización de Estados Americanos, solo por mencionar unos pocos informes de los muchos generados por instituciones del mayor nivel nacional e internacional en materia de derechos humanos.
En este momento hay 268
presos políticos, según el Foro Penal. Además, 9.406 personas se mantienen sujetas a
procesos penales arbitrarios por motivos políticos o bajo medidas cautelares,
una fracción de las 15.741 detenciones políticas que desde 2014 se han
registrado en Venezuela.
En resumen, de todos
los informes hasta ahora publicados se concluye que en Venezuela se han
cometido crímenes de lesa humanidad, de directa jurisdicción de la CPI:
arresto, privación severa de libertad física, tortura, violación y otras formas
de violencia sexual y persecución contra cualquier grupo identificable por
razones políticas, algunas de las cuales han llevado a la muerte de las
víctimas.
A este catálogo de
brutalidad debemos sumar las violaciones a los derechos económicos y sociales,
alimentación, salud; violaciones de los derechos civiles y políticos, hegemonía
comunicacional, erosión del Estado de derecho, desmantelamiento de las
instituciones democráticas, de todo lo cual somos testigos y víctimas los
pobladores de este sufrido país.
La intención primaria
del WJP es que la herramienta desarrollada en este programa sea utilizada por
legisladores, organizaciones de la sociedad civil, académicos, ciudadanos y
profesionales del derecho, entre otros, para el diagnóstico de debilidades y
fortalezas de cada país, que deriven en el fomento de políticas públicas
fortalecedoras del Estado de derecho. Siendo así, el trabajo será arduo para
los ciudadanos de esta comarca cuando comencemos el retorno a la vida
democrática que nos merecemos.
Gioconda Cunto de San Blas
es Individuo de Número de la Academia de Ciencias Físicas, Matemáticas y
Naturales. Investigadora Titular Emérita del IVIC.
26-08-21
https://talcualdigital.com/venezuela-y-su-barranco-legal-por-gioconda-cunto-de-san-blas/
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