Isabella González 07 de octubre de 2024
La
restricción del gobierno venezolano que impide el retorno de ciudadanos con
pasaporte vencido al país ha sido calificada como inconstitucional, ya que
vulnera el derecho fundamental que garantiza a los migrantes regresar al propio
territorio, consagrado en la Constitución y en tratados internacionales, sin
justificaciones legales claras ni criterios razonables
A
partir del pasado viernes 27 de septiembre, el gobierno venezolano reforzó una
medida que limita el ingreso de los ciudadanos al país únicamente con pasaporte
vigente, normativa que ha impuesto nuevas trabas burocráticas y vulnera el
derecho consagrado en el artículo 50 de la Constitución, que garantiza a todos
los venezolanos el libre tránsito y retorno a la República sin necesidad de
autorización alguna.
El texto constitucional es claro: los venezolanos y venezolanas tienen el derecho de regresar al país sin restricciones. Sin embargo, la nueva regulación impide el ingreso de aquellos ciudadanos cuyo pasaporte haya vencido, a menos que cumplan con excepciones específicas, como poseer doble nacionalidad o residencia legal en otro país. Quienes no cumplan con estas condiciones deberán solicitar un salvoconducto, tramitado con máximo 72 horas de antelación, que tiene un costo de 60 dólares para los países que aún cuentan con representación consular.
Los
países con los que Venezuela rompió relaciones diplomáticas y consulares
tendrán habilitada una página web en la que se podrá hacer la solicitud, sin el
pago del arancel. Por su parte, el convenio Mercosur, que permitía a los
ciudadanos viajar solo con su cédula de identidad, ha sido restringido a vuelos
directos provenientes de Bolivia, limitando aún más las opciones de retorno
para muchos ciudadanos.
En una
entrevista realizada por TalCual, el abogado
constitucionalista Luis Palacios Sanabria explicó que la medida de
exigir un pasaporte vigente para que los venezolanos puedan ingresar al país es
claramente arbitraria e inconstitucional, ya que constituye una «vía
de hecho» porque no se conoce el acto administrativo que la
sustenta, y es arbitraria al generar un trato desigual entre los venezolanos
que poseen un pasaporte vigente y aquellos cuyo documento está vencido o que no
cuentan actualmente con uno.
Las
autoridades venezolanas han justificado esta medida como una manera de
controlar los flujos migratorios y «garantizar la seguridad del
país», pero ha suscitado preocupación entre expertos en derechos humanos
y constitucionalistas.
Vulneración
a más de un derecho
La
exigencia de un pasaporte vigente para ingresar a Venezuela tiene profundas
implicaciones legales para los ciudadanos que residen en el exterior, de cara
al cierre de consulados. Además de vulnerar el artículo 50 de la Constitución,
la disposición también atenta contra varios principios constitucionales
fundamentales.
«El
artículo 2 de la Constitución venezolana declara la libertad como principio, lo
que implica el libre desenvolvimiento de las personas. Si una persona en su
proyecto de vida decide migrar, el Estado no puede interferir en esa decisión»,
señaló el abogado.
Asimismo,
viola el principio de servicialidad del Estado hacia las personas y el respeto
a su dignidad, consagrado en el artículo 3 de la Constitución.
Los
artículos 19 y 21 se ven transgredidos por ser una medida regresiva en términos
de derechos y por discriminar a un sector de la población.
«Los
migrantes venezolanos son un grupo discriminado, marginado y en situación de
vulnerabilidad. La decisión del propio Estado venezolano incrementa esa
vulnerabilidad y limita el ejercicio de derechos de los venezolanos en el
extranjero», afirmó Palacios.
El
mismo artículo 21 en su numeral 2 establece que la ley ha de garantizar las
condiciones jurídicas y administrativas para que la igualdad ante la ley sea
real y efectiva y adoptará medidas positivas a favor de personas o grupos que
sean discriminados, marginados o vulnerables.
El
abogado sugirió que el Estado venezolano debería facilitar el retorno de los
ciudadanos mediante acuerdos con otras sedes diplomáticas para la emisión de
pasaportes o permitir el ingreso con la cédula de identidad. En ausencia de
estos documentos, propuso que se utilicen dispositivos de identificación
biométrica o tecnologías similares, lo que garantizaría que quienes ingresan
son efectivamente nacionales venezolanos, información que ya está en poder del
Estado a través del control de las fronteras.
El
impacto de esta medida ha sido tan significativo que algunos países, como
Panamá, han tomado acciones para aliviar las dificultades que enfrentan los
venezolanos en el extranjero. Recientemente, el presidente José Raúl Mulino
anunció la firma de un decreto que
permite a los venezolanos residentes en ese país realizar trámites con el
pasaporte vencido por seis meses.
Implicaciones
legales con migrantes
Palacios,
quien también es director de Postgrado e Investigación de la Facultad de
Derecho y Ciencias Sociales de la Universidad San Sebastián en Chile,
señaló que lo que ha caracterizado en los últimos años la relación entre el Estado
venezolano y la diáspora ha sido la dificultad en el acceso a documentos de
identificación, en particular, el pasaporte, lo que ha afectado gravemente a
los venezolanos en el exterior.
«Tanto
el pasaporte, como la cédula de identidad o la partida de nacimiento son
derechos que están declarados en la Ley Orgánica de identificación y que
también derivan de la interpretación de la norma constitucional, pero ha sido
una práctica común del gobierno venezolano en su relación con la diáspora
desconocer el derecho que tienen los venezolanos y la obligación que tiene el
Estado venezolano de asegurar un documento de identificación para todos»,
argumentó.
Destacó
que las personas igualmente emprenden su proyecto migratorio, pero lo hacen en
condiciones precarias que no solo afectan la regularización en el país de
acogida, sino también el acceso a servicios fundamentales como salud, educación
y empleo.
Para
el abogado, lo alarmante es que la medida de exigir un pasaporte
vigente para el retorno a Venezuela suma una nueva barrera para los migrantes y
viola los compromisos internacionales asumidos por Venezuela.
«El
derecho a regresar a tu país de origen es un derecho fundamental reconocido en
la Declaración Universal de los Derechos Humanos, la Convención Americana sobre
Derechos Humanos y en la normativa internacional que protege a los trabajadores
migrantes y sus familias, que garantiza que toda persona que emigra tiene
derecho a retornar a su país de origen», explicó el abogado.
Sobre
las posibles acciones legales , Palacios consideró que hay dos ámbitos en los
que se debe actuar: primero, agotar la institucionalidad nacional mediante el
ejercicio de la acción de amparo, que procede contra todo acto administrativo
ante tribunales de la República por la evidente violación de normas
constitucionales y legales teniendo en consideración la afectación o el daño
que causa esta medida; y en una segunda dimensión, comunicarse ante el Comité
de Naciones Unidas a cargo de verificar el cumplimiento de la Convención
Internacional sobre la protección de los derechos de todos los trabajadores
migratorios y de sus familiares.
Este
mecanismo de denuncia internacional está disponible para los venezolanos
residentes en el extranjero, permitiéndoles evidenciar ante el Sistema de
Naciones Unidas las violaciones derivadas de la decisión del Estado venezolano
que impide el retorno de sus ciudadanos
Además,
el abogado detalló que este contexto es especialmente complejo porque varios
países de la región, particularmente aquellos con grandes comunidades
venezolanas, carecen de servicios consulares y embajadas activas.
«Por
ejemplo, en el caso de Chile, pese a que no fue una decisión del Estado chileno
romper relaciones o expulsar al personal diplomático, el gobierno venezolano
tomó de manera unilateral la decisión de abandonar la embajada y el consulado,
dejando a miles de venezolanos sin servicios esenciales, como la tramitación de
pasaportes y otras gestiones consulares. Entonces, la vía en términos
internacionales para dejar registros de esta nueva violación de derechos
humanos puede ser la de acceder al Comité de Trabajadores Migrantes de la ONU,
con el fin de evidenciar esta nueva acción que vulnera los derechos
establecidos en la Convención Internacional», añadió.
Restricciones
arbitrarias sin justificación legal
En
ciertos casos, un Estado podría establecer restricciones al retorno de un
ciudadano cuando el regreso de la persona represente un grave riesgo para el
orden público o la salud pública, o si busca evadir una decisión judicial, como
cuando alguien es perseguido por la comisión de un delito o tiene deudas. Estos
son criterios razonables establecidos por el derecho internacional para
justificar restricciones a los migrantes. Sin embargo, la medida aplicada por
Venezuela tiene un carácter general, afectando a una gran parte de la población
migrante venezolana sin que esté fundada en criterios de seguridad, orden
público o salud pública.
«Esto
es una medida que afecta o tiene un alcance mayor respecto a la población
migrante venezolana que no está fundada en criterios de seguridad u orden
público, salud pública y que no está fundada precisamente por su carácter
general en situaciones particulares que impidan al Estado venezolano asegurar
el derecho de reingreso o de retorno al país, lo que hace de esta decisión una
decisión de carácter arbitrario que afecta a los nacionales en el ejercicio de
su nacionalidad y esto también hay que decirlo porque esto es una dimensión
concreta», declaró.
La
nacionalidad de un país no se trata de un mero vínculo cultural, comunitario o
social, también implica un vínculo con el territorio y si alguien no puede
acceder al territorio del cual es nacional, al grupo familiar y al entorno
físico en el cual se dan esas relaciones de nacionalidad, la acción podría ser
entendida también como una nueva forma de apatría (situación de las personas
que no tienen una nacionalidad reconocida).
El
abogado señaló que se están presenciando actos arbitrarios que desconocen
los derechos fundamentales asociados al ejercicio de la nacionalidad. Muchos
venezolanos no tienen un pasaporte vigente ni los recursos necesarios para
tramitar un salvoconducto, lo que les impide retornar o ejercer plenamente su
condición nacional, la cual debe ser reconocida y protegida, incluso fuera de
su territorio.
«En los
estados democráticos y de derecho, la nacionalidad es un vínculo que extiende
la protección del Estado más allá de sus fronteras para salvaguardar los
derechos de sus ciudadanos en el exterior», comentó.
Agregó
que muchas legislaciones de migración y extranjería, como las de Ecuador,
incluyen normas dirigidas a proteger a sus nacionales en el extranjero y
estimular su retorno.
«Sin
embargo, en Venezuela están alejando a su comunidad en el extranjero y dejándola
en una situación de vulnerabilidad, sin respaldo en términos de identificación
ni asistencia consular. Esto los expone a violaciones de sus derechos en los
países de acogida, donde la falta de documentación y apoyo oficial los coloca
en una posición de desamparo», sostuvo.
Acción
internacional coordinada
Las
organizaciones de derechos humanos y la comunidad internacional deben responder
de manera activa y coordinada ante este hecho. En primer lugar, las comunidades
venezolanas organizadas en el extranjero, a través de asociaciones, ONG y
grupos civiles, deben denunciar la situación en sus países de acogida,
estableciendo contactos con los gobiernos de la región para documentar y
registrar la vulneración de derechos que afecta a los migrantes venezolanos.
También
sugirió la posibilidad de presentar denuncias colectivas ante el Comité de
Protección de los Derechos de los Trabajadores Migratorios de la ONU, como un
mecanismo internacional para hacer visible la situación.
Además,
es importante que las organizaciones se comuniquen con los líderes políticos y
sociales de la diáspora venezolana, quienes pueden actuar como representantes
de los migrantes ante organismos internacionales como las Naciones Unidas, la
Organización de Estados Americanos (OEA) y la Unión Europea.
«Esas
son voces que pueden de alguna u otra forma insertar en la discusión de esos
organismos internacionales esta nueva vulneración e intentar ejercer presión
también ante las delegaciones diplomáticas y consulares del Estado venezolano
en los países donde estén», mencionó.
También
deben impulsar acciones legales que permitan evidenciar esta situación, lo cual
puede sumar al extenso expediente de violaciones masivas de derechos humanos y
crisis humanitaria que ha documentado la comunidad internacional sobre
Venezuela, por ejemplo, el caso que está abierto ante la Corte Penal
Internacional (CPI).
Aunque
los mecanismos del derecho internacional pueden ser más lentos y tenga que
transcurrir mucho tiempo para determinar la responsabilidad de las partes,
eventualmente los responsables deberán rendir cuentas ante la justicia por
violar derechos fundamentales, lo cual tiene consecuencias tanto en el
ordenamiento jurídico interno como en el ámbito internacional.
Si
bien estas violaciones pueden no ser tan graves como las detenciones
arbitrarias o la tortura, se suman al amplio abanico de acciones represivas que
ha llevado a cabo el Estado venezolano e implican a las personas que participan
de manera directa e indirecta en la comisión de estos actos.
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