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martes, 8 de marzo de 2016

Cronología de una Infamia, por @lloaizar



Luis Loaiza Rincón 07 de marzo de 2016

De cómo el régimen ha intentado el linchamiento político, moral y personal de Manuel Rosales

Al conocer la cronología del caso de persecución política contra Manuel Rosales y considerar sus seis años y diez meses de clandestinidad, exilio y cárcel, no queda otra que pensar que nos encontramos frente al ilegal proceder de un régimen que desconociendo los derechos humanos, la Constitución de la República y el ordenamiento legal, perdió su legitimidad democrática.


Es un 13 de septiembre de 2004 cuando se inicia la persecución contra Manuel Rosales por la vía de una investigación del Ministerio Público que después de dos años de exhaustivas actuaciones termina decretando el “archivo fiscal” de la causa por considerar que no se habían podido determinar ilícitos penales que comprometieran la responsabilidad del investigado y, por tanto, no se podía instaurar una acusación penal en su contra. Hasta aquí, las apariencias indican que la institucionalidad funciona y que después de una investigación que no llegó a ningún lado, el caso termina archivado. Pero no es así.

El 20 de agosto de 2007 el Ministerio Público ordenó reabrir el caso con la misma causa y el mismo expediente archivado. Sólo que a partir de este momento lo utilizarán para amedrentar cada vez que haga falta, o sea, cada vez que se acerquen unas elecciones en las que Manuel Rosales tenga peso específico para inclinar la balanza en contra del régimen.

Así se llega al 28 de noviembre de 2008 cuando se produjo la interpelación de Rosales en la Asamblea Nacional, a la cual acudió porque no tenía nada que ocultar. Esa interpelación, convertida en vulgar emboscada, duró más de ocho horas y se utilizó como un paredón para perpetrar el linchamiento político del líder opositor más importante de ese momento. A la final, quedó demostrado frente al país, con documentos y pruebas fehacientes, la inconsistencia y falsedad de todas las denuncias.

Pero la persecución no se detuvo. El 19 de marzo de 2009 el Ministerio Público presentó acusación en contra de Rosales y al día siguiente solicitó la radicación de la causa ante la Sala de Casación Penal. En esa misma fecha se le dio entrada a la solicitud de la radicación del juicio y fue designado ponente el entonces magistrado Eladio Aponte Aponte. El 23 de marzo de 2009 por solicitud de la Sala de Casación Penal, Manuel Rosales fue despojado del derecho a ser juzgado por sus jueces naturales, con lo cual se violó el debido proceso, de conformidad con lo establecido en el artículo 49.4 de la Constitución, dado que era a los tribunales de la Circunscripción Judicial del estado Zulia, a quienes correspondía, en concordancia con el artículo 58 del Código Orgánico Procesal Penal, juzgar al acusado.

Aunque para el momento no existía ninguna medida de detención ni prohibición de salida del país, la persecución policial contra Rosales no se hizo esperar. Es por eso que ante la reiterada violación de sus derechos, la negación de un proceso justo, tal como lo señalan los artículos 257 de la Constitución Bolivariana de Venezuela y 13 del Código Orgánico Procesal Penal, que establecen que todo ciudadano tiene derecho a gozar de un juicio apegado al derecho, en el cual deben respetarse el debido proceso y las garantías constitucionales; Manuel Rosales decide pasar a la clandestinidad.

El 19 de abril de 2009, un día antes de la audiencia preliminar fijada por el tribunal de la causa, salió a la luz pública el texto de la sentencia anticipada sobre el caso de Manuel Rosales, hecho denunciado por Ismael García, en virtud de la cual se establecía como sitio de reclusión nada menos que el Centro Penal La Planta, la cárcel más peligrosa de país en ese entonces.

No faltaba nada más para cerciorarse que el régimen perseguía no sólo el linchamiento político sino también moral y personal de Manuel Rosales. Ante esa situación pocas opciones quedan. Manuel Rosales decide salir del país y el 27 de abril de 2009 el gobierno de la República del Perú le otorga “Asilo Territorial”.

Ante esto, el gobierno de Venezuela no cesó en sus propósitos y ordenó su detención internacional, cosa que nunca llegó a concretarse porque la misma INTERPOL, a través de la Secretaría General de la Comisión de Control de los Ficheros de la OIPC-INTERPOL, bloqueó la solicitud del Gobierno venezolano hasta tanto no concluyeran sus experticias y consultas para proceder en correspondencia. El 20 de agosto de 2012 la INTERPOL concluyó que las actuaciones contra Rosales tenían un carácter predominantemente político por lo cual retiraba de sus archivos la información impugnada acerca de su persona.

Mientras tanto en Venezuela el deterioro del régimen produce interesantes efectos, como las constantes deserciones de altos funcionarios que huyen al exterior para salvaguardar su integridad de la vorágine destructora que ellos mismos ayudaron a desatar. Por ello supimos, el 24 de abril de 2012, gracias a la confesión del ex magistrado del Tribunal Supremo de Justicia, Eladio Aponte Aponte, debidamente notariada y apostillada en la Cancillería de Costa Rica, que él era el autor, responsable intelectual y encargado de girar órdenes e instrucciones en la maniobra contra Manuel Rosales para ponerlo preso, utilizando pruebas falsas, por orden del alto poder gubernamental.

Tres años después, el 28 de julio de 2015, el acusador principal de Manuel Rosales, José Luis Pirela, consignó un documento ante la Fiscalía General de la República, desestimando la denuncia realizada en el año 2004 por carecer de sustento legal alguno. Afirmó Pirela que pudo evidenciar que las pruebas que en su momento le fueron entregadas eran falsas y que había actuado bajo presión del entonces magistrado Aponte Aponte, por lo cual solicitaba la nulidad del juicio.

El 15 de octubre de 2015 Manuel Rosales regresa al país, después de más de seis años de exilio, y es inmediatamente detenido en el Aeropuerto Internacional de La Chinita del estado Zulia, en medio de un impresionante operativo militar y policial. Fue trasladado ese mismo día a la ciudad de Caracas donde se encuentra recluido desde entonces en las instalaciones del Sebin en El Helicoide, en la misma celda donde estuvo Daniel Ceballos, sin luz ni ventilación natural y en la que es grabado todo el día por dos cámaras de seguridad.

Hoy Manuel Rosales se enfrenta a un proceso fraudulento, con pruebas falsas, sin acusador y una artimaña de acciones que lo confinan injustamente a la prisión. Hasta las fechas que el mismo tribunal estableció para realizar su audiencia preliminar han sido violadas reiteradamente.

A Manuel Rosales se le han desconocido sus derechos fundamentales y con ello queda claro que ni los Derechos Humanos, ni la Constitución Nacional ni el ordenamiento legal vigente le importan a este gobierno. Por eso el país anhela un cambio, que se haga justicia y que la Asamblea Nacional ponga freno a esta situación con una Ley de Amnistía y Reconciliación para que Manuel Rosales y todos los presos políticos de Venezuela recobren su libertad.

Luis Loaiza Rincón

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