Señores Rectores,
En un Estado
democrático la autoridad electoral debe estar integrada por personas no
vinculadas a organizaciones con fines políticos y debe garantizar la igualdad,
la imparcialidad y la transparencia en los procesos electorales y tiene que
regirse por principios de independencia, despartidización e imparcialidad.
En una democracia la
autoridad electoral debe emitir directivas vinculantes en materia de
funcionamiento y publicidad electoral y aplicar sanciones cuando no sean
acatadas. En una democracia los funcionarios públicos deben estar al servicio
del Estado y no de parcialidad política alguna.
El funcionario que abuse de sus funciones para perjudicar o favorecer a
un candidato debe ser sancionado, ir a
la cárcel o ser multado. No debe permitirse publicidad o propaganda en las
oficinas públicas, ni que ellas sean utilizadas con fines de proselitismo
político ni que se utilicenfondos o bienes del patrimonio público en beneficio
de una candidatura.
En un Estado
democrático los medios de comunicación públicos y privados no pueden efectuar
por cuenta propia ningún tipo de difusión de propaganda a favor de un candidato
ni estimular o desestimular el voto de los electores a favor o en contra de
nadie. No se debe permitir la propaganda electoral que atente contra el honor,
vida privada, intimidad, propia imagen y reputación de las personas.
En una democracia la
Fuerza Armada debe ser una institución esencialmente profesional, sin
militancia política y en el cumplimiento de sus funciones debe estar al
servicio de la Nación y en ningún caso al de personal o parcialidad política algunos. Ningún efectivo del Plan República debe
intervenir en el desarrollo de las actividades inherentes a los procesos
electorales, salvo cuando la Ley expresamente se los permita.
Señores rectores, Lo
que venimos planteando no es la aspiración trasnochada de un grupo de soñadores
ni la expresión tendenciosa de algunos opositores ni el ejercicio de una acción
desestabilizadora. Todas las
aspiraciones que hemos planteado son requisito para que pueda existir una
democracia y un Estado democrático. Están establecidas textualmente en el orden
jurídico venezolano. Están en la
Constitución, en las Leyes y en los Reglamentos que ustedes mismos dictaron.
(Artículos 145, 293, 294, 296 y 328 de la Constitución de la República
Bolivariana de Venezuela; artículo 67 de la Ley Anticorrupción; artículo 23 de
la Ley Orgánica del Poder Electoral; artículos 75, 76, 79, 230 y 231 de la Ley
Orgánica de Procesos Electorales y artículos 204, 211, 221, y 293 del Reglamento
General de la Ley Orgánica de Procesos Electorales. Todas estas normas han sido detalladas
minuciosamente por ustedes en reglamentos, instructivos, resoluciones y otras
directivas.
Señores rectores,
ustedes cuando tomaron posesión de sus cargos juraron hacer cumplir la
Constitución y las Leyes de la República.
Ustedes debían ser imparciales.
En sus manos estaba la transparencia y la confiabilidad de los procesos
electorales. Lean con detenimiento las disposiciones legales que hemos citado y
no podrán, en conciencia, pretender que las han cumplido o hecho cumplir. Ustedes le fallaron al pueblo venezolano y en
consecuencia ni Dios ni la Patria les van a premiar y, desde ya, nosotros se lo
demandamos.
Ante el irrespeto
flagrante a la normativa constitucional, la respuesta más firme y categórica de
los electores debe ser votar masivamente para derrotar el autoritarismo y el
centralismo.
Rodrigo Agudo Asdrúbal
Aguiar Rafael
Arraiz Lucca
Alberto Arteaga Sánchez Froilán
Barrios
Carlos Blanco Nelson
Bocaranda Sardi Manuela
Bolívar
Soledad Bravo Allan
Randolph Brewer Carías Blas Bruni Celli
Marco Tulio Bruni Celli Carlos Canache
Mata Axel Capriles
Germán Carrera Damas Simón
Alberto Consalvi Antonio
Cova
Erika de la Vega Jorge
Díaz Polanco Román
Duque Corredor
Carlos Armando
Figueredo Elizabeth
Fuentes Arnoldo
José Gabaldón
Paulina Gamus Carlos
Genatios Fernando
Gerbasi
Roberto Giusti Ricardo
Haussmann Luis
Herrera Marcano
Rafael Huizi Clavier Francisco
Kerdel Vegas Octavio Lepage
Pedro Llorens Diana
López Carlos
Machado Allison
Thais Maingon Víctor
Maldonado Contreras Alexis Márquez
Rodríguez
Pompeyo Márquez Trino
Márquez Joaquín
Marta Sosa
Américo Martín Fausto
Maso Ramón
José Medina
Carlos Alberto Moros
Gershi Freddy Muñoz Marco Negrón
Rosario Orellana Luis
José Oropeza Carlos
Oteyza
Alfredo Padilla Tomás
Páez Alonso
Palacios
Luis Carlos Palacios Pedro
Palma Antonio
Pasqualli
Elías Pino Iturrieta Alberto
Quirós Corradi Eddie
Ramírez
Alberto Federico Ravell Jaime
Requena Elides
J. Rojas
César Miguel Rondón Antonio
Sánchez García Armando
Scannone
Benjamín Sharifker Héctor
Silva Michelena Nelson
Socorro
Heinz Sonntag Francisco
Suniaga Gustavo
Tarre Briceño
Ana Teresa Torres Gerver
Torres Luis
Ugalde
Jesús Urbieta Luis
José Uzcátegui Carlos
Walter
Es auténtico:
Emilio Figueredo
Planchart C. de I. 1.728.820 Pedro Mogna C. de I. 1.190.825
El 16 de diciembre ¡A
votar!
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