Por Carlos Romero M.,
07/12/2012
En el año 2011 en un espacio
llamado: Encuentro Socialista para la Administración Pública
del Sector Eléctrico[1]. el entonces ministro de
energía eléctrica, Alí Rodríguez, señalaba que habían conversaciones con el
Ministerio de las Comunas para crear mecanismos de participación del poder
popular para la gestión del sistema eléctrico.
En ese Encuentro organizado para discutir las
líneas estratégicas de la acción política 2011-2012, el ministro además señaló:
"los consejos comunales pueden asumir funciones en la instalación y
lectura de medidores, el control del robo de electricidad, el cuidado y
mantenimiento de transformadores, incluso subestaciones. Para avanzar hacia
ello se requiere que trabajadores y consejos comunales se encuentren, caminen
juntos en ese sentido. Ya es el momento".
Por cierto en octubre del año 2009 el portal web de
Nueva Prensa de Oriente [2], registraba la
experiencia de una mesa Técnica de Electricidad, realizado en el Salón de
Sesiones del Concejo Municipal del Municipio Sotillo, en la cual participaron,
según la noticia publicada entonces, un total de 80 consejos comunales.
En aquella mesa se presentaron, supuestamente, un
diagnóstico del problema eléctrico de la zona y se construyeron proyectos de
servicio energético para lograr la resolución de los problemas locales.
Por cierto, es oportuno recordar que en la Ley de
Electricidad del año 2011, los Municipios eran los responsables de promover la
participación ciudadana en la fiscalización del servicio eléctrico, ello en
respuesta a nuestro derecho ciudadano de organizarnos por ser Usuarios para
ejercer la supervisión del servicio eléctrico.
En este sentido se dicta una resolución No. 056 del
Ministerio para la Energía Eléctrica, publicada en Gaceta Oficial No. 40.065 de
fecha 5 de diciembre de 2012, a través de la cual se delega en el Poder
Popular, específicamente a través de los Consejos Comunales la facultad de
fiscalizar la calidad del servicio eléctrico, pero condicionado a que éstas
formas de organización comunitaria estén debidamente registradas ante el
Ministerio de la Comuna e incorporadas a una Sala de Batalla, Comuna o Comuna en
Construcción y que cuenten con un fiscal comunal de calidad de servicio
eléctrico que durará 2 años en ese rol.
En la misma Resolución, crea un Sistema de
Fiscalización Comunal integrado por Consejos de Integración Comunal y Consejos
Regionales. Los primeros abarcan la agregación de los ámbitos territoriales de
las salas de batalla social, comuna en construcción, comuna registrada u otras
organizaciones del Poder Popular[3].
Por lo tanto la fiscalización de la calidad del
servicio eléctrico en un momento histórico donde muchos sectores sufren
precisamente de cortes eléctricos, queda en manos del Poder Popular y
nuevamente el Municipio queda excluido en esa relación servicio eléctrico –
usuario, y aún cuando promueva la participación para la supervisión, la
efectividad de esa participación queda en manos del gobierno central y del
Poder Popular.
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