Por Laura Weffer, 10/10/2013
En
el organismo creado en la Gaceta 405.839 del 7 de octubre de
2013, se crea una instancia que responde a intereses
políticos; busca unificar el flujo de información; tiene la potestad de
declarar la información reservada (más de lo que está) y obliga a todas las
instituciones a proveer la información que ellos requieran cuando lo crean
necesario.
-
El Cesppa es Centro Estratégico de Seguridad
y Protección de la Patria.
- El Cesppa:
“solicitará, organizará, integrará y evaluará las informaciones de interés para el nivel estratégico de la Nación, asociadas a la actividad enemiga interna y externa, provenientes de todos los organismos de seguridad e inteligencia del Estado y otras entidades públicas y privadas; según lo requiera la Dirección Político-Militar de la Revolución Bolivariana”.
-
La Dirección Político-Militar de la
Revolución Bolivariana es un órgano político partidista. No es
un órgano del Estado.
-
Por primera vez se crea la figura de la actividad “enemiga interna y externa”. Eso no está previsto en
la Constitución.
-
El Cesppa estará a cargo de un presidente designado por el Presidente de la
República. Será de libre nombramiento y remoción. (El primer designado ha sido el mayor general
Gustavo Enrique González López, jefe de inteligencia nacional)
- El objetivo del Cesppa será:
“UNIFICAR el flujo informativo sobre los aspectos sensibles de la seguridad, defensa, inteligencia y orden interno, relaciones exteriores y otras instituciones públicas y privadas que se requieran, para facilitar y contribuir al proceso de toma de decisiones, así como prever y NEUTRALIZAR POTENCIALES AMENAZAS A SUS INTERESES VITALES*."
-
Una de las funciones del Cesppa es “controlar el cumplimiento de
órdenes, indicaciones, precisiones y requerimientos que realice el Ejecutivo…en
función de PROTEGER, NEUTRALIZAR Y DERROTAR LOS PLANES DESESTABILIZADORES* en
contra de la nación”.
-
El Presidente del Cesppa podrá “declarar el carácter de reservada, clasificada o de divulgación
limitada, cualesquiera información,
hecho o circunstancia que en cumplimiento de sus funciones tenga conocimiento” en
el Centro de conformidad con el artículo 159 de la Ley Orgánica de
Procedimientos Administrativos y el 171 de la Ley Orgánica de la Administración
Pública.
-
Todas las organizaciones públicas y privadas a las que el Cesppa les pida
información, estarán en la obligación de
proveerla.
- El Cesppa depende del despacho de la presidencia.
- Ya entró en vigencia.
- En 2010 se creó el Cesna (Centro de Estudio
Situacional de la Nación) que tenía atribuciones similares pero respondía a los
“cometidos esenciales del Estado”. En esta ocasión, el Cesppa responde a la
“Dirección Político-Militar de la Revolución Bolivariana”.
Más
información:
Se crea nuevo organismo para el control informativo.
Espacio Público.
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