Carlos Romero Mendoza 12 de diciembre de 2013
@carome31
El Plan de la Patria es una realidad
que busca imponerse a través de la institucionalidad del Poder Público
Municipal. Sus objetivos y propuestas no pueden ser subestimados en
estos momentos. Mientras el gobierno se mantendrá en campaña, e impulsará
su gobierno de calle, la Unidad debe mantener en el ámbito municipal el
contacto con los vecinos facilitando los espacios para el debate público e
incluyente sobre el alcance del Plan de la Patria, antes que éste se imponga y
no haya tiempo de reaccionar pacífica y cívicamente.
No olvidemos que iniciando el año 2010
el CLPP, instancia responsable del diseño del Plan Municipal de Desarrollo, fue
epicentro de conflictos políticos importantes que lesionaron la gobernabilidad
local en algunos municipios del país, como Baruta en el estado Miranda y
Maracaibo en el estado Zulia; hoy vuelve a ser epicentro político que
enfrentará, en los municipios donde haya autoridades electas en el marco de la
Unidad, la visión socialista del Plan de la Patria y la visión plural que
sostiene la Unidad en el marco de la Constitución Nacional.
A partir del 2010 el CLPP se
transformó en un espacio institucional para el encuentro entre el Poder Público
Municipal y el Poder Popular. Su integración refleja esa realidad, a saber: el
Alcalde, los Concejales y varios actores del Poder Popular: Presidente de
Junta Parroquial Comunal. Varios voceros que representan a cada Consejo
de Planificación Comunal que exista en el Municipio. Un consejero
por parroquia del municipio, o en su defecto un vocero electo por los Consejos
Comunales del Municipio. Un consejero por cada movimiento y organización social
mencionados en la ley del CLPP, y si los hubiere en el municipio.
Una reforma sancionada en agosto 2013 y no publicada aún en Gaceta reduce un
poco más la lista de integrantes del CLPP.
La Ley Orgánica del Poder Público
Municipal, establece que el CLPP es la instancia en la cual se debate y aprueba
o modifica el proyecto de Plan Municipal de Desarrollo, que debe ser presentado
por el Alcalde, incorporando al contenido del mismo los lineamientos del
programa de gobierno presentados como oferta electoral. Una vez aprobado
por el CLPP, pasa a manos del Concejo Municipal para su definitiva aprobación.
En este sentido, hay que advertir que
el CLPP es parte del Sistema Nacional de Planificación, y como tal se ve
obligado a garantizar que el contenido del Plan Municipal de Desarrollo esté en
concordancia con los lineamientos del Plan de Desarrollo Económico y Social de
la Nación (PDESN), es decir, en concordancia con el Plan de la Patria.
Aquí encontramos la imposición legal del Plan de la Patria.
Por lo tanto el sistema de
planificación en Venezuela, impone a través de un tejido legislativo una sola
visión de desarrollo, impulsada por las Comunas y orientada hacia el
Socialismo. No se puede subestimar la figura del CLPP como hasta ahora ha
sucedido, el Plan de la Patria claramente plantea entre sus objetivos para el
2013-2019 el fortalecimiento del Sistema Nacional de Planificación Pública y
Popular en la construcción de la sociedad socialista, así como también del
diseño Comunal.
Por lo tanto, el CLPP se transforma de
una instancia sin importancia política, a una instancia política clave para
imponer el Plan de la Patría. Es un reto para los Alcaldes electos en
Unidad lograr aprobar un Plan Municipal de Desarrollo que incluya lineamientos
programático de su plan de gobierno, en la medida que los mismos sean considerados
por el CLPP contrarios al Plan de la Patria. Ese será un debate
político que necesariamente debe darse y que enfrentará el modelo municipal al
modelo comunal.
El Plan de la Patria debe ser sometido
a debate público, entre autoridades y ciudadanos, para que la sociedad en
general se active y con la legitimidad de la participación, busquen
alternativas democráticas con sus autoridades locales que sirvan de antídoto
contra la visión única e impuesta del Socialismo.
Los gobiernos municipales de Unidad,
no pueden desconocer la legitimidad que les otorgó el mandato del soberano, y
por lo tanto, no pueden permitir que sus proyectos de desarrollo local, en
beneficio de toda una colectividad, sean fácilmente condicionados por razones
ideológicas, que se aprovecha del diseño centralizado de la planificacicón,
para justificar un mandato legal con el cual imponer el Socialismo. La
figura del referendo consultivo en el ámbito municipal pudiera ser un
instrumento de participación muy útil para este Debate político.
Una consulta popular es coherente con
una democracia participativa y coherente con el ejercicio del derecho que
tienen los ciudadanos de participar en los asuntos públicos. Si bien la
autonomía municipal es limitada y restringida, sigue siendo un principio
constitucional y debe reivindicarse con mayor justificación, cuando se trata de
propuestas que impactan de fondo aquellos asuntos propios de la vida
local.
El derecho a la libre participación y
a la libre asociación para la participación, son dos temas que van íntimamente relacionados
con la cuestionable legitimidad del CLPP como instancia responsable de
aprobar el Plan Municipal de Desarrollo Local. Son dos temas claves que
marcan la diferencia de fondo entre la calidad que ofrece la democracia comunal
y de la democracia prevista en la Constitución desde la vida local.
El Plan de la Patria no necesita ser
ley para imponerse, tienen las Leyes del Poder Popular para lograr ese
cometido. ¿La Ley se impondrá a la legitimidad del soberano?
Carlos Romero Mendoza.
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