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jueves, 25 de mayo de 2017

Seguridad social: tercera edad y pensiones por @hl_lucena


Por Héctor Lucena


La Constitución de 1999 incorporó la pensión de vejez: la prestación se concibe como universal sin importar la afiliación al sistema.

Las protestas se multiplican y se extienden a diversos sectores y en los cuatro puntos cardinales de la geografía, ya van por su sexta semana y en esta ocasión convocaron a las personas de la tercera edad. Sobre este sector importa hacer algunas consideraciones sobre las pensiones de jubilación, así como la seguridad social en general. 

En Venezuela, para 1998 el sistema de seguridad social no había cedido a las políticas privatistas que se impusieron en casi toda América Latina, seguía predominando el clásico sistema de reparto. Sin embargo el nuevo régimen al llegar al poder detuvo una reciente reforma aprobada en 1998 en el gobierno precedente de Rafael Caldera, que si bien no tenía una marcada influencia neoliberal si sugería la capitalización individual como por vía optativa, pero lo más importante era que apuntaba a hacer una reestructuración y a actualizar una seguridad social que para entonces presentaba notables limitaciones. 

El Instituto Venezolano de los Seguros Sociales era un ente inauditable, sobre el cual había poca confianza en el buen uso de los recursos aportados por empresas y trabajadores, y que para hacer más transparente su desenvolvimiento era necesario separar la actividad prestadora de salud, de aquella eminentemente financiera, pero ambas seguirían en manos estatales. Este primer paso fue paralizado por el presidente Chávez al llegar al poder. 


La proporción de trabajadores que contribuye a la seguridad social sigue siendo de sólo un 35%, lo cual guarda relación con la tasa de desocupación y el peso de la economía informal. No es Venezuela de los países con los más altos porcentajes de cobertura en América Latina, como sí son: Chile, Costa Rica, Uruguay, Argentina y Brasil. 

La pensión de vejez se paga con el mismo monto del salario mínimo, cualquiera haya sido el aporte de las cotizaciones del trabajador. Una ley aprobada antes de la revolución bolivariana, propuesta por la Causa R, así lo establecía, además la nueva Constitución aprobada en 1999 lo incorpora: la prestación se concibe como universal sin importar la afiliación al sistema. 

Para tener una idea clara de lo que representa una pensión de sólo el salario mínimo, en los años 2016-17 se necesitan entre 17 y 19 salarios mínimos para adquirir la cesta alimentaria para una familia de 5 personas, según el monitoreo de precios y costo de vida de Cendas-FVM.

En Venezuela, en los últimos años el gobierno en el manejo unilateral y exclusivo de la política salarial ha tendido a priorizar el incremento de bonos antes que de los salarios, los primeros no tienen incidencia en las prestaciones y otros importantes beneficios. Esta tendencia plantea un doble efecto negativo a la seguridad social, resulta que por no ser salarios las contribuciones de la mayor parte de los ingresos de los trabajadores que ingresan a la caja del IVSS, ahí no se toma en cuenta los bonos, y para peor al trabajador jubilarse, ya no percibirá estos bonos. 

Predomina en el mundo la extensión progresiva de la edad para jubilarse, en Venezuela es de 55 años para la mujer y 60 para los hombres, esta cobertura se mantiene con edades que están entre las más bajas en el mundo. En los países donde se aprueba la extensión de la edad es una respuesta a la crisis financiera de los sistemas de seguridad social, y al mismo tiempo evitando subir las cotizaciones, y que por lo demás la expectativa de vida ha venido subiendo, lo que en alguna manera concilia con la medida. 

En Venezuela, los recursos para agregar más personas a percibir la pensión de vejez, que para el año 2017 alcanza alrededor de los tres millones de personas, consumen más allá de los recursos de los aportes de empresas y trabajadores, los que se estiman no llegar al 20% de las necesidades de pago del IVSS tanto en su funcionamiento como en las pensiones. La mayor parte de los ingresos con los cuales se sostiene este organismo así como el pago de las pensiones provienen de un impuesto regresivo como es el IVA, en menor medida de los ingresos de impuesto sobre la renta, y todos los años se recurre a créditos adicionales para subsanar deficiencias. 

Venezuela atiende con pensión contributiva y no contributiva 40% del porcentaje de la población de adultos mayores para el 2010, es casi el promedio de América Latina -41% 

“Las pensiones no contributivas aumentan, porque existen recursos para pagarlas y se descubre la tercera edad como un grupo electoral importante, que se debate entre la gracia y el derecho. Para evitar lo primero, la Cepal las contempla como un derecho de ciudadanía, hasta la formulación del piso de protección social”, lo señala el experto Luis Díaz, de LUZ, en Derecho a Mínimos Sociales. Agrega que el esfuerzo por incluir es a quienes no tienen capacidad contributiva, los que menos seguridad social tienen, debido a que el costo de la formalidad es alto; o no tienen la oportunidad de conocer los beneficios, por razones de distancia o por ignorar los modos de ingreso; o porque la supervisión del trabajo no es suficiente. Las prestaciones no contributivas son útiles para afiliar a ciudadanos -ajenos a la realidad del mercado formal de trabajo- en organismos paralelos de la seguridad social.

Está entendido que las pensiones no contributivas son las que más se han agregado al listado de pensionados. Diversos programas se han puesto en práctica para este propósito. Todas las decisiones que dan lugar a incorporar más beneficiarios a la recepción de pensiones no contributivas tienen un sesgo electoral y proselitista, por la manera como se establecen los criterios de elegibilidad sin arbitraje y cómo son administradas, porque el margen de discrecionalidad es muy amplio y el poder de escrutinio muy bajo. Todo se desarrolla por entidades que no son auditadas imparcialmente.


15-05-17




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