Por Fernando Mires
Si de acuerdo a experiencias
históricas tuviéramos que hacer una clasificación de las sanciones impuestas
por un gobierno o asociación de estados a otro gobierno, podríamos distinguir
tres tipos: la sanción-castigo, la sanción simbólica y la sanción condicionada.
La sanción castigo es
ejercida cuando un gobierno ha transgredido límites suscritos en convenciones y
acuerdos internacionales y no hay posibilidades de rectificación.
La sanción simbólica no
afecta gravemente las relaciones económicas y políticas entre los estados pero,
como el nombre lo dice, sirve para reprobar transgresiones cometidas por un
determinado gobierno.
La sanción condicionada es
impuesta durante un periodo transitorio en espera de que el estado trasgresor
rectifique su política.
En la práctica es difícil
separar una sanción de la otra. De lo que se trata más bien es de visualizar
cual de las tres es determinante en cada caso.
Una sanción-castigo clásica
fue la aplicada por el gobierno de Carter a la dictadura de Somoza en Nicaragua
pues cuestionaba a la propia existencia del régimen. Lo mismo ocurrió con el
embargo a Cuba hasta que Obama cambió la sanción-castigo por una condicionada.
De igual modo las sanciones a Irán fueron levantadas cuando el régimen aceptó
firmar un acuerdo sobre el tema nuclear.
En las sanciones de la UE a
Rusia puede hablarse de un castigo condicionado pues en el caso –hasta ahora
utópico- de que Putin retire sus tropas de Ucrania, las sanciones serían levantadas.
En fin, podríamos llenar páginas con diversos ejemplos.
Las sanciones condicionadas
son las más políticas pues apuntan a un objetivo concreto. Las
sanciones-castigo, en cambio, son más éticas que políticas. Las sanciones
simbólicas cumplen un objetivo testimonial.
Si bien las sanciones
norteamericanas a la dictadura venezolana fueron aplicadas debido a que ha
suprimido a la AN para dar curso a una constituyente fraudulenta, no ha sido
suficientemente remarcado su carácter condicional. Más problemático todavía es
que las sanciones provengan de un solo país, EE UU, y no de una comunidad de
naciones.
Para nadie es un misterio que
actitudes paternalistas de los EE UU hacia cualquier país latinoamericano, por
muy justificadas que sean, no gozan de mucha popularidad en la opinión pública,
no solo en las izquierdas sino también en amplios sectores de la ciudadanía
liberal de nuestro continente.
¿Por qué eligió EE UU esa vía?
Hecho incomprensible si se
tiene en cuenta que EE UU es uno de los pocos países con capacidad de formar y
liderar grandes coaliciones políticas internacionales. Basta imaginar el efecto
que podría haber producido fuera y dentro de Venezuela la aplicación de
sanciones condicionales impuestas por una gran coalición de gobiernos europeos
y americanos incluyendo a los EE UU. Lamentablemente, el abstruso
unilateralismo deTrump terminó imponiéndose. Una vez más.
Sanciones unilaterales –sobre
todo si vienen (solo) de los EE UU- perjudican en lugar de ayudar a la
oposición venezolana. Maduro las ha recibido como regalo del cielo. Justo
cuando Luisa Ortega Díaz destapaba la olla de la más putrefacta corrupción que
es posible imaginar, ha reactivado su pose “antimperialista”. Incluso, las
propias elecciones regionales podrían eventualmente ser suprimidas por Maduro
alegando razones de seguridad interior y exterior.
El divisionismo
abstencionista –esa lacra que arrastra la oposición venezolana desde su
origen- unida objetivamente con el anti-electoralismo madurista, podría ver
cumplida su autoprofecía. Gracias a Trump.
31-08-17
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