Carlos Romero Mendoza 08 de enero de 2019
@carome31
¿El
ciudadano venezolano siente aún que la soberanía sigue estando en manos del
pueblo?
Para
el historiador italiano, Emilio Gentile, el pueblo soberano es simplemente una
retórica constitucional, que se expresa en una democracia que asume al Estado
como el escenario, a los gobernantes como los actores protagonistas, y al
pueblo soberano como una comparsa ocasional, que solo entra al palco para la
escena de elecciones, mientras que el resto del tiempo asiste al espectáculo en
calidad de público.
Hace
20 años, un 19 de enero de 1999, dos sentencias de la entonces Corte Suprema de
Justicia de Venezuela, abrieron el camino para que, a través de una consulta,
el pueblo soberano decidiera sobre la posibilidad de convocar una asamblea
nacional constituyente como mecanismo para reformar la Constitución de 1961 y
lograr el cambio político que en ese momento el país reclamaba.
En
1999, más de seis millones de venezolanos decidieron permanecer como
espectadores en esa democracia de la que habla Gentile, a diferencia de otros
electores que decidieron “entrar al palco”, participar y opinar sobre la vía
constituyente y la reforma constitucional. Esos electores que participaron
afirmativamente en las distintas consultas realizadas aquel año 1999, superaron
los 3 millones de electores.
Por lo
tanto, el silencio de la mayoría y la participación efectiva de una mayoría
relativa, flexibilizó el procedimiento formal de reforma constitucional y
entramos a un ciclo histórico-político que hoy lleva 20 años.
Aquella
solución política, justificada jurídicamente mediante la interpretación de la Constitución
y de la Ley Orgánica del Sufragio y Participación Política por parte de la
Corte Suprema de Justicia –y políticamente soportada mediante la consulta al
pueblo soberano– hoy presenta saldos desfavorables, trágicos y lamentables para
el pueblo venezolano.
Los
venezolanos hemos perdido la República. Nos han confiscado la Constitución y
nos han expropiado la soberanía popular.
El régimen ha sido exitoso en lograr esos fines, al impedir
efectivamente la solicitud por iniciativa popular del referendo revocatorio, al
condicionar la participación a través de los órganos del poder popular y al
promover la pérdida de confianza en el voto como mecanismo de participación
directo, secreto y universal.
¿Seguimos
creyendo los venezolanos en el pueblo soberano?
Algunos
seguimos confiando en la visión histórica de Emilio Gentile, quien en su
obra La mentira del pueblo soberano en
la democracia, nos recuerda que en el mundo, el pueblo soberano representa una
poderosa creencia colectiva como factor de movimientos y cambios
históricos.
Para
Gentile, el pueblo soberano es algo real, representa un mito y una suerte de
ídolo, cuya existencia real resulta muy díficil de demostrar, pero que “ha
impulsado a millones de hombres y mujeres a luchar para realizar la más grande
de las empresas humanas: la construcción de una sociedad basada en la dignidad,
en la libertad, en la igualdad civil y política de toda persona, sin
discriminaciones de etnia, raza, nacionalidad, sexo, religión, condición
social”.
Precisamente,
reivindicar la creencia en el poder del pueblo soberano representa uno de los desafíos más importantes que
impone la inconstitucional juramentación de Nicolás Maduro, supuestamente ante
el TSJ, el 10 de enero 2019.
Ese
desafío debe encontrar en la Asamblea Nacional, y particularmente en los
diputados democráticos, a los principales facilitadores políticos de un proceso
que debe conducir a restaurar la soberanía popular y facilitar que la misma
pueda ser ejercida en los términos que señala la Constitución de 1999.
Para
rescatar efectivamente la creencia en la soberanía popular, resulta importante
que la Asamblea Nacional promueva la construcción de una hoja de ruta hacia el
cambio político, que sea viable desde el punto de vista constitucional y
político, y que tenga la capacidad de orientar al ciudadano para que,
ejerciendo la soberanía con libertad, se convierta en actor y no un simple
espectador en ese proceso de cambio.
Los
artículos 4 y 333 de la Constitución Nacional de la República Bolivariana de Venezuela,
presentan dos argumentos jurídicos sólidos para recuperar la creencia en el
pueblo soberano.
El
primer artículo garantiza que la soberanía popular reside en el pueblo, quien
la puede ejercer de manera directa, y el segundo artículo mencionado exige de
los ciudadanos que, a través de es ejercicio directo de la soberanía, colabore
con la restitución de la vigencia de la Constitución.
Por
cierto, es oportuno acotar que ese artículo 333 que hoy todos convocamos como
argumento jurídico, existía en la Constitución de 1961 y se reconocía como el
artículo 250, pero en aquel momento la creencia en la constituyente le restó
importancia y se ignoró.
El
Plan País y la hoja de ruta que propone la Facultad de Ciencias Jurídicas y
Políticas de la Universidad Central de Venezuela, representan los únicos
elementos que, de manera oportuna, están a disposición de la Asamblea Nacional
como guías o referencias útiles para asumir el liderazgo y la conducción de un
proceso de cambio político, que le exige recuperar la confianza de sus
electores y restituir la creencia en la soberanía popular.
Sin
duda alguna, a lo largo de estos años, los venezolanos hemos demostrado el
compromiso de asumir la defensa de la Constitución y la democracia, lo que
supone no ser público espectador, como dice Gentile, sino, por el contrario,
querer ser actor del cambio, para lo cual resulta fundamental la capacidad real
de ejercer la soberanía popular de manera directa.
Hasta
ahora, la lección aprendida ha sido que la brecha existente entre las
expectativas de la sociedad civil organizada y la dirigencia política, no han
permitido la articulación y canalización efectiva de esas expectativas,
generando grandes frustraciones y desconfianza hacia la representación
política.
El
libreto de la obra llamada democracia pareciera estar casi listo. La fachada
del régimen es insostenible, pareciera que solo queda que la Asamblea Nacional
logre terminar la escritura de ese libreto y proceda a coordinar su ejecución.
Para
que esa ejecución sea efectiva y exitosa, se requiere de una clara demostración
de unidad política, capaz de generar la suficiente confianza en la sociedad
civil, que facilite la cohesión social en función de ese cambio político que
todos aspiramos, en un marco objetivo y viable, que garantice su
sostenibilidad, y que sólo lo puede otorgar en estos momentos la Constitución
de 1999.
Carlos
Romero Mendoza
@carome31
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