Efecto Cocuyo 08 de julio de 2021
@EfectoCocuyo
Solo
los venezolanos que hayan solicitado refugio o se hayan registrado en la
preinscripción migratoria podrán optar a la Calidad Migratoria Humanitaria en
Perú.
De
acuerdo con la resolución N°
0207-2021/RE aprobada el 16 de junio, se establece que el Ministerio
de Relaciones Exteriores será el ente encargado de realizar el registro de la
aprobación y prórroga de la Calidad Migratoria Humanitaria.
El
plazo de permanencia será de 183 días prorrogables, “en tanto
persistan las condiciones de gran vulnerabilidad por las cuales se otorgó la
calidad migratoria”. Y que el plazo de la prórroga será por períodos de 365
días.
Flujograma
La Dirección
de Derechos Humanos identificará los casos de solicitantes de refugio
y una vez evaluados, los remitirá a la Dirección de Política Consular. Luego
ese departamento cotejará información de los casos con la Superintendencia
Nacional de Migraciones, para evaluar situación migratoria y antecedentes
criminales. Si la respuesta es favorable, la Dirección de Política Consular,
con la opinión positiva de la Dirección de Derechos Humanos, otorga al
solicitante la Calidad Migratoria Humanitaria.
Aunque
la resolución no especifica los documentos que se deben consignar para proceder
a ese visado, el texto detalla que solo se evaluarán los casos de solicitantes
de refugio.
Se
espera que cerca de un millón 50 mil venezolanos se beneficien de la medida,
según cifras de Acnur.
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