Por José Ignacio Hernández G.
El pasado 17 de mayo de 2017, la Fiscal General de la
República remitió una comunicación al
Ministro de Educación y presidente de la Comisión Presidencial de la Asamblea
Nacional Constituyente, Elías Jaua, en la que enumera las razones por
las cuales se opone a la convocatoria de la “asamblea nacional
constituyente ciudadana”.
De esa carta pueden extraerse
cinco argumentos en contra de la “constituyente ciudadana”:
La primera razón parte de una comparación con el proceso
constituyente de 1999. Tal proceso, como bien recuerda la Fiscal, inició con la
consulta al pueblo venezolano para que éste decidiera, mediante referendo, si
quería o no convocar a una Asamblea Nacional Constituyente. Aun cuando la
constituyente de 1999 estuvo rodeada de diversas opiniones encontradas, al
menos en este punto hubo unanimidad: como la soberanía reside en el pueblo,
solo éste puede decidir si convoca o no una constituyente.
La segunda razón apunta al método de elección de los
constituyentes, que la Fiscal califica como una elección sectorial o
corporativa. La palabra “corporativa” se emplea para aludir la designación de
ciertos cargos a través de corporaciones o gremios, que es precisamente lo que
se pretende hacer con esta constituyente, negando así el derecho al sufragio
libre, secreto, directo y universal.
Así, como expliqué en Prodavinci, la
propuesta del Gobierno consiste en que al menos la mitad de los constituyentes
sean electos solo dentro de ciertos sectores previamente definidos por el
propio Gobierno. Esto es lo opuesto al voto universal, que en pocas palabras,
implica “un elector un voto”.
La tercera razón por la cual la Fiscal se opone a la
“constituyente ciudadana”, es por cuanto la actual crisis venezolana –que la
Fiscal califica como una crisis “sin precedentes– no requiere sancionar una
nueva Constitución.
En este punto ha habido
contradicción por parte del Gobierno. Así, se ha pretendido hacer ver que la
constituyente no sustituirá la Constitución de 1999.
Esto contradice el artículo 347, conforme al cual, la Asamblea Nacional
Constituyente permite dictar una nueva Constitución. Pero además,
esto permite afirmar que para el Gobierno, la “constituyente ciudadana” es
simplemente un medio para alcanzar objetivos fuera de la Constitución, todo lo
cual conforma un claro fraude constitucional.
En cualquier caso, como bien
señala la Fiscal, la actual crisis venezolana no es causada por la Constitución
de 1999 sino por el sistemático desconocimiento de esa Constitución, en lo que
la propia Fiscal calificó como una ruptura del orden constitucional.
La cuarta razón expuesta por la Fiscal, es que esta
“constituyente ciudadana” amenaza con desconocer los estándares de protección a
derechos humanos reconocidos en la Constitución de 1999.
La Constitución de 1999 puede
ser criticada. Pero no puede negarse que en esa Constitución se consolidaron
conquistas importantes en materia de derechos humanos y democracia
constitucional. Al tratarse de una “constituyente” fraudulentamente convocada,
con propósitos distintos a los que orientan el ejercicio del poder
constituyente, existe por lo tanto el riesgo de que la nueva Constitución
desconozca tales conquistas: por ejemplo, reduciendo –o eliminando– el derecho
al sufragio, para imponer un sistema corporativo de elección de cargos
públicos.
La quinta y última razón, que resume todas las anteriores, es que
la “constituyente ciudadana”, lejos de solucionar la actual crisis, amenaza
seriamente con agravarla. Pues una “constituyente” impuesta por la vía de la
coacción y la represión, negando toda consulta abierta al pueblo, solo
incrementará la conflictividad en Venezuela.
Se trata, como puede verse, de
razones que apuntan, en definitiva, a la ausencia de criterios constitucionales
y racionales que justifican, en estos momentos, la “constituyente ciudadana”
propuesta por el Gobierno. Razones que además han sido expuestas por el titular
de uno de los órganos más importantes del Estado, quien le correspondería
incluso ejercer acciones o investigaciones relacionadas con esta fraudulenta
constituyente (en el supuesto en que ésta siga adelante).
Esta carta me permite recordar
lo que hace algún tiempo escribí aquí en Prodavinci: la mejor reforma constitucional que
Venezuela necesita es hacer cumplir la Constitución.
19-05-17
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