Páginas

domingo, 27 de octubre de 2013

La actual Asamblea Nacional es espuria por su génesis, parte (I) de (II), Jesús G. Briceño


Instalación de la nueva Asamblea Nacional, el 5 de enero de 2011.


Mensaje con destino: ¿Se convertirá en una Instancia Inquisitoria?

Por Jesús González Briceño, 26/10/2013.

No es demasiado tarde para advertir a los venezolanos de las violaciones que vienen cometiendo en nuestro país contra la Constitución Bolivariana de Venezuela y, por ende, de su sistema legal. regido por la misma, al considerar que nuestra máxima instancia legislativa, La Asamblea Nacional, es la que desde su renovación el 26 de septiembre de 2010, y su gestión bajo la égida autoritaria exclusiva del PSUV, hasta el presente, ha venido cometiendo tropelías y desafueros de toda clase y género que la han puesto al margen de la norma constitucional y de sus principios fundamentales como los valores superiores de sus ordenamiento jurídico, la democracia, y , en general, la preeminencia de los derechos humanos, la ética y el pluralismo político que definitivamente la han deslegitimado, cuando ha debido ser, al contrario, un dechado de virtudes para la preservación del Estado democrático y social de Derecho y de Justicia. Lo que pudo significar una refundación de la República desde el poder originario de la Asamblea Nacional Constituyente, refrendada por la mayoría de los venezolanos, ha devenido un espacio legislativo en el que el oficialismo revolucionario ha cometido los peores abusos legales, políticos y morales a pesar de que en la última elección parlamentaria el electorado nacional le negó su respaldo, con un 51,88%, pero con subterfugios y triquiñuelas se adueñaron de 98 escaños en contra de 67 de sus opositores democráticos, mediante la manipulación de los circuitos electorales, en contra del principio de la representación proporcional y con la colaboración fraudulenta del Consejo Nacional Electoral que el 27 de septiembre de aquel año, a las 2:00 AM, de voz de su presidenta, Tibisay Lucena, dio a conocer la configuración de la Asamblea Nacional por estados, sin suministrar cifras totales a nivel nacional, ni por votantes ni partidos, como tampoco el total de los diputados de cada fuerza política. Más tarde en la página Web del CNE se detallaron los resultados definitivos de la contienda electoral con los números antes citados que favorecían abiertamente al gobierno aún perdiendo los comicios parlamentarios.

La modificación fraudulenta de los circuitos electorales  por imposición de la mayoría oficialista permitió se le adjudicaran la mayor parte de los escaños, perdiendo claramente en los estados Lara por 59,21%,Nueva Esparta, 59,19%, Miranda, 58,56%, Amazonas, 57,91%, Carabobo, 56,82, Zulia, 56,5%, Distrito Capital, 52,27% y Mérida, 51,30%, lo que representaba el 60,4% de los votantes. La modificación de los circuitos electorales para esas parlamentarias analizada posteriormente dio cuenta de que para elegir un diputado opositor se requirieron 87.875 votos mientras que un oficialista fue elegido con apenas 55.627 votos. Esta trampa electoral aprobada por el CNE significó que el estado Delta Amacuro con 30.000 votos se eligiera un diputado oficialista mientras que el Distrito Capital requirió 160.000 votos para elegir un diputado opositor. El control que el gobierno ejerce en algunos estados (Delta Amacuro, Cojedes, Apure, Portuguesa, Guárico, y Trujillo) le permitió la manipulación de los circuitos electorales a través de los organismos regionales del CNE y de los organismos oficiales y con la disminución de los curules por voto lista. (Análisis de los resultados elecciones parlamentarias 2010, ODHCG). Consultor Soluciones Estratégicas).

Por otra parte el ventajismo electoral del presidente Chávez, los poderes públicos, la parcialidad del Plan República y la inhabilitación el 16 de julio del CNE de la observación independiente de senadores chilenos y otros grupos internacionales en las elecciones venezolanas, acusándolos de injerencia electoral, revela un proceso de deterioro moral, político y funcional de la instancia parlamentaria con dos actos írritos y anticonstitucionales como fueron la reforma Parcial de la Ley de Partidos Políticos, Reuniones Públicas y Manifestaciones, el 21/12/2010, para establecer sanciones a los diputados disidentes o “SALTA TRANQUERA” que se aparten de las orientaciones y posiciones políticas presentadas en el programa de gestión de sus ofertas electorales presentadas y se separen de la organización política o social que los postuló, que conlleva a su inhabilitación parcial o total , previa solicitud de los ciudadanos o un diputado en representación del grupo parlamentario de opinión al cual pertenece. La reforma de esta ley fue considerada anticonstitucional por parte de la oposición al considerar que se violaron los artículos constitucionales 72, y el 199 al establecer que los diputados (as) “no son responsables por votos y opiniones emitidos en el ejercicio de sus funciones. Solo responden ante los electores y electoras y el cuerpo legislativo de acuerdo a  con esta Constitución y con los reglamentos”. Este último artículo es ampliado taxativamente por el 201 ejusdem que pauta “los diputados y diputados son representantes del pueblo y de los Estados en su conjunto, no sujetos o sujetas a mandatos ni instrucciones, sino a su conciencia. Su voto en la Asamblea  Nacional es personal “(199 a 201).

El otro ex abrupto del oficialismo parlamentario fue otorgar una ley habilitante al presidente Chávez, el 17 de diciembre, apenas a solo 13 días de la instalación de la nueva Asamblea Nacional, (5/1/ 2011 ), por 18 meses, 2010-2012, en la que aprobaron y reformaron 59 leyes orgánicas y ordinarias algunas de ellas para atender los problemas de viviendas, terrenos y población afectadas por la calamidad de las lluvias, su razón de ser, pero la gran parte de ellas de carácter político, financieras, bancarias, portuarias, precios, policía científica, sector agrario, código procesal penal, etc. que desvirtuaron constitucionalmente la delegación otorgada por la Asamblea Nacional. Lo aberrante de esta habilitante es que la nueva legislatura en la que la oposición democrática obtuvo 67 escaños prácticamente con la mayaría de votantes, se le secuestró su capacidad de legislar por casi dos años, sin que tuviera la oportunidad de opinar ni votar leyes ordinarias y orgánicas toda vez que la voluntad popular la había conferido esta facultad en las votaciones parlamentarias del 26 de septiembre. La delegación legislativa otorgada al presidente para la aprobación o modificación de leyes orgánicas no se compadece con el espíritu de La Constitución, (De la Formación de las Leyes, art. 202-203), ni con el requisito de consulta a la sociedad organizada, además que se ya se había agotado el segundo período de sesiones del 15 de septiembre al 15 de diciembre y la A.N (Asamblea Nacional) estaba en receso. Aun aceptando un vacío legal sobre legislación delegada  para  una habilitante al poder ejecutivo, es menester señalar que las leyes habilitantes deben respetar  el marco o contexto jerárquico de las leyes orgánicas vigentes, la preservación de los derechos humanos, la ordenación de las instituciones del estado, deben limitarse a la materia específica delegada y responder a una necesidad absoluta o extraordinaria acaecida o por atender, pero estas condiciones no se han dado en las cuatro habilitantes otorgadas al presidente Chávez ni mucho menos se justifica la concedida el 17 de diciembre de 2010, por tan largo tiempo, 18 meses, cuando estaba por instalarse la nueva legislatura nacional el 5 de enero próximo. De lo que se desprende que esta delegación fue una castración de la facultad legislativa de la nueva Asamblea Nacional en la cual el oficialismo no contaba con la mayoría calificada para aprobar leyes orgánicas. La legislación comparada de países de los cuales hemos captado aspectos sustantivos del derecho constitucional, nos ofrece ejemplos aleccionadores de lo se debe hacer en esta materia, sin vulnerar la facultad legislativa del parlamento ni mucho menos de más de la mitad de la oposición democrática del país.

Además estas elecciones estuvieron marcados por episodios tendentes a desconocer a los diputados electos José Sánchez “Mazuco“, acusado y condenado a 19 años de prisión por la presunta participación en el asesinato de un funcionario de la DIM, mas fue juramentado finalmente recientemente en octubre del 2013 por la suspensión por 30 días del derecho de palabra de su suplente Nora Bracho, que según declaraciones del exmagistrato Aponte Aponte, había sido acusado y condenado por razones políticas; Hernán Alemán, electo diputado por AD fue acusado por la Fiscalía 42 del Ministerio Público por malversación genérica, peculado de uso y concierto ilícito con contratistas, fue inhabilitado por un año por la Contraloría General de la Republica, el 21 de marzo de 2011; y el diputado electo, Biaggio Pillieri, también encarcelado, impedido de juramentarse ante la A.N fue excarcelado finalmente el 23/2/2011, por presión de 23 huelguistas, Integrantes de la Javu, después de haber sido juzgado y absuelto dos veces por el mismo delito. Habría que agregar que los actos de instalación de la A.N constituyeron otro incalificable episodio de abuso de poder al negársele a la oposición democrática su participación en su Junta Directiva como posteriormente en la dirección e integración de las comisiones parlamentarias. La Reforma Parcial del Reglamento Interior y de Debates, 22/12/2010, constituyó otro fraude legislativo de la A.N en receso vacacional para menoscabar la participación y permitir la represión de la fracción parlamentaria opositora, con la postulación por plancha para elegir la Junta Directiva, y aún cuando garantiza la protección física de los diputados (as) tanto en el hemiciclo como en las instalaciones del Palacio Federal, y su no responsabilidad por opiniones emitidas en el ejercicio de sus funciones que solo responderán ante sus electores (as) y al cuerpo legislativo, además del goce de la inmunidad de parlamentaria en los términos previstos en la Constitución (art. 200), estas garantías fueron violentadas con desfachatez y descaro como se ha podido observar en el transcurso de su gestión hasta hoy.

Así nació y se conformó a partir del 5 enero del 2011 la nueva Asamblea Nacional, con la participación de 67 parlamentarios no chavistas bajo pésimos augurios con la presidencia de exguerrillero Soto Rojas y con el monopolio por parte del presidente Chávez de la función legislativa que sirvió para ampliar y solidificar las bases legales revolucionarias de un régimen que mostraba claramente su faceta autoritaria y violatoria de los principios democráticos y los derechos humanos de más de la mitad de los venezolanos, a través de una agenda legislativa en que los parlamentarios demócratas no tuvieron ni arte ni parte en el cumplimiento de su facultad legislativa ni la competencia de ejercer el control sobre importantes y fundamentales materias del gobierno y de la administración pública, en tanto que el Poder Judicial y el Sistema de Justicia miraban complacientes el menoscabo de su potestad de administrar justicia en aras de un orden revolucionario en detrimento de los Principios Fundamentales  de la República y de la Nación. Fue así cómo se corrompió la génesis de la Institución Parlamentaria que actualmente padecemos.


Jesús González Briceño

No hay comentarios:

Publicar un comentario

Para comentar usted debe colocar una dirección de correo electrónico