Por Eugenio Martínez
1. ¿Cuál es el problema de
la tarjeta de MUD-Unidad con la de MIN-Unidad? La similitud gráfica de las
tarjetas de la MUD-Unidad y el MIN-Unidad ya se ha analizado acá en Prodavinci como un elemento que
podría dispersar el voto opositor en las elecciones del 6 de diciembre. Sin
embargo, la aparente estrategia de la directiva del MIN-Unidad para dispersar
el voto opositor y restarle sufragios a la tarjeta de la MUD-Unidad experimenta
su máxima expresión en la Circunscripción 1 del estado Aragua. En ese circuito
no sólo se experimenta la similitud gráfica entre ambas tarjetas, sino que
además el nombre de los candidatos postulados por ambas organizaciones es el
mismo: Ismael García.
2. ¿Cómo es posible que dos
candidatos tengan el mismo nombre? En las elecciones parlamentarias del 6
de diciembre los electores habilitados para sufragar en el estado Aragua
deberán escoger 9 diputados, de lso cuales 7 son nominales (es decir: se
escogen por nombre y apellido) y los otrso 2 se escogen por voto lista.
Para la elección de esos 7
diputados nominales la entidad se dividió en cuatro circuncripciones. Y en la
Circuncripción 1 de Aragua (integrada por los municipios Girardot, Mario
Briceño Iragorry y Ocumare de la Costa) se escogen 2 de esos 7 diputados nominales
de la entidad.
Según el Acta de
Postulaciones, emitida por la Junta Regional Electoral del CNE en el estado
Aragua e impresa el pasado 25 de agosto, la MUD postuló como candidatos
nominales a la Circunscripción 1 de Aragua a José Trujillo e Ismael García.
Estas postulaciones fueron admitidas el 7 de agosto, como puede observarse en
esta imagen:
Por su parte, el partido
MIN-Unidad postuló como candidatos a la Circunscripción 1 del estado Aragua a
Eduardo Navas y Ninoska Cermeño, postulaciones que fueron admitidas el 15 de
agosto y que pueden verse acá:
No obstante, el MIN-Unidad
decidió sustituir a sus candidatos originales por otros dos: Ismael García y
Freddy Solórzano. Y lo hicieron dentro del periodo establecido por el CNE para
la modificación de candidaturas, así que los cambios se verían reflejados en
las boletas electrónicas de votación. Y por eso la boleta electrónica de
votación de la Circunscripción 1 del estado Aragua quedó como puede observarse
a continuación:
3. ¿Se viola la ley al
permitir la postulación de candidatos con igual nombre y apellido?Taxativamente
sólo existen limitantes por la cantidad de caracteres de la combinación de
nombres y apellidos, además de una prohibición expresa a utilizar apodos en las
candidaturas nominales. No obstante, no existe prohibición alguna en la
legislación electoral que impida que haya candidatos homónimos.
4. ¿Qué debía hacer el CNE? Aunque
ambos ciudadanos están en pleno goce de sus derechos políticos, el organismo
comicial debió realizar un esfuerzo por distinguir a ambos postulados. El CNE
debía velar por evitar la confusión de la oferta electoral y distinguir los
nombres agregando iniciales de segundo nombre o apellido.
Los técnicos electorales
consultados sostienen que al tratarse de una modificación a la postulación
original, el CNE debió exigirle a los nuevos candidatos del MIN-Unidad un
nombre diferenciador. Una situación similar se presenta con los colores que
usan los partidos políticos en sus logotipos y emblemas: si una organización
política solicita al CNE usar un color de un partido ya existente, el organismo
suele pedir un segundo tono que permita establecer la diferencia.
5. ¿Se modificará la boleta
electrónica de la Circunscripción 1 del estado Aragua? No está previsto.
09-10-15
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