El ajusticiamiento de la Justicia |
Mensaje
con Destino: EL CERCO TIRÁNICO CASI SE CIERRA MIENTRAS LA ALTERNATIVA
DEMOCRÁTICA IMPLEMENTA UNA NUEVA
ESTRATÉGIA ELECTORAL.
Por Jesús González Briceño, 11/08/2013
Me recuerdo,
como si fuera ayer, un caso real en que el marido llega a su hogar, borracho, con
pintura de labio y colorete en su camisa, en que está su mujer con sus dos
niños, la grita e insulta, la golpea, inculpándola de todo la que pasa y hasta
la expulsa con sus descendientes de su casa. Algo semejante está pasando en nuestro
país cuando ciertos personajes se enseñorean en el poder y victimizan ,sin
razón alguna, por protestar contra la violencia y los designios de la
injusticia que se han cometido en nuestra nación, como es el caso de las
Impugnaciones de la elección presidencial que, al recurrir a los organismos
competentes y jurisdiccionales para que se investigue lo que realmente pasó en este hito electoral del 14-A, se les niega
el derecho consagrado por la Constitución y las leyes electorales , al ser
declaradas inadmisibles, además de imponerse una multa multimillonaria por razones
baladíes y se ordena abrirle un juicio
penal por recurrir a la justicia en violación del artículo 447 del (Capítulo Vll.,
De la Difamación y de la Injuria,) Código Panal , al recurrente. Para concluir
con el episodio de la mujer vejada y maltratada, ella acude a la
oficina de protección de la mujer y de allí sale peor porque la funcionaria que
la atiende es la amante de su marido, la insulta y casi la hace presa por
denunciarlo. Este episodio ocurrió en el Marqués, Municipio Sucre, región
capital, con una persona conocida en la
cual vi los efectos de la golpiza recibida en su propia cara. !Aunque Ud. no lo
crea! .También estamos observando hechos repetidos y continuos por muchos años
que vienen acaeciendo en nuestra querida
patria sin que haya una acción contundente para corregir estas barbaridades que
se cometen contra las personas e instituciones.
Los
resultados de la impugnación del presunto agraviado, el excandidato presidencial y de otras personas e
instituciones, no son hechos aislados ni casuales sino que responden a una estrategia
político-judicial implementada y llevada a cabo con suma precisión por este
régimen para favorecer los intereses
partidistas y la perpetuación en el poder de la revolución bolivariana. Así es,
como efecto, TSJ, a través de su Sala Constitucional, emite el 7 de enero de
2013, el fallo interpretativo del artículo constitucional 231, con el que en
aparente y manifiesta contradicción señala que a “pesar de que el 10 de enero
se inicia un nuevo período constitucional, la falta de juramentación en tal
fecha no supone la pérdida de la condición del Presidente Hugo Rafael Chávez Frías,
ni como presidente en funciones , ni
como candidato reelecto, en virtud de existir continuidad en el ejercicio
del cargo“. El 8 de marzo del corriente
decide, mediante sentencia, que el Vicepresidente Nicolás Maduro cesa en el ejercicio
de su cargo anterior de vicepresidente y pasa a ser presidente encargado de la
República para ejercer“ todas las funciones constitucionales de Jefe de Estado,
Jefe de Gobierno y Comandante en Jefe de la Fuerza Nacional Bolivariana”. Esta
decisión del máximo tribunal contradice en todas sus partes el artículo 229 que
establece taxativamente“ No podrá ser elegido presidente o presidenta de la
República quien esté en ejercicio del cargo de Vicepresidente Ejecutivo o
Vicepresidenta Ejecutiva, Ministro o Ministra, Gobernador o Gobernadora, o
Alcalde o Alcaldesa, en el día de sus postulación o en cualquier momento entre
esta fecha y la de su elección ”, Lo que constituyó otra fallo garrafal de
nuestro máximo tribunal, al menos que nuestros abogados sean analfabetos
funcionales.
En las
elecciones presidenciales en que Nicolás Maduro fue el candidato oficial del
régimen, se dieron otras importantes decisiones del Consejo Nacional Electoral
como del TSJ que han puesto en el ámbito jurídico serias dudas de la imparcialidad
de ambos organismos y su equidad y equilibrio de sus actuaciones. Como en
efecto, por las irregularidades surgidas antes, durante y después del evento
comicial del 14-A, EN QUE LAS DIFERENCIA A FAVOR DEL CANDIDATO OFICIALISTA FUE
DE APENAS DE 1,49%, el candidato de la MUD, Enrique Capriles consideró fraudulento
esos eventos al solicitar que se realizara una exhaustiva y completa auditoría en los cuadernos de votación y en
las huellas dactilares de los votantes, con base a múltiples y presuntas que
presumiblemente podrán cambiar su resultado final. Pero la presidenta del CNE
se negó a realizarla, el 27 de abril, pese a que en la reunión del Unasur lo
había prometido y procedió a realizar una auditoría de las mesas restantes sin
la participación negada por la oposición al considerar que los cuadernos de votación y las huellas no
serían auditadas y confrontados con las papeletas contenidas en la urnas,
solicitud denegadas también por el TSJ. Lo asistía toda la razón para incoar los comicios de l14-A.
Ante las
denegaciones del CNE Y DEL TSJ de realizar una auditoría total , incluyendo
los cuadernos de votación y las huellas
dactilares del sistema SAI, el candidato Carpirles junto a otros
demandantes recurrieron al TSJ por la impugnación de NULIDAD TOTAL DEL PROCESO
DE VOTACION, ANTES, DURANTE Y POSTERIOR al evento comicial, el 2 de mayo del
corriente, que posteriormente, presuntamente y en forma apresurada ante la denuncia
de que se recurriría a los organismos internacionales competentes, la Sala
Constitucional declara INADMISIBLE LAS IMPUGNACIONES CONTRA LOS COMICIOS PRESIDENCIALES
DE ABRIL DE 2013, el 7 de agosto del corriente, con base al incumplimiento de
los requisitos de los artículos 133 y 180 de la LOTSJ y al 206 de la LOPE que
contempla la especificidades del recurso jerárquico. Llama poderosamente la
atención para cualquier lego en derecho que la inadmisibi8lidad se basa en que:
LOS DEMANDANTES ACASO INDICARON LA COMISION DE SUPUESTAS
IRREGULARRIDADES EN DIVERSOS CENTROS DE VOTACION,
SIN IDENTIFICAR EN FORMA PRECISA EL CÓMO LOS EVENTOS PUNTUALES A LOS QUE
ALUDIERON PRODUJERON VICIOS APRECIABLES, CAPACES DE ALTERAR LOS RESULTADOS
DEFINITIVOS QUE SE PRODUJERON EN LOS COMICIOS CELEBRADOS EL 14 DE ABRIL DE ESTE
AÑO PARA LA ELECCION DEL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA.
Adicionalmente el TSJ impuso al excandidato Enrique
Capriles, una multa de 100 unidades tributarias, por supuestas ofensas no
especificadas y ordenó a la Fiscalía abrir una investigación a fin de
determinar si incurrió en algún delito
por el contenido del recurso contencioso incoado, lo que constituye
sin duda alguna la violación del
artículo 447 (Capítulo Vll., De la DIFAMACIÓN Y DE LA INJURIA, Código Penal).
Me he
dado a la tarea de leer minuciosamente la impugnación de Capriles y de sus
abogados y, a todas luces NO SE JUSTIFICA LA INADMISIBILIDAD DEL RECURSO
CONTENCIOSO. Y es que cada una de las especificidades requeridas por el Recurso
Jerárquico fueron satisfechas detalladamente y en abundancia por una labor
legal plenamente loable y satisfactoria en el escrito en que, como dice la MUD,
se agregan las cargas de 15.096 ILÍCITOS E IRREGULARRIDADES cometidas, en
5.7229 mesas electorales y en 21.562 actas escrutadas; AFECTACION DE 419.545
ELECTORES en comparación de 223.599 votos de diferencia a favor de Maduro; COACION
A ELECTORES EN 218 MESAS CORRESPONDIENTES A 71 CENTROS ELECTORALES; en otras
130 MESAS se detectaron abusos; fallas en 449 en MÁQUINAS DE VOTACIÓN; 55,26%
de las MESAS del país tuvieron anomalías en 20.227 MESAS de un
total de de 39.018 las actas registraron menos votantes que el cuaderno de
votación; en 10.515 las ACTAS no tenían firmas ni huellas de por lo menos tres
miembros como lo exige la ley, en 8.814 MESAS, las actas ni siquiera estaban
selladas; INCONSISTENCIA DE LOS RESULTADOS y EL NÚMERO DE VOTOS NULOS, y pare
Ud. de contar los lícitos precisos y específicos que los examinadores de la
Sala Constitucional no vieron o no quisieron ver.( TSJ Ignoró 15.096
Irregularidades precisadas en la
demanda de la MUD, El Nacional 9 de
agosto de 2013).
La
impugnación por ilícitos electorales incoada por el excandidato es compartida,
en gran parte, por El Informe Preliminar del Centro Carter y POR NUESTROS
PROPIOS OJOS QUE PRESENCIAMOS, VÍMOS Y OIMOS POR LOS MEDIOS DE COMUNICACIÓN Y
EN LAS CALLES DE VENEZUELA, cómo el mismo candidato oficialista violó antes y
durante los comicios del 14-A la normativa de la LOPE; el aparato estatal del
régimen y su funcionarios, con una desproporcionada publicidad, recursos
financieros y humanos; los funcionarios del CNE , y algunos uniformados de El Plan República, grupos de colectivos y
motorizados y hasta los guerrilleros de las FARC, en el estado Amazonas y en
territorios fronterizos con Colombia,
violaron en forma fragante la normativa electoral vigente sin que las
autoridades electorales le pusieran coto a estas irregularidades (¿por qué no
se investigaron ni investigan las denuncias?).Por lo mismo por lo cual no se
hizo la auditoría completa.
Con la
negativa de CNE de realizar una auditoría efectiva de los comicios y la
inadmisibilidad de los recursos por parte de la Sala
Constitucional del TSJ, el 7 de agosto, SE
AGOTARON
LAS VÍAS ELECTORALES Y
JUDICIALES ante cualquier delito electoral que le sea imputado al
oficialismo por cualquier ciudadano que considere lesionada la garantía de sus
derechos electorales, lo que da pié a que la alternativa DEMOCRÁTICA DEBERÁ
REDISEÑAR SU ESTRATÉGIA DE LUCHA, JUNTO CON TODOS LOS VENEZOLANOS DEMÓCRATAS,
CONTRA LOS LA CRIMINALIZACION DE LA JUSTICIA POR DELITOS ELECTORALES, Y EN
ESPECIAL, CON EL PRÓXIMO EVENTO COMICIAL MUNICIPAL DEL 8 DE DICEMBRE,EN QUE EL
OFICIALISMO, EN CONNIVENCIA CON EL APARATO ESTATAL DEL RÉGIMENJ Y LA
INTELIGENCIA CUBANA, TRATARÁ DE LEGITIMIZAR EL RÉGIMEN ESPÚRIO DE NICOLAS
MADURO Y LA REVOLUCION BOLIVARIANA CON OTRA FARSA ELECTORAL QUE DE NINGUNA
MANERA PODRÁ BORRAR EL PECADO CAPITAL DEL FRAUDE ELECTORAL DEL 14-A-DEL 2013,
LO QUE SIGNIFICARÁ LA EXPIRACION DEL ESTADO DE DERECHO EN VENEZUELA.
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