Consejo Permanente
OEA/Ser.G
CP/RES. 1137 (2245/19)
12 septiembre 2019
Original: español
CP/RES.
1137 (2245/19)
CONVOCATORIA
A LA REUNIÓN DEL ÓRGANO DE CONSULTA DEL TRATADO INTERAMERICANO DE ASISTENCIA
RECÍPROCA (TIAR)[1]/[2]/
(Aprobada de conformidad con el artículo 78 del Reglamento del
Consejo Permanente
en la sesión ordinaria celebrada el 11 de septiembre de 2019)
en la sesión ordinaria celebrada el 11 de septiembre de 2019)
EL
CONSEJO PERMANENTE DE LA ORGANIZACIÓN DE LOS ESTADOS AMERICANOS,
CONSIDERANDO
que los Gobiernos de Argentina, Brasil, Colombia, Guatemala, Haití, Honduras,
El Salvador, Estados Unidos, Paraguay, República Dominicana y Venezuela, a
través de la nota No. CP/INF. 8369/19, del 9 de septiembre del presente año,
solicitaron la convocatoria del Órgano de Consulta del Tratado Interamericano
de Asistencia Recíproca (TIAR), de conformidad con el artículo 78 del Reglamento
del Consejo Permanente;
RECORDANDO
lo dispuesto en las resoluciones AG/RES. 2929 (XLVIII-O/18) del 5 de junio de 2018, CP/RES. 1117 (2200/19)
del 10 de enero de 2019, CP/RES. 1123
(2215/19) del 27 de marzo de 2019, CP/RES. 1124 (2217/19) del 9 de abril de 2019, CP/RES. 1127 (2228/19) del
13 de mayo de 2019, AG/RES. 2944 (XLIX-O/19) del 28 de junio de 2019 y CP/RES. 1133
(2244/19) del 28 de agosto de
2019;
CONSIDERANDO
que de conformidad con el artículo 6 del Tratado Interamericano de Asistencia
Recíproca (TIAR), la crisis en Venezuela tiene un impacto desestabilizador,
representando una clara amenaza a la paz y a la seguridad en el Hemisferio; y
TENIENDO
PRESENTE los dispositivos pertinentes del Tratado Interamericano de Asistencia
Recíproca (TIAR) y de la Carta de la Organización de los Estados Americanos,
RESUELVE:
1.
Constituir
provisionalmente el Órgano de Consulta previsto por el artículo 12 del Tratado
Interamericano de Asistencia Recíproca (TIAR) y convocar para la segunda
quincena del mes de septiembre de 2019, la Reunión de Ministros de Relaciones
Exteriores a que se refiere el artículo 11 del Tratado Interamericano de
Asistencia Recíproca (TIAR).
2.
Informar
al Consejo de Seguridad de las Naciones Unidas del texto de la presente
resolución y de todas las actividades relacionadas con este asunto.
NOTAS DE PÍE DE PÁGINA
1. … PM 25/2019
de fecha 23 de abril de 2019 (de la Misión Permanente de Antigua y Barbuda en
nombre de varios Estados Miembros, incluido Trinidad y Tobago), reiterada en el
cuadragésimo noveno período ordinario de sesiones de la Asamblea General de
esta Organización el 28 de junio de 2019, mediante la nota a pie de página a la
resolución “La situación de Venezuela y la crisis de migrantes venezolanos”, el
Gobierno de Trinidad y Tobago, en su condición de Estado Miembro que ha
ratificado el Tratado Interamericano de Asistencia Recíproca (TIAR/Tratado de
Río), reafirma que se reserva el derecho de no estar obligado por esta aprobada,
de conformidad con el artículo 78 del Reglamento del Consejo Permanente, con la
participación del representante de la Asamblea Nacional de Venezuela, quien
supuestamente ocupa el cargo de Representante Permanente de la República
Bolivariana de Venezuela.
|
2. … participación en diversos foros multilaterales y grupos
tales como el Grupo de Lima y el Grupo Internacional de Contacto- para que en
Venezuela se restablezcan el Estado de Derecho, la democracia y el respeto a
los derechos humanos, por la vía del diálogo y medios democráticos. Esto quiere
decir, que para Costa Rica es importante que como estado parte del Tratado
Interamericano de Asistencia Recíproca, las decisiones procuren una verdadera
solución a la crisis y que sobre todo no vayan en detrimento del pueblo
venezolano. Para Costa Rica, discutir medidas en el marco del artículo 8
del TIAR, debe contribuir a la restauración pacífica de la democracia en
Venezuela y excluir aquellas que impliquen el empleo de la fuerza armada.
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