Carlos Romero Mendoza 22 de agosto de 2014
@carome31
La crisis en la prestación de servicio
de recolección de residuos y desechos sólidos que impacta a varios municipios
del país, demanda no sólo de información adecuada y oportuna, sino de un plan
de respuesta que logre aminorar esos problemas que hacen de la crisis un
obstáculo en la tarea garantizar una buena gestión pública.
En la búsqueda de esas acciones
oportunas, reales y viables para enfrentar esa crisis en la recolección de la
basura, los vecinos jugamos un papel esencial, que además, es reconocido en la
Ley de Gestión Integral de la Basura, aprobada el 30 de diciembre de 2010.
En principio la Ley es bien amplia en
cuanto a los actores que pueden participar en la definición, ejecución, control
y evaluación de la gestión y manejo integral de los residuos y desechos
sólidos, en tal sentido la única exigencia que hace es que esos actores tengan
la capacidad y responsabilidad para participar.
Por lo tanto, cualquier persona
jurídica o natural, puede participar en la elaboración de planes, programas y
proyectos en esta materia, previo convenido expreso con las autoridades respectivas;
criterio que se reitera, cuando la Ley desarrolla la contraloría social, pues
si bien allí establece que una de las formas de hacer contraloría es a través
de los Consejos Comunales, advierte también, que cualquier comunidad o grupo
social organizado que desarrolle actividades de contraloría pueden también
ejercer en esta materia, este mecanismo de participación.
La garantía al derecho de
participación ciudadana en esta materia, está expresamente señalado cuando el
legislador advierte que las comunidades organizadas podrán insertarse en el
proceso de toma de decisiones de las distintas actividades que tengan que ver
con el manejo de los residuos y desechos sólidos, en coordinación con las
respectivas autoridades y dentro del marco legal.
Esa pluralidad de actores, pareciera
verse restringida cuando el artículo 11 de la Ley omite al ciudadano como
integrante de la organización institucional para la gestión integral de los
residuos y desechos sólidos. Entre
estos integrantes menciona a los órganos del poder público nacional, estada y
municipal; al poder popular y a las empresas socialistas para la gestión de los
residuos y desechos, por último incorpora un actor que es Consejo Nacional para
la Gestión de los Residuos y Desechos.
Ante esta situación, el propio
legislador, obligó expresamente a interactuar con las comunidades de manera que
se pueda garantizar el conocimiento, discusión y manejo de asuntos relacionados
con la prestación del servicio, para mejorar calidad, eficiencia y eficacia;
los temas relacionados con el sistema tarifario, modificaciones o ajustes de
tasas por los servicios y aquellos aspectos que requieren de respuestas a los
requerimientos de las comunidades con relación a la gestión y manejo de los
residuos y desechos sólidos.
En conclusión, el espíritu de esta ley
garantiza una plural participación que facilita políticas de inclusión social,
y además brindan suficiente información jurídica que favorece la tesis de la
oportunidad que tienen los Municipios de convocar a un Cabildo Abierto para que
entre autoridades y ciudadanos, se encuentren para analizar el problema de la
Basura y construir propuestas que logren aminorar las consecuencias de una
crisis que en esta materia, puede convertirse en un problema de salud pública,
según sea el nivel de la crisis.
Por otro lado la misma Ley cuando
garantiza el derecho a acceder a la información y obtener datos relacionados
con el manejo integral de residuos y desechos sólidos, genera en consecuencia otro elemento
favorable para la tesis del Cabildo Abierto, pues resulta un mecanismo idóneo,
además constitucional, para intercambiar información, facilitar la
participación y buscar posibles soluciones.
Sin duda alguna esta Ley facilita la
inclusión social y la oportunidad de promover espacios de participación para
que ciudadanos y gobiernos locales trabajen en conjunto en la tarea de
enfrentar la crisis y abordar con mayor legitimidad las causas de las mismas.
Estas acciones y la exigencia de
incluir la voz del ciudadano en la búsqueda de soluciones a la crisis, es parte
de la ruta que hay que seguir para hacer respetar nuestro derecho a acceder a
un servicio de aseo urbano eficiente, eficaz y que además, permita a todos por
igual, disfrutar de espacios públicos libres de residuos y desechos.
Nuestra participación nos hace ejercer
nuestro rol ciudadano en la tarea de garantizar la mayor protección posible de
la salud y el ambiente, frente a los riesgos o daños que se pueden producir
durante las operaciones de gestión de los residuos y desechos sólidos.
Por último, el legislador consciente
del rol ciudadano, dejó expresamente señalado nuestro derecho a acceder a la
formación y capacitación básica que permita una cultura de producción y consumo
ambiental más responsable, en otras palabras, advirtió que para mejorar nuestra
participación y con ella lograr una mejor cultura ambiental la educación
ambiental es esencial, incluso desde la Ley orienta esa educación no sólo a la
población en general sino que la ubica desde el propio contenido del currículo
escolar.
En conclusión, la normativa que regula
el tema de la Basura, facilita el diseño de cualquier plan municipal que aborde
de manera estratégica la sensibilización de los vecinos y las posibles acciones
para enfrentar una crisis que es evidente y notoria. Además, alimenta la tesis que tal propuesta
puede tener como espacio institucional, además constitucional, la figura del
Cabildo Abierto, lo cual es coherente con el principio de una Administración
Pública al servicio del ciudadano y por demás, responsable.
@carome31
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