Carlos Romero Mendoza 26 agosto de 2014
@carome31
La gestión integral de residuos y
desechos sólidos es un servicio público que el Estado debe garantizar y el
mismo debe ser prestado de manera continua, regular, eficaz, eficiente e
ininterrumpida y en corresponsabilidad con la comunidad organizada.
El derecho de la comunidad organizada
a participar en esta materia es reconocido por la Ley de Gestión Integral de
Residuos y Desechos Sólidos de diciembre 2010 y en consecuencia, el Estado
debe tomar las acciones necesarias para facilitar una efectiva participación de
los ciudadanos. El acceso a la información, resulta una herramienta muy
importante para lograr satisfacer con éxito esa tarea.
La calidad de la información y la
facilidad de acceder a ella, determina la calidad en la participación
ciudadana; una mayor inclusión de los vecinos en los temas ambientales que
impactan a la comunidad y a la ciudad, permite una mayor sensibilización y
facilita el camino de un proceso educativo, formal y no formal, orientado a
mejorar la cultura ambiental.
La información y la educación son
aliadas importantes para una participación efectiva y también para facilitar a
cada ciudadano el cumplimiento de sus propios deberes, pues esa alianza
contribuye a una mayor sensibilización y en consecuencia a una mejor respuesta
del ciudadano para:
-Cumplir con las normas y recomendaciones
técnicas establecidas en materia de gestión de desechos y residuos sólidos.
-Almacenar los residuos y desechos
sólidos con sujeción a las normas sanitarias y ambientales, para evitar daños a
terceros y facilitar su recolección.
-Abstenerse a arrojar residuos y
desechos fuera de los sitios, recipientes y contenedores colocados para su
acopio; así como de colocarlos fuera de los horarios establecidos para la
recolección.
Para lograr que haya un importante
nivel de cumplimiento de estos tres deberes expresamente señalados en la Ley,
resulta muy útil que la Alcaldía y/o el Concejo Municipal impulsen espacios
para la divulgación, el conocimiento y la discusión de la ordenanza que regula
esta materia, además, de las instituciones locales responsables a nivel local
de garantizar este servicio público.
La aprobación de un horario y
colocación de depósitos sin un proceso previo de sensibilización ciudadana
sobre la importancia de esas acciones, es una apuesta a ciegas al resultado
esperado.
Además de estos deberes mencionados,
el legislador también impuso otra obligación, a través de la cual, se puede
justificar un programa de contraloría social sobre desechos y residuos sólidos,
se trata del deber que todo ciudadano tiene de informar a las autoridades competentes
de las infracciones que cometan los generadores y operadores de los residuos y
desechos sólidos, en contra de la normativa existente.
Es oportuno mencionar que el artículo
268 de la Ley Orgánica del Poder Público Municipal, establece expresamente que
el Concejo Municipal mediante reglamento, puede impulsar comisiones de vecinos,
a través de las cuales, éstos puedan vigilar el buen funcionamiento de los
servicios públicos, por lo tanto, si los ciudadanos están obligados a informar
a las autoridades sobre este servicio público, entonces es perfectamente viable
crear esta clase de comisiones como espacio formal e institucional de
interacción entre vecinos y autoridades locales para evaluar y monitorear el
servicio público de gestión integral de desechos y residuos sólidos.
Igualmente, el Concejo Municipal,
puede ampliar las funciones de alguna de sus comisiones permanentes o crear una
para facilitar la discusión y debate con los vecinos sobre esta materia
ambiental, de manera que siempre exista un espacio institucional para la
generación de propuestas y recomendaciones de políticas públicas locales en
esta materia,
La participación ciudadana es un
derecho[1] pero también
es asumida por el legislador como un deber ciudadano, y en este sentido, el
deber se orienta hacia la participación en programas de reducción de la
generación de residuos y desechos, así como para la recuperación, reutilización
y reciclaje de envases, empaques y afines.
Por último, no podía faltar, la
mención expresa en la Ley de la obligación de pagar las tasas respectiva por
servicios prestados por el municipio, cancelar las multas que haya lugar y
otras cargas aplicadas por las autoridades competentes.
En momentos donde el servicio de
recolección de desechos y residuos sólidos está en crisis, cobra importancia la
necesidad de interactuar ciudadanos y autoridades en la búsqueda de posibles soluciones
o acciones que mitiguen los efectos de la crisis existente. En tal
sentido figuras como las mencionadas, pueden terminar presentando
recomendaciones en un cabildo abierto para que desde ese espacio constitucional
se logre aprobar un plan de contingencia, si el nivel de la crisis así lo
exige, de manera corresponsable con los ciudadanos.
[1] Carlos Romero.El Ciudadano en la
gestión de residuos y desechos sólidos. En: Algo sobre lo Municipal.blogspot.com. 22 de
agosto de 2014. Online en: http://www.algomunicipal.blogspot.com/2014/08/el-ciudadano-en-la-gestion-de-residuos.html
@carome31
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