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viernes, 30 de enero de 2015

Resolución 0086 del Min Defensa, Uso letal de la fuerza, @kiko2004


General Padrino López
Ayer fuimos recibidos por una noticia que nos impacto, la publicación en Gaceta Oficial 40.589 del 27 de enero de 2015, firmada por el General Padrino López, de la Resolución 008610, que autoriza el uso de fuerza letal para el control de manifestaciones públicas.

Es importante destacar que el General Padrino López se consolida como una pieza clave del ala militar del régimen Bolivariano pues además que es el Ministro de la Defensa, lo que le da el mando administrativo de las FANB, también es el Jefe del CEOFANB (Comando Estratégico Operacional de la Fuerza Armada) lo que le dá el poder operacional de los militares venezolanos.

La insólita Resolución, norma el uso de fuerza letal contra reuniones y manifestaciones públicas, pasando por encima del Art 68 de la CRBV (Constitución de la República Bolivariana de Venezuela) que indica: “Los ciudadanos y ciudadanas tienen derecho a manifestar, pacíficamente y sin armas, sin otros requisitos que los que establezca la ley. Se prohíbe el uso de armas de fuego y sustancias tóxicas en el control de manifestaciones pacíficas. La ley regulará la actuación de los cuerpos policiales y de seguridad en el control del orden público”.

¿Quién decide cuando una manifestación pasa de pacífica a violenta? ¿Padrino López?, ¿El militar a cargo de la Unidad Armada para el control de la manifestación?, preguntas sin respuesta. La Resolución es intimidatoria, parece concebida en preparación para lo que todos suponemos que va a suceder en Venezuela, que es un incremento de las manifestaciones y reclamos ciudadanos al gobierno de Nicolas Maduro, y legaliza lo que ya hemos observado en los últimos años, que es un aumento progresivo de la militarización del país.

Además contraviene el Art. 329 de la CRBV, que indica muy claramente cuáles son las funciones de los componentes militares en Venezuela. Es una Resolución hecha a la medida y advertencia contra los colectivos armados que se opongan al régimen, pues estos ya hace tiempo se le salieron de control, siendo previsible un aumento de la confrontación violenta contra estos grupos.

Es una Resolución que escala el conflicto político, por el riesgo, hasta ahora controlado que se generen milicias armadas en respuesta al desafío y las arbitrariedades que cometen todos los días nuestros militares y los organismos de Seguridad del Estado, también contraviene acuerdos y tratados internacionales de DDHH firmados por Venezuela en este y en anteriores gobiernos.

Pero tranquilos… pues como lo establece el Art. 24, Ordinal 3 de la Resolución 008610: Después de muerto o herido por un militar, notificarán a sus familiares de inmediato. Ahhhhh bueno… entonces está bien!!!!

Recomendamos la lectura detallada de la Resolución en el siguiente enlace:

La mejor respuesta que le podamos dar a esta Resolución y al Gral Padrino Lopez es el Art. 25 de la CRBV: “Todo acto dictado en ejercicio del Poder Público que viole o menoscabe los derechos garantizados por esta Constitución y la ley es nulo; y los funcionarios públicos y funcionarias públicas que lo ordenen o ejecuten incurren en responsabilidad penal, civil y administrativa, según los casos, sin que les sirvan de excusa órdenes superiores.”

¡¡¡Que Dios nos proteja y nos guarde!!!


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