Carlos Molina Camacho
El trabajador se
siente verdadero dueño de su trabajo cuando labora en una empresa que es suya,
como es una cooperativa de producción de bienes o servicios, o de trabajo
asociado, pues tal empresa pertenece a un grupo de trabajadores que decidieron
ser dueños de su propio destino, abandonando su condición de simples
asalariados en las empresas de naturaleza mercantil o capitalista, o bien en
empresas del Estado o de naturaleza pública.
En las de naturaleza
mercantil o pública como asalariados dichos trabajadores no tienen ninguna
injerencia, o ésta se halla reducida a su mínima expresión. En cambio en las
cooperativas que se organizan para crear una fuente de trabajo ellos tienen la
obligación de autogestionarla en forma democrática y reciben la totalidad de
los beneficios económicos que generen.
Son dueños pues del capital y del trabajo.
Se acaba así la
sempiterna contradicción entre ambos factores fundamentales de la producción de
bienes y/o servicios, que ha sido a lo largo de los años fuente de graves conflictos.
Se ha logrado finalmente la liberación del trabajador: meta anhelada por todos
los trabajadores del mundo.
No sólo acrecientan
sus ingresos sino que –tal vez lo más relevante- pueden tomar decisiones como
colectivo en relación a la marcha de la
cooperativa. Ese hecho los hace crecer como seres humanos. El poder
expresar lo que piensan en torno a como debe ser orientada la empresa, los hace
sentirse seres humanos útiles, importantes para la sociedad.
Los menos ilustrados
se dan cuenta que pese a sus limitaciones culturales son capaces de dar buenas
ideas que benefician al conjunto. Nace en cada uno de ellos el sentimiento de:
“yo valgo como ser humano, soy inteligente, aunque la vida no me haya permitido
obtener títulos académicos”.
Se fragua en esos
trabajadores un sentimiento también de legítimo orgullo. Se habla de “nuestra”
empresa: “yo trabajo en mi propia empresa en unión de otros compañeros, todos
somos propietarios de ella”. Nace un
auténtico amor por el trabajo que se hace, cualquiera que él sea, de donde se
deriva una mayor calidad en el fruto de ese trabajo, sea un determinado bien o
un servicio a la comunidad. En suma: se
ha logrado una auténtica dignificación del trabajo humano.
En lo tocante a las
cooperativas que se organizan para obtener bienes o servicios (consumo de
alimentos y otros rubros, ahorro y préstamo, servicios de salud o educativos,
de vivienda, etc), los asociados se unen para adquirir a más bajos costos y a
la mejor calidad, los bienes o servicios que han menester. Dichas cooperativas
necesitan obviamente personal asalariado para ponerlas en funcionamiento.
Esos asalariados
deben tomar conciencia que no lo son de una empresa cualquiera. La empresa para
la cual laboran persigue unos fines sociales de gran significación y
trascendencia. Su norte es bajar el costo de la vida para todos ya que operan
sin fines lucrativos, y ellos mismos, los asalariados, se beneficiarían de la
empresa si se asociaran a ella como consumidores o usuarios.
Sus salarios deben
ser los mejores del mercado comparándolos con los devengados por trabajadores
de empresas capitalistas y que operen dentro de la misma actividad comercial.
Deben tener posibilidad de estar representados por compañeros en el consejo de
administración de la cooperativa.
Tan pronto sea
posible deben ser ayudados a que conformen una cooperativa de trabajadores,
cuyo objetivo sea brindar servicios a los consumidores o usuarios. De esa
manera se celebraría un contrato entre dos cooperativas, una de trabajo y otra
de consumidores y usuarios, en virtud del cual esta última cancelaría a la
primera una suma global por los servicios brindados por todos sus asociados.
Los miembros
organizados en la cooperativa de trabajadores tomarían sus decisiones
autónomamente en lo relativo a los anticipos societarios (ya no se llamarían
salarios) que deben ser cancelados a todos sus afiliados. Se crearían los
fondos legales obligatorios (educación, reserva de emergencia, protección
social).
Ambas cooperativas
pudieran compartir algunos servicios fundamentales, como por ejemplo, los
educativos, los de contaduría, los jurídicos, etc De esa manera los actos jurídicos llevados a
cabo quedarían dentro del Derecho Cooperativo y se obviaría la legislación
laboral, propia del sistema capitalista.
cmolinacamacho@gmail.com
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