Si encuentran errores deben solicitar sus correcciones del 25 de
julio al 8 de agosto
NPS_557, Súmate, 22/07/2015
Súmate exhorta a todos los electores a verificar sus datos en el
Registro Electoral (RE) Preliminar a partir de este viernes 24 de julio, fecha
en la cual el CNE debe publicarlo de acuerdo a la actividad 17 en el Cronograma
Oficial para las Elecciones Parlamentarias convocadas para el domingo 6 de
diciembre.
Los electores que encuentren
errores en la información de sus datos en el RE Preliminar que pudieran impedir su derecho
a ejercer el voto en los próximos comicios legislativos del 6D, como el que se
hayan inscrito y no aparezcan incorporados en el padrón de votantes, que
estando inscritos previamente fueron excluidos o migrados de su centro de
votación sin su consentimiento, o que encuentren errores en sus nombres,
apellidos o fecha de nacimiento; deben
solicitar la corrección o subsanación de estas y otras situaciones irregulares
a partir del sábado 25 de julio hasta el sábado 8 de agosto, ambas fechas inclusive,
período abierto por el CNE para la impugnación al RE Preliminar.
Es necesario un punto en cada uno
de los 335 municipios para impugnar al RE Preliminar
Esta ONG exhorta a los rectores del CNE prever para el período de
Impugnación al Registro Electoral Preliminar facilidades logísticas y de
movilización. Sugieren que por lo menos deben establecer un punto o centro en
cada uno de los 335 municipios del país durante los 15 días correspondientes a
este lapso que va del sábado 25 de julio al sábado 8 de agosto, para recibir a
los electores que requieran corrección de errores en sus datos o la inclusión
en esta base de votantes; así como proporcionar y garantizar la disponibilidad
de la información, de los equipos y de los materiales requeridos para los
referidos trámites.
CNE debe informar si en fines de
semana estarán abiertos los centros para corrección del RE
Súmate solicita a los rectores informar cuanto antes si los fines
de semana del 25 y 26 de julio, 1 y 2 y sábado 8 de agosto están incluidos en
este período de Impugnación al RE Preliminar; porque en el caso contrario el
CNE incumpliría con lo dispuesto en el artículo 42 de la Ley Orgánica de
Procesos Administrativos (LOPA), el cual expresa que al no especificarse como
“continuos” los 15 días indicados en el artículo 37 de la Ley Orgánica de
Procesos Electorales (LOPRE) para impugnar al RE Preliminar, éstos deben
interpretarse como días hábiles, es decir, que deben laborar en los mismos.
Artículo 37 de la LOPRE: “El Registro Electoral Preliminar podrá ser impugnado ante la Comisión de Registro
Civil y Electoral o en la Oficina Regional Electoral de la entidad
correspondiente, dentro de los quince
días siguientes a su publicación, por las causales previstas en la presente
Ley…”
Familiares de electores difuntos
pueden retirar fallecidos del RE Preliminar
En este período de
Impugnación al Registro Electoral Preliminar de las Parlamentarias 6D, los
familiares de los electores difuntos pueden verificar si éstos ya fueron
desincorporados del RE. En el caso contrario deben cumplir con el procedimiento establecido por el
CNE para retirarlos del Registro Electoral, que les exige consignar el
acta original de defunción y copia de está, como también copia de la cédula de
identidad del fallecido u otro documento que identifique al fallecido,
acompañada de la Planilla de Reclamos y Registro de Fallecidos del CNE.
Esta planilla está disponible en el enlace “Registro
Electoral” del sitio web del CNE, y en las sedes de las
24 Oficinas Regionales Electorales
del CNE, ubicadas en las capitales de cada estado del país.
…Construimos
Democracia
No hay comentarios:
Publicar un comentario
Para comentar usted debe colocar una dirección de correo electrónico