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martes, 14 de julio de 2015

Maduro y el Esequibo, por Omar Barboza Gutiérrez

Omar Barboza Gutiérrez 11 de julio de 2015

El pasado lunes 6 de julio el Presidente Maduro anunció dos (2) decisiones sobre el Esequibo, con las cuales en el fondo estamos de acuerdo, sin justificar el retardo de la primera ni la forma de presentar la segunda.

En primer lugar, anunció que se dirigirá al Secretario General de la ONU para que “avancemos en la definición del buen oficiante”. Por supuesto que compartimos acogerse al Acuerdo de Ginebra como estrategia central de nuestro país, ese es el gran instrumento jurídico que le da mayor fuerza a nuestra reclamación ante cualquier instancia internacional, y ya el Secretario General de la ONU en su oportunidad se pronunció por el mecanismo del buen oficiante, para buscar una solución pacífica de la reclamación.

En mi artículo publicado en este diario el pasado 22 de junio con el título “El Esequibo ante la ONU”, propuse como primer planteamiento al Secretario General de ese organismo “que designe de inmediato al nuevo buen oficiante para que se ocupe diligentemente de buscar un acuerdo entre las partes que le ponga fin a la controversia por la vía pacífica”. El Presidente Maduro no explicó por qué el gobierno esperó esta situación para plantear el camino que más le conviene a Venezuela. Tampoco explicó por qué sí el buen oficiante designado Sr. Norman Girvan falleció en abril de 2014, ahora es que nosotros venimos a solicitar que se designe su sustituto, mientras tanto la reclamación de nuestros derechos ha estado paralizada.

La otra decisión con la cual estoy de acuerdo, es con la derogación del Decreto 1.787 de mayo de este año sobre unas zonas operativas de defensa integral, simplemente por constituir un disparate, que además de violar el Acuerdo de Ginebra en relación a Guyana, se metió de manera imprudente con el tema del Golfo de Venezuela que venía tratándose adecuadamente, lo cual produjo una Nota de protesta de la Cancillería colombiana de fecha 17-06- 2015, por pretender resolver unilateralmente un diferendo histórico que se debe resolver por acuerdo entre países hermanos. Y por último, trajo la queja de Surinam dado que el referido Decreto afectaría su fachada atlántica, es decir, ese Decreto nos puso a pelear con todo el mundo y lo que hizo fue fortalecer el argumento de Guyana de que la estamos atropellando.

El error fue tan profundo como el Golfo de Venezuela, al punto de que el nuevo Decreto, el 1.859 de fecha 06-07-2015, publicado en la Gaceta Oficial N° 40.696, en su Artículo 21 declara “íntegramente” derogado el Decreto 1.787 del 27-05-2015. El Presidente Maduro jugando con la buena fe de los venezolanos, en vez de decir la verdad y rectificar, se escudó en una “consulta” al Tribunal Supremo de Justicia para camuflar la necesidad de derogar tamaño entuerto. Cuando la verdad es que debía rectificar porque tenía presión colombiana. La mejor prueba de esto es que al día siguiente, el Presidente Santos que había sido tan enérgico reclamando el Decreto, escribió el martes 07-07-2015 en su twitter: “Venezuela anunció que modificará decreto. Otra prueba que diplomacia y diálogo funciona”. Es decir, estaba complacido por una rectificación sobre un lunar negro en nuestra estrategia correcta en el tema del Golfo de Venezuela.

En varios aspectos de su intervención, el Presidente Maduro estuvo distante de un lenguaje de altura como le corresponde a un estadista que esté tratando un tema de interés nacional y de tanta sensibilidad internacional. Si hablamos de paz, de diálogo, de recurrir a las instancias internacionales, debemos utilizar un lenguaje cónsono con esa posición, y no latiguillos para complacer las galerías. Por ejemplo, llamar “rehén” de la Exxon Móvil al Presidente electo de Guyana, no creemos que es un lenguaje apropiado. O atacar a Inglaterra y a Estados Unidos juntos en el tratamiento de este tema, donde hasta a Cuba la tenemos en contra, nos parece una estrategia de “carrito chocón” y no de un estadista.

Finalmente anunció la utilización de la Ley Habilitante para la designación de una Comisión Presidencial. Es totalmente innecesaria la Habilitante para estos fines, es una medida efectista. El Presidente está obligado a ello por el Artículo 15 de la Constitución que dispone: “El Estado tiene la obligación de establecer una política integral en los espacios fronterizos terrestres, insulares y marítimos, preservando la integridad territorial, la soberanía, la seguridad, la defensa, la identidad nacional, la diversidad y el ambiente…”. Este es el fundamento Constitucional para integrar esa comisión presidencial con esos fines sin necesidad de una Ley Habilitante. Esa Comisión se debió integrar con venezolanos conocedores de la materia, sin distingos políticos. Se llama a la unidad y no se predica con el ejemplo.

Omar Barboza Gutiérrez

barbozaomar@yahoo.com

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