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miércoles, 12 de octubre de 2016

TSJ pide al Ejecutivo presentar presupuesto 2017 sin pasar por AN por @EfectoCocuyo




La Sala Constitucional del Tribunal Supremo de Justicia (TSJ), en una sentencia emitida cerca de la medianoche del martes 11 de octubre, decidió que el Ejecutivo Nacional puede saltarse -entre otros- el artículo 187 de la Carta Magna, donde se establece comocompetencia de la Asamblea Nacional la discusión y aprobación del presupuesto nacional, en este caso, para 2017.

“(…) el Presidente la República deberá presentar el presupuesto nacional ante esta máxima instancia de la jurisdicción constitucional, dentro de los cinco (5) días siguientes a la notificación de la presente decisión, bajo la forma de decreto que tendrá rango y fuerza de ley, la cual ejercerá el control de ese acto del Poder Ejecutivo Nacional, conforme a lo previsto en el Texto Fundamental, todo ello en garantía de los principios constitucionalesque rigen la materia presupuestaria” indica la sentencia, que fue publicada en el portal del máximo tribunal.

En la nota de prensa que acompaña la difusión de la sentencia, el TSJ hace referencia nuevamente a “el desacato que voluntariamente mantiene un grupo mayoritario de diputados que actualmente integran la Asamblea Nacional“; esto con respecto de otras sentencias y de la Constitución, así como del Estado de Excepción y Emergencia Económica” que fue declarado vigente recientemente.


A pesar de lo tardío del anuncio, las respuestas no se hicieron esperar. El primero en reaccionar fue el presidente de la AN, Henry Ramos Allup. Pero se espera que en las concentraciones pautadas por la oposición para este miércoles 12 de octubre, se revelen lo próximos pasos de la fracción parlamentaria de la Mesa de la Unidad Democrática ante esta decisión.
No obstante, también se espera conocer la posición del Gobierno Nacional luego de publicarse la sentencia del TSJ, ya que incluso alguno expertos en la materia comentaron aEfecto Cocuyo que el presidente Nicolás Maduro podría incurrir en el delito de corrupción si llegase a aprobar el presupuesto 2017 por una vía distinta a la dispuesta en el artículo 187 de la Constitución.

Lea la sentencia completa aquí.

11-10-16




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