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martes, 11 de abril de 2017

Al proceso le pusieron música de dictadura por @frusbet


Por Francisco Russo B.


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Las sentencias dictadas por la Sala Constitucional del TSJ, números 156 y 157, constituyen el colofón de un conjunto de decisiones dirigidas a enervar o suprimir las atribuciones constitucionales de la Asamblea Nacional, desde el mismo momento de su instalación luego del apabullante triunfo electoral del 6D de 2015 que alcanzó la mayoría calificada de las 2/3 partes del pleno parlamentario.

Con esas decisiones la Sala Constitucional usurpó gravemente las funciones contenidas en el artículo 187 de la Constitución, que son privativas del parlamento nacional. Ellas constituyen el zarpazo definitivo del gobierno, se quitaron el disfraz y le pusieron música de dictadura a la “revolución bonita”. Volvieron trizas los elementos fundamentales de la democracia, como son la separación de los poderes públicos, el respeto a las libertades esenciales, el ejercicio de gobierno con sujeción al Estado de Derecho, elecciones periódicas, libres y transparentes basadas en el voto universal y secreto como expresión de la soberanía del pueblo y la independencia y autonomía del Poder Judicial, entre otros. Estas decisiones dictadas con fraude a la Constitución, convierte al régimen en una dictadura continuada porque tales sentencias constituyen el epílogo de otras cincuenta que sin rubor alguno, los Magistrados de la Sala Constitucional y la Sala Electoral, políticos disfrazados de jueces-, han venido suprimiendo, desde el mes de enero de 2016, las atribuciones constitucionales de la Asamblea Nacional.

Veamos. Un repaso a las decisiones más perniciosas para el sistema democrático son estás: La dictada por la Sala Electoral el 30 de diciembre de 2015, que ordenó la suspensión de la proclamación de 3 diputados de la oposición y uno del PSUV. Esta decisión, además de hacer imposible que el pleno reúna los 2/3 requeridos para ciertas decisiones, fue la excusa para el resto de las decisiones contra la AN. Mediante una medida cautelar impiden la incorporación de diputados electos, lesionando la competencia de la AN para calificar a sus miembros, el fuero del que gozan los diputados desde su proclamación y dejan sin representación al Estado Amazonas. Esa sentencia fue el pretexto para decisiones posteriores como la declaración de ‘desacato’, contenida en el fallo número 01 del 11-01-2016, también de la Sala Electoral, que es la base para desconocer la legislación aprobada, la elección de una nueva directiva y el derecho de la directiva a representar a la AN en los procesos judiciales.


Otras dos sentencias, la número 9 de la Sala Constitucional del 1° de marzo de 2016, que en términos de daño institucional limita las facultades de control sobre el Ejecutivo así como revisar sus propios actos y la numero 184 del 17 de marzo de 2016, que deroga el control parlamentario sobre los estados de excepción, que ha servido como pretexto para, entre otras cosas, abolir el control parlamentario del gasto público. No podemos obviar varios fallos de la Sala Constitucional que lesionan y trastocan, entre unas y otras, distintas atribuciones de la Asamblea Nacional. Las identificadas números 810, del 21 de septiembre de 2016, la 341 del 05-05-2016, la 411 (del 19-05-2016) y la 04 (del 19-01-2017) y la 09 de la Sala Constitucional del 1°-03-2016. En total son 52 sentencias, sin contar la N°158 donde demostraron su incompetencia para el ejercicio jurisdiccional al revisar sus propias decisiones y suprimirle algunos párrafos. Esta prohibición procesal los hace incurrir en error inexcusable, grave falta para su destitución, aunado a ello la resolución de atribuirse competencias que no aparecen ni en la Constitución ni la Ley Orgánica del Tribunal Supremo de Justicia. Esto lo sabe un estudiante de primer año de Derecho.

Corolario, ha sido un proceso calculado para trastocar el orden constitucional y fraudulentamente invalidar el parlamento que la Nación se dio el 6D de 2015.

Pero a aquella conducta de los togados sin mérito ni curriculum, se suman las amenazas de los más connotados dirigentes de los colectivos, que advierten defender el gobierno con sangre y con los fusiles de asalto soviéticos Kaláshnikov, que es un arma sólo de uso militar. Los que así hablan no son demócratas, son más bien defensores de un régimen que desfalcó a la Nación y defraudó la esperanza de quienes un tiempo atrás les dio su confianza. Se convirtieron en un régimen de cartón piedra con decorado de corruptelas. Hoy para defenderse prefieren gastar las escasas divisas del país en bombas y elementos de guerra que en alimentos y medicinas para el pueblo.

Qué nos espera a los venezolanos? Vivimos tiempos de profunda convulsión política. Hay desacato de la AN o violación fraudulenta de la Constitución por la Sala Constitucional? La Asamblea Nacional desde su elección el 6D de 2015 no ha podido ejercer sus competencias constitucionales porque el gobierno no digiere su derrota electoral y prefiere utilizar al TSJ para desconocer la Asamblea Nacional y asumir funciones legislativas que no le atribuye nuestra Carta Magna; un CNE que limita los derechos constitucionales a elegir y ser elegido, y viola la Constitución cuando se resiste a convocar elecciones, los adelanta o los retrasa a conveniencia del gobierno, sin dar explicaciones de ningún tipo al país, y finalmente, un Poder Ciudadano que en voz de la Fiscal General desconoce las sentencias del TSJ y anuncia la ruptura del orden constitucional.

La ruta sin embargo, sigue siendo democrática y electoral. El mensaje tiene que ser la participación y a exigir pacíficamente el restablecimiento de los valores y principios de la democracia y la recuperación de sus instituciones. El mensaje a la sociedad política es hacia la construcción de un Acuerdo Nacional de Transición que permita tomar decisiones para contener el deterioro del país.

frusbet@gmail.com

10-04-17

http://www.talcualdigital.com/Nota/141386/al-proceso-le-pusieron-musica-de-dictadura


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