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miércoles, 5 de abril de 2017

Pasos para destituir a los Magistrados que vulneraron la Constitución por @ElPitazoTV


Por Elizabeth Ostos


Para que los siete Magistrados del Tribunal Supremo de Justicia que violentaron la Constitución de 1999 sean destituidos, tal y como se ha anunciado desde la Asamblea Nacional, hay que activar varias instancias.

  • ·       Un integrante del Poder Moral Republicano debe formular una denuncia formal ante esa instancia. En este caso, los Magistrados de la Sala Constitucional pueden ser objeto de una investigación y posterior sanción.
  • ·       Esta acción está establecida en la Ley Orgánica del Poder Ciudadano, en sus artículos 10 y 11, en donde se establece que “Consejo Moral Republicano, conformado por la Fiscalía, Contraloría y la Defensoría del Pueblo debe calificar las faltas graves que hubieran cometido los Magistrados del TSJ, lo cual es causal de remoción.
  • ·        En caso de que el Poder Moral considere que hay falta grave, una sesión de la Asamblea Nacional deberá aprobar la remoción de los Magistrados si logra quorum de 2/3 de los Diputados (110 parlamentarios).
  • ·    Otra tesis jurídica señala que la Asamblea Nacional puede revisar la designación de los actuales integrantes de la Sala Constitucional, nombrados el 23 de diciembre de 2015, de forma express, por parte de la directiva saliente del Parlamento.
  • ·        En este caso, se procedería a anular el proceso de nombramiento de los Magistrados del TSJ, por haber sido designados de manera irregular. Se reiniciaría un nuevo proceso de postulaciones y de designación de los integrantes del TSJ.
  • ·      Abogados como Rafael Veloz parten de este criterio y emplazarán a la Junta Directiva de la AN a revisar los expedientes de los Magistrados nombrados el 23 de diciembre de 2015. Denunció que en los archivos del Poder Legislativo no están dichos recaudos.
  • ·  Al declarar el proceso nulo, los siete Magistrados de la Sala Constitucional cesan sus funciones.
  • ·    Otra tesis, como la que apoya la ex presidenta de la extinta Corte Suprema de Justicia, Cecilia Sosa Gómez, advierte que la Fiscal General de la República puede iniciar un ante juicio de mérito contra los siete Magistrados que invalidaron las funciones de la AN y suprimieron la inmunidad de los Parlamentarios.
  • ·        La Carta Magna de 1999 señala en su artículo 285, numeral quinto, que “es facultad del Ministerio Público intentar acciones a que hubiera lugar para hacer efectiva la responsabilidad civil, laboral, militar, penal, administración o disciplinaria en que hubieran incurrido funcionarios del sector público, con motivo del ejercicio de sus funciones”.
  • ·      Las mismas atribuciones también se establecen en el artículo 16 de la Ley Orgánica del Ministerio Público.
  • ·        La ex Magistrada Cecilia Sosa Gómez advierte que “el Ministerio Público es el que tiene el monopolio de la acción penal y es la Fiscal la que debe actuar ante la violación de la Constitución de la República”.
  • ·       Sosa Gómez plantea que la AN es “el órgano político por excelencia” y en este caso la decisión de destituir a los Magistrados que violentaron el hilo constitucional, debe ser política. “Los que fracturaron la Constitución deben ser objeto de investigación y de sanción.


Fuentes: Abogados Pedro Afonso Del Pino, Cecilia Sosa Gómez y Rafael Veloz.

03-04-17




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