Páginas

sábado, 16 de septiembre de 2017

El desafío de la Asamblea Nacional en un tiempo de incertidumbre electoral, por @carome31



Carlos Romero Mendoza 15 de septiembre de 2017
@carome31

Era un 13 de mayo 2016 cuando se anunció la firma de una extensión al Decreto de Emergencia Económica, que incluía el Estado de Excepción a nivel nacional, con la finalidad de “dotar al gobierno de herramientas para combatir la guerra económica, las mafias que evitan el acceso del pueblo a alimentos y medicinas, los graves problemas de delincuencia y paramilitarismo en diferentes sectores populares, el importante descenso de los ingresos petroleros, etc….”[1]

Ha transcurrido más de un año desde entonces y se oye a Delcy Rodríguez, desde la supuesta Asamblea Nacional Constituyente, anunciar la elaboración de un cronograma para darle “celeridad a las leyes constitucionales que se requieren para una economía que pueda afrontar las distintas amenazas (…) internas como externas que han impactado sobre la vida económica nacional”.[2]

En varias oportunidades, el presidente Maduro ha anunciado que se dedicaría tiempo exclusivo al tema económico y el resultado de ello se percibe claramente. Ahora, un tercer actor, la supuesta Constituyente, anuncia que tomarán medidas sobre el tema a través de unas llamadas leyes constitucionales.

La supuesta Asamblea Nacional Constituyente pretende, no sólo asumir una tarea que es competencia del Ejecutivo Nacional, sino que además, intenta arrebatar la función legislativa que le es propia a la Asamblea Nacional. Frente a esa pretensión, la sociedad civil organizada y el mismo Parlamento nacional no pueden guardar silencio.

Pretender hablar de leyes constitucionales y/o leyes constituyentes –como se ha titulado en el portal web de AVN el día 8 de septiembre de 2017– al señalar: “Pueblo venezolano cuenta con ocho leyes constituyentes para contraofensiva económica”[3], es mentir, es engañar, es burlar al pueblo, e imponer en la práctica una dinámica política que definitivamente profundiza el golpe de Estado que ha promovido el Ejecutivo Nacional, en conspiración con la Sala Constitucional del Tribunal Supremo de Justicia, denunciado por la Asamblea Nacional desde inicios del año 2016.

No existe en el ordenamiento jurídico venezolano ningún documento que pueda ser calificado como “leyes constitucionales y/o constituyentes”, y menos aún, pueden ser aceptadas como tales los actos que emanen de esa ilegítima e inconstitucional Asamblea Nacional Constituyente.

El artículo 202 de la Constitución vigente debe ser recordado una y otra vez, de manera sistemática y permanente, pues en él está reconocido expresamente que las únicas leyes que deben ser aceptadas como tales son aquellas sancionadas por la Asamblea Nacional como cuerpo legislador.

A simple vista, pareciera que la Asamblea Nacional, más allá de otro Acuerdo en rechazo a esa pretensión legislativa de la supuesta constituyente no tiene mucha capacidad de maniobra para contrarrestar esa burla, y menos aún, para reivindicar su legitimidad como Poder político, reconocido internacionalmente. Pero no es así, la Asamblea Nacional no puede dejar que una supuesta Constituyente la anule y debilite. Debe, necesariamente, reivindicar sus competencias y atribuciones de manera enérgica y contundente.

A tal fin, podría convocar a los ciudadanos a acompañar una estrategia de relegitimación y reivindicación de las atribuciones del Parlamento Nacional, en un marco de defensa de la institucionalidad, de la democracia y en procura de restituir el orden constitucional. ¿Cómo lograr eso?

Una vía es asumiendo e impulsando un proceso de facilitación política a nivel nacional, que superando el ámbito electoral, pueda complementarlo con una estrategia de movilización política, a los fines de construir una hoja de ruta que busque alcanzar mejores niveles de cohesión en la sociedad venezolana y prepare el camino para una eventual elección presidencial en un futuro cercano.

Frente a la usurpación de la función legislativa por parte de la supuesta Constituyente, la Asamblea Nacional debería asumir su responsabilidad de organizar la participación ciudadana, conforme a lo establecido en el artículo 187 numeral 4 de la Constitución, mediante la necesaria y urgente activación de un gran movimiento cívico nacional en defensa de la Constitución, la democracia y el voto, al cual se comprometieron el 13 de octubre 2016  en el Acuerdo sobre el rescate de la democracia y la constitución.

Hubo un intento de articular esfuerzos de participación con el tema constituyente, pero el tiempo no fue suficiente y no hubo una clara estrategia para lograr que eso que llamaron Frente Nacional realmente tuviera impacto y conexión efectiva con la población en general.

Un Movimiento cívico nacional en defensa de la Constitución, la democracia y el voto, pudiera aprovecharse de la legitimidad indiscutible de la Asamblea Nacional y de su competencia en la aprobación de los lineamientos generales para un Plan de Desarrollo Económico y Social de la Nación, para impulsar un proceso de facilitación política que permita construir consensos sobre los grandes temas nacionales que deben ser abordados por cualquier gobierno que sustituya en un futuro cercano a este régimen.

Esa movilización política que conectaría electores con Parlamento, relegitimando su propia existencia, permitiría responder, de manera institucional,  al compromiso asumido por la Unidad, expresado el 19 de julio de 2017 en el Compromiso Unitario para la Gobernabilidad, de abrir una consulta nacional sobre las bases de un futuro Plan de Gobierno de Unidad Nacional. Además, resultaría una oportunidad para construir un proyecto de país, sobre el cual haya un consenso político para un gobierno de unidad, que intente sustituir al Plan de la Patria que fue diseñado para un período de gobierno comprendido entre 2013 y 2019.

El artículo 187, numeral 8 de la Constitución vigente, vincula al Parlamento con la labor del Plan de Desarrollo Económico Nacional y permite diseñar una estrategia no electoral de movilización política e inclusión, en la labor de diseñar la hoja de ruta para el reencuentro con la democracia, el voto y la Constitución. Algo así generaría importantes niveles de confianza en la sociedad frente a la Unidad y aportaría insumos importantes para darle razón de ser a un Movimiento cívico nacional en defensa de la Constitución, la democracia y el voto.

Para que una propuesta así sea válida es esencial  que los egos de cada partido permitan moderarse hasta encontrar un punto de verdadera unidad.  El contenido necesario para un Plan de Gobierno de Unidad Nacional está avanzado, lo que se requiere es su debate y discusión con actores políticos y actores de la sociedad en general.

Para asumir una estrategia como la que se señala, los diputados de la Asamblea Nacional pueden invocar la 132 Asamblea de la Unión Interparlamentaria, en Hanoi, 2015,  a los fines de vincular esos lineamientos políticos de un eventual Plan, a los Objetivos de Desarrollo Sostenible 2030. En la Asamblea señalada, cada parlamento asumió la tarea de institucionalizar los Objetivos del Desarrollo Sostenible 2030 a su dinámica nacional.

En este sentido, es oportuno destacar que en el Compromiso Unitario para la Gobernabilidad, la Unidad reconoció que los temas pobreza, seguridad alimentaria y  salud son prioritarios en una agenda política de cambio. Ello facilita aún más esta estrategia propuesta, pues esos temas son parte de los 17 Objetivos de Desarrollo Sostenible 2030.

En estos momentos es la Asamblea Nacional, en lo que resta del año 2017 y el primer semestre del 2018, quien debe dar señales concretas, estratégicas y muy claras a sus electores, para asegurar que éstos logren encontrar motivos suficientes para el acompañamiento cívico en la defensa del Parlamento nacional, de la democracia y de la propia Constitución.

Carlos Romero Mendoza
@carome31

No hay comentarios:

Publicar un comentario

Para comentar usted debe colocar una dirección de correo electrónico