Miguel Méndez Rodulfo 01 de diciembre de 2017
Hace
muy pocos días la ONG, de presencia mundial, Human Rights Watch, presentó un
extenso informe sobre la situación de los DDHH en Venezuela durante el año
2017. En este documento, realizado con el apoyo del Foro Penal Venezolano, HRW
explicó que se recopilaron 88 casos que testimonian la violación de derechos
humanos en Venezuela, sucesos en los que se vieron afectadas 314 personas entre
abril y septiembre de 2017. La ONG de defensa de los derechos humanos fue
precisa en denunciar los mecanismos represivos de los cuerpos de seguridad del
Estado y de que ellos abusaron sistemáticamente de los manifestantes opositores
detenidos: “Algunas de las más de 5.000 personas detenidas fueron víctimas de
golpizas, abusos sexuales o recibieron descargas eléctricas” “Lo cual es un
nivel de represión nunca visto en Venezuela en la historia reciente”. “Los
abusos despiadados y generalizados contra opositores del gobierno de Venezuela,
incluyendo atroces casos de tortura, y la absoluta impunidad de los atacantes
sugiere una responsabilidad gubernamental al más alto nivel”, dijo José Miguel
Vivanco, director para América de Human Rights Watch. Aunque hubo al menos 120
muertos y todo este amplio abanico de violaciones de los derechos humanos, HRW
no halló pruebas de que funcionarios de alto nivel tomasen medidas para evitar
las atrocidades o para castigar a los funcionarios de menor nivel que
cometieron las violaciones.
Los
voceros de HRW han insistido mucho en el carácter sistemático y generalizado de
la represión; en efecto, comentan que esta barbarie no solamente se cometió en
la ciudad capital, sino que en ciudades y pueblos del interior se aplicó con
similares características, rigor y brutalidad. Al respecto hay que recordar que
el Estatuto de Roma establece que se ha cometido un crimen de lesa humanidad
cuando se reúnan dos requisitos: “la comisión como parte de un ataque
generalizado o sistemático contra una población civil, y con conocimiento de
dicho ataque”. En el mundo de la gerencia, sistemático pertenece a lo metódico,
a los que tiene un orden previamente establecido; pero en el ámbito de las
violaciones a los derechos humanos, significa que son aquellos actos cometidos
como parte de un plan o política preconcebidos, excluyéndose los actos cometidos
al azar. Dicho plan o política pueden estar dirigidos por gobiernos o por
cualquier organización o grupo. Por otra parte, de acuerdo con la Convención
contra la Tortura y otros Tratos o Penas Crueles, Inhumanos o Degradantes, de
la ONU, publicada en 1984, “las acciones de tortura son actos cometidos
solamente por funcionarios públicos en el ejercicio de sus funciones o con
connivencia oficial”.
Vivanco
le remitió el informe al Secretario General de la OEA, con el propósito de que
sirviera como fundamento para exigir la aplicación de la Carta Democrática
Interamericana. Almagro tras recibir el texto indicó que está analizando la
aplicación de esta sanción contra Venezuela y que estudia recurrir a la Corte
Penal Internacional.
El
representante de HRW justificó la aplicación de la Carta por la “evidente
violación del principio de la separación de poderes y de la independencia
judicial” en Venezuela, que provoca que “las violaciones de derechos humanos
habitualmente” queden “impunes”
Miguel
Méndez Rodulfo
1 de
diciembre de 2017
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