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lunes, 6 de marzo de 2017

El Esequibo nuestro, por @OmarBarbozaDip



Omar Barboza Gutiérrez 05 de marzo de 2017

El pasado 27 de febrero el Secretario General de la Organización de Naciones Unidas (ONU), anunció la designación del noruego Dag Halvor Nylander con la misión de buscar un acuerdo entre Venezuela y Guyana sobre el diferendo que tienen sobre la zona del Esequibo.

Sobre esa materia, me correspondió intervenir en la Sesión ordinaria de la Asamblea Nacional del pasado martes 23 de febrero, donde expuse que como consecuencia de una componenda entre árbitros extranjeros (un inglés, un norteamericano y un ruso), se conoció en Paris el 3 de octubre de 1899 el Laudo Arbitral que pretendió arrebatarle a Venezuela una superficie de aproximadamente 141.900 kilómetros cuadrados, y que a pesar de existir pruebas y testimonios suficientes de los vicios de nulidad que formaron parte de esa decisión, las consecuencias de ese Laudo se mantuvieron vigentes durante 60 años, hasta que a partir de 1958 llegó a Venezuela la democracia civil.

Y es así como el 12 de noviembre de 1962, bajo el gobierno de Rómulo Betancourt, su Canciller Marcos Falcón Briceño oficialmente denunció ante la ONU ese Laudo Arbitral de Paris por sus vicios de nulidad, por ser írrito de acuerdo al Derecho Internacional, y contrario a todos los principios de buena fe que deben seguir árbitros honestos e imparciales, lo cual no ocurrió en ese Tribunal Arbitral donde no formó parte ningún venezolano.

A partir de esa denuncia, el gobierno nacional desplegó una estrategia diplomática ante los mismos británicos y ante diferentes factores decisivos en relación a esa reclamación, todo lo cual condujo a que el 17 de febrero de 1966 se firmara el Acuerdo de Ginebra entre Venezuela y la Gran Bretaña, en consulta con el gobierno de la Guyana Esequiva, quien formó parte de ese Acuerdo, el cual vino a constituir el triunfo diplomático más importante que ha obtenido Venezuela en toda su historia. La consecuencia fundamental del Acuerdo de Ginebra es que por voluntad de las partes, sustituye al Laudo Arbitral de 1899 como la vía satisfactoria en el Derecho Internacional para resolver de manera pacífica la controversia sobre el territorio Esequibo.

Es importante destacar que formó parte de ese Acuerdo, que ningún acto o hecho que se produjera en el territorio en reclamación mientras estuviera vigente el mismo, pudiera dar derecho a soberanía a ninguna de las partes.

Otro hecho de gran significación, ocurrió durante el gobierno del Presidente Raúl Leoni, siendo Canciller Ignacio Iribarren Borges, cuando se produjo la independencia de la Guyana Británica, y el gobierno de Venezuela el 26 de Mayo de 1966 fijó su posición en los siguientes términos: “En consecuencia, y atendiendo a lo pautado en el Artículo 5º del mismo Convenio, el reconocimiento que Venezuela hace del nuevo Estado de Guyana no implica por parte de nuestro país renuncia o disminución de los derechos territoriales reclamados, ni de ninguna manera afecta los derechos de soberanía que se desprenden de la reclamación surgida de la contención venezolana de que el llamado Laudo Arbitral de Paris de 1899 sobre la frontera entre Venezuela y la Guayana Británica es nulo e írrito. Por lo tanto, Venezuela reconoce como territorio del nuevo Estado el que se sitúa al Este de la margen derecha del Río Esequibo y reitera ante el nuevo país y ante la Comunidad Internacional, que se reserva expresamente sus derechos de soberanía territorial sobre toda la zona que se encuentra a la margen izquierda del precitado río; en consecuencia el territorio de la Guayana Esequiva sobre el cual Venezuela se reserva expresamente su derecho soberano, limita al Este con el nuevo Estado de Guyana, a través de la línea del Río Esequibo, tomando éste desde su nacimiento hasta su desembocadura en el Océano Atlántico.”

La posición del llamado Socialismo del siglo XXI en relación a esta materia ha tenido altibajos: al principio de su gestión el Presidente Chávez le dio continuidad a la política de los gobiernos democráticos, pero con motivo de su visita oficial a Guyana en el año 2004 cometió el grave error de declarar a los medios que Venezuela no se opondría a que empresas extranjeras exploren yacimientos petroleros y gasíferos en ese territorio, lo cual fue asumido por Guyana como una autorización. Hecho éste que no puede surtir esos efectos, por cuanto el Artículo 13 de nuestra Constitución vigente establece: “El territorio nacional no podrá ser jamás cedido, traspasado, arrebatado, ni en forma alguna enajenado, ni aun temporal o parcialmente a Estados extranjeros u otros sujetos de derecho internacional.”

Debemos defender al Esequibo nuestro.

Omar Barboza Gutiérrez

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