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jueves, 7 de junio de 2018

¿Qué implica para Venezuela la resolución aprobada en la OEA? Por @marianodealba



Por Mariano de Alba


Con 19 votos a favor, 11 abstenciones y cuatro votos en contra, el 5 de junio de 2018 fue aprobada por la Asamblea General de la OEA una resolución sobre la situación en Venezuela. El documento es relevante porque además de declarar que el proceso del 20 de mayo “carece de legitimidad”, hace un llamado a los países miembros y observadores de la organización a implementar “medidas que estimen convenientes a nivel político, económico y financiero para coadyuvar al restablecimiento del orden democrático en Venezuela”. Esto abre la puerta para que diversos países latinoamericanos incrementen la presión y adopten medidas análogas a las ya aprobadas por países como Canadá, Panamá y la Unión Europea.

¿Cuáles son las implicaciones de la votación?

La votación demostró que el régimen de Nicolás Maduro ha perdido casi la totalidad del apoyo con el que contaba hasta hace poco. Apenas tres países (Bolivia, Dominica y San Vicente y las Granadinas) se sumaron al voto del canciller Jorge Arreaza para oponerse a la resolución. Por otro lado, países que en recientes votaciones eran férreos defensores del gobierno venezolano optaron por abstenerse, prefiriendo no tomar posición. En este ámbito, por ejemplo, es destacable la abstención de Ecuador, Haití, Nicaragua y San Cristóbal y Nieves.

En los 19 votos a favor también hubo alguna sorpresa, como fue el caso de República Dominicana, quien durante mucho tiempo fue un cercano aliado del régimen venezolano. Este cambio frontal de posición es aún más significativo si se tiene en cuenta que fue el gobierno dominicano quien sirvió de anfitrión en las negociaciones entre el régimen de Nicolás Maduro y la oposición venezolana hasta febrero de 2018. Ello sugiere que el propio gobierno dominicano reconoce que no hay intención por parte de Nicolás Maduro para buscar una salida a la grave situación.

Finalmente, también hay que destacar que la cifra de 19 votos demuestra que todavía no existe disposición suficiente para tomar una medida como la suspensión de Venezuela de la OEA. Para ello, se requiere el voto afirmativo de dos tercios de los países miembros, es decir, 24 votos. Los 19 votos a favor de la resolución son casi los mismos que se concretaron en las discusiones sobre Venezuela en la OEA durante 2017, quedando demostrado que la crisis en Venezuela es un tema álgido en la organización. El no haber llegado a los 24 votos debe ser particularmente preocupante para la diplomacia estadounidense, quien llegó a la Asamblea General llamando a la suspensión de Venezuela y desplegando un esfuerzo considerable para convencer a diversos países del Caribe, quienes al final prefirieron abstenerse.


¿Cuáles son las implicaciones más importantes de la resolución?

Probablemente lo más trascendental es el llamado a los países miembros y observadores de la OEA a adoptar las medidas que estos estimen convenientes para ayudar al restablecimiento del orden democrático en Venezuela. Este llamado va a servir para que especialmente diversos países de América Latina comiencen a adoptar sanciones contra funcionarios del gobierno de Venezuela y otras medidas que aumenten la presión internacional para que el gobierno de Maduro entienda que debe buscar una solución.

No en vano, la propia resolución reafirma que “sólo a través de un diálogo nacional con la participación de todos los actores políticos y otros actores interesados venezolanos, se podrá alcanzar la reconciliación nacional y acordar las condiciones indispensables para celebrar un nuevo proceso electoral que refleje realmente la voluntad” de los venezolanos.

De manera indirecta, el documento también delinea lo que un número importante de países considera como concesiones fundamentales que el gobierno venezolano debería hacer si quiere buscar una salida. Por ejemplo, la convocatoria de un proceso electoral que cumpla con las garantías necesarias y permita “la participación de todos los actores políticos venezolanos”, la restauración de la “autoridad plena de la Asamblea Nacional y el Estado de Derecho”, el ingreso de ayuda humanitaria y la “adopción de medidas de vigilancia epidemiológica para evitar el agravamiento de la crisis de salud pública” mediante la propagación del sarampión, la malaria y la difteria.

Por otro lado, también se ratifica la preocupación regional por los efectos de la creciente migración y se reconoce que diversos Estados están recibiendo a “refugiados venezolanos”. Ante ello, se exhorta a los Estados a adoptar las medidas para atender la “emergencia epidemiológica”, mediante el suministro de medicamentos y contribuyendo al presupuesto de organizaciones especializadas en salud y control de enfermedades.

Finalmente, la resolución decide “aplicar, en estricto apego al texto y espíritu de la Carta Democrática Interamericana”, los mecanismos previstos en sus artículos 20 y 21. En consecuencia, los países deberán decidir qué es lo que van a aplicar de conformidad con esos artículos, teniendo a su disposición varias opciones.

Por un lado, el artículo 20 de la Carta Democrática, habla de “la realización de las gestiones diplomáticas necesarias, incluidos los buenos oficios, para promover la normalización de la institucionalidad democrática”. Esto es algo que un buen número de países ya tiene un buen tiempo haciendo, sin mayor éxito. El mismo artículo 20 prevé que, si las “gestiones diplomáticas resultaren infructuosas”, entonces debe convocarse a la Asamblea General para que ésta “adopte las decisiones que estime apropiadas, incluyendo gestiones diplomáticas, conforme a la Carta de la Organización, el derecho internacional y las disposiciones de la presente Carta Democrática”. Esta resolución precisamente podría entenderse como una aplicación de esta sección del artículo 20.

Subsecuentemente, el artículo 21 prevé que cuando la Asamblea General –“convocada a un período extraordinario de sesiones”– constate que se ha producido una “ruptura del orden democrático” y que “las gestiones diplomáticas han sido infructuosas”, entonces se tomará la decisión de suspender al país involucrado de su ejercicio de participar en la OEA, siempre y cuando esté presente el voto afirmativo de dos tercios de los países, es decir, 24 votos.

No obstante, incluso en este escenario, la Carta prevé que el país deberá continuar cumpliendo con sus obligaciones y la Organización deberá mantener sus “gestiones diplomáticas” para buscar el restablecimiento de la democracia. El alcance total de estas dos disposiciones lo explicamos hace ya más de dos años aquí en Prodavinci.

Los próximos pasos

Es sumamente probable que la presión internacional de buena parte del hemisferio occidental seguirá aumentando. Como consecuencia de la violación continuada de la Constitución nacional, el régimen de Maduro ha optado por colocarse en una situación de aislamiento internacional, eliminando en la práctica su habilidad de encontrar soluciones a los múltiples problemas que vive el país. La intención del alto gobierno y la coalición de poder de mantenerse en el gobierno a toda costa y fuera del orden constitucional supone y acarreará mayores daños a la economía y bienestar del país, acrecentando el colapso y el deterioro de la vida de millones de venezolanos.

06-06-18




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