Prensa AN 19 de septiembre de 2016
La
Escuela de Formación Integral de la Asamblea Nacional (EFIAN) llevó a cabo este
lunes 19 de septiembre el foro titulado “¿Golpe Judicial al Parlamento?”, el
cual centró su temática en la crisis institucional ocasionada por la
confrontación entre el Poder Judicial y el Poder Legislativo.
El
director de la EFIAN, Prof. José Luis Farías, declaró que la iniciativa de este
evento fue bajo el propósito de brindar formación tanto a los diputados de la AN,
como al personal que en ella labora, en cuanto al significado de las 27
sentencias dictadas por la Sala Constitucional del Tribunal Supremo de Justicia
(TSJ) que anulan una serie de decisiones tomadas por el parlamento.
“Estas
27 sentencias anulan prácticamente todas las decisiones tomadas por el cuerpo
legislativo, lo cual es sumamente grave, porque comienza a lesionar los
derechos ciudadanos ya que desconoce la elección de todos los parlamentarios”,
expresó Farías antes de iniciar el evento.
En su
intervención, el director de la EFIAN explicó que este desconocimiento por
parte del TSJ hacia la AN empezó el pasado 6 de diciembre de 2015, cuando la
Unidad ganó las elecciones parlamentarias, pues posteriormente el jefe de
campaña oficialista, Jorge Rodríguez, aseguró que la oposición compró votos en
el estado Amazonas, lo cual fue “la primera piedra para empezar a desconocer al
Poder Legislativo recién electo”.
“Luego
vino la designación ilegítima de los magistrados del TSJ, cuya juramentación
estuvo cargada de elementos políticos y en consecuencia vulnera la autonomía de
poderes, dejándola sin efecto alguno”, recordó Farías.
Por
otra parte, Cecilia Sosa, otrora presidenta de la Corte Suprema de Justicia
(ahora TSJ) aseguró que “no hay golpe judicial ni conflicto de poderes, porque
aceptar un golpe al Poder Legislativo sería aceptar que el TSJ tiene la
potestad para desconocer la voluntad popular expresada el 6 de diciembre”.
“La
Sala Constitucional del TSJ no tiene la autoridad para disolver la AN porque
los diputados han sido electos por el poder originario establecido en la
Constitución. Es decir, por el poder popular, el soberano es el que tiene la
potestad de revocar mandatos y cargos públicos”, comentó Sosa.
Asimismo,
aclaró que el único órgano competente para dirimir controversias
constitucionales es el TSJ. Sin embargo, no aplica para este caso puesto que el
conflicto, según Sosa, es de carácter político no constitucional.
La
primera presidenta de la Corte Suprema de Justicia también informó que la
actual primera dama, diputada Cilia Flores (GPP-Cojedes) tiene el título de
Procuradora General de República, lo cual viola la Constitución Nacional debido
a que el procurador no puede tener ningún nexo o vínculo con el Presidente de
la República.
“Además,
la diputada Flores nombró al actual procurador por falta temporal, al aceptar
la diputación, la primera dama hizo a un lado el cargo de Procuradora General
de la República, con lo cual el encargado también queda relevado de sus
funciones”, explicó Sosa para culminar su intervención.
Por su
parte, el profesor de derecho constitucional, José Vicente Haro, destacó que
ninguno de los magistrados de la Sala Constitucional del TSJ cumple con las
condiciones para el cargo, por lo que estarían incurriendo en una usurpación de
autoridad, situación que convierte en nulos todos sus actos y decisiones por
estar viciados.
También
en el foro participó, el profesor en derecho administrativo, José Ignacio
Hernández, quien considera que el origen del conflicto institucional se ubica
en la Asamblea Constituyente del año 1999, puesto que “la Carta Magna redactada
por ella concentra toda la justicia constitucional en una sala especial del TSJ
sobre la cual no hay reglas claras de sus competencias y funcionamiento”.
“Por
ser una sala especial, ha debido establecerse una norma especial para la
designación de magistrados, para establecer sus competencias y para todo lo
referente a la interpretación que ésta le da a la Constitución Nacional”,
agregó Hernández.
Prensa
AN
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