Por Francisco Russo, 09/09/2016
Rueda de prensa semanal
El asunto que nos concita en esta ocasión, lo constituye el proceso de
judicialización utilizado por el gobierno para perseguir y encarcelar a sus opositores,
y en el caso nuestro, al Alcalde del Municipio Mario Briceño Iragorry, Delson
Guárate, que en nuestra opinión presenta dos aristas que debemos denunciar
desde la sociedad civil; por una parte, su detención judicial sin que mediara
una orden de comparecencia ni auto de detención previo, según se afirma en los
medios de la Alcaldía, e igualmente, el grosero allanamiento a su vivienda sin
que, según, se presentara la respectiva orden suscrita por un Juez ni la
presencia de testigos escogidos en el sitio del allanamiento.
Hoy el Alcalde se encuentra detenido en el Helicoide, en Caracas,
convertida en La Rotunda del socialismo del siglo 21, cárcel de presos
políticos, que como antaño se le recuerda como lugar de reclusión de los
oponentes de la dictadura gomecista a quienes se les colocaba grillos de 80
kilos en los pies, en esta, con poca diferencia, la tortura es psicológica,
amén de pruebas preconstituidas para el enjuiciamiento de los opositores.
Lo cierto es que ahora se ha instaurado en el país, lo que se ha dado
en llamar el fenómeno de la judicialización de la política, que no es otra cosa
que el protagonismo de jueces para amedrentar y encarcelar a la disidencia
política.
A Delson se le cobra haberle ganado al gobierno la Alcaldía de Mario
Briceño Iragorry, antes bastión oficial, y por ello no han cejado en negarles
recursos e impedirle la gestión en materia ambiental y con ello el boicot para
la eliminación de la basura. Es un ridículo argumento para ordenar su
detención.
La otra arista u otra cara del asunto, lo constituye la sustitución
temporal del Alcalde electo democráticamente, que algunos pretenden se declare
absoluta. La ley Orgánica del Poder Público Municipal, es como su
naturaleza lo indica, una ley que desarrolla principios constitucionales, por
lo cual, la sociedad civil del Municipio debe estar pendiente que violentar los
mecanismos de sustitución legal del Alcalde equivale a violar flagrantemente la
Constitución Nacional Bolivariana; lo que queremos señalar, es que la
pretendida revolución no puede estar por encima de la Constitución, algo así
como que la razón de la fuerza no puede ser superior a la fuerza de la razón.
Que se le bajen los humos a quienes festejan desde ya una designación
contraria a la legislación.
Debemos precisar y aclararle a la comunidad que la designación
definitiva de un nuevo Alcalde pasa por la declaratoria de ausencia absoluta
del Alcalde detenido cautelarmente y para ello debe cumplirse con alguno de los
cinco presupuestos legales que establece la ley, a saber: muerte del Alcalde,
su renuncia, la declaratoria de incapacidad física o mental certificada por una
junta médica, el revocatorio de su mandato y, finalmente, que en su contra se
dicté una sentencia definitivamente firme, es decir, que contra ella no proceda
ningún recurso de apelación ni tampoco de Casación. Nada de ello ha ocurrido y
por eso alertamos a la sociedad civil que debe oponerse a una declaratoria de
ausencia absoluta sin cumplir los extremos que dice la Ley, ni tampoco admitir
la realización de juicios sumarios penales contra quienes adversan
democráticamente al gobierno, como ha ocurrido arbitrariamente en otros casos.
Digo esto, porque la detención judicial de un Alcalde, conforme a la
ley Orgánica del Poder Público Municipal, constituye a la luz de la más excelsa
doctrina penal, una medida preventiva de privación de su libertad, mientras se
tramita el juicio y se dicta la sentencia definitiva, de modo que el Concejo
Municipal sólo tiene la potestad de designar para que supla provisoriamente la
ausencia del Alcalde, a un funcionario de alto nivel de la dirección ejecutiva
de esa Alcaldía y no otro funcionario o personaje, mientras se resuelve su
situación judicial y permanezca detenido; en consecuencia, invocamos la
primacía de la ley como principio fundamental de derecho público, que es lo
mismo que el respeto al principio de legalidad, dicho en forma coloquial,
que el Estado y el gobierno tienen que someterse a la Constitución.
Finalmente llamamos al gobierno a respetar la ley, y a la comunidad de
Mario Briceño Iragorry a defender la legitimidad del proceso de designación del
Alcalde interino mientras se tramite en esta jurisdicción y bajo la tutela de
su juez natural, el proceso contra el Alcalde Guárate.
Tomado de:
No hay comentarios:
Publicar un comentario
Para comentar usted debe colocar una dirección de correo electrónico