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miércoles, 14 de septiembre de 2016

Declaración de Aragua en Red con motivo de la detención del alcalde Delson Guárate, @AraguaRed




Por Francisco Russo, 09/09/2016

Rueda de prensa semanal

El asunto que nos concita en esta ocasión, lo constituye el proceso de judicialización utilizado por el gobierno para perseguir y encarcelar a sus opositores, y en el caso nuestro, al Alcalde del Municipio Mario Briceño Iragorry, Delson Guárate, que en nuestra opinión presenta dos aristas que debemos denunciar desde la sociedad civil; por una parte, su detención judicial sin que mediara una orden de comparecencia ni auto de detención previo, según se afirma en los medios de la Alcaldía, e igualmente, el grosero allanamiento a su vivienda sin que, según, se presentara la respectiva orden suscrita por un Juez ni la presencia de testigos escogidos en el sitio del allanamiento.

Hoy el Alcalde se encuentra detenido en el Helicoide, en Caracas, convertida en La Rotunda del socialismo del siglo 21, cárcel de presos políticos, que como antaño se le recuerda como lugar de reclusión de los oponentes de la dictadura gomecista a quienes se les colocaba grillos de 80 kilos en los pies, en esta, con poca diferencia, la tortura es psicológica, amén de pruebas preconstituidas para el enjuiciamiento de los opositores.

Lo cierto es que ahora se ha instaurado en el país, lo que se ha dado en llamar el fenómeno de la judicialización de la política, que no es otra cosa que el protagonismo de jueces para amedrentar y encarcelar a la disidencia política.

A Delson se le cobra haberle ganado al gobierno la Alcaldía de Mario Briceño Iragorry, antes bastión oficial, y por ello no han cejado en negarles recursos e impedirle la gestión en materia ambiental y con ello el boicot para la eliminación de la basura. Es un ridículo argumento para ordenar su detención.

La otra arista u otra cara del asunto, lo constituye la sustitución temporal del Alcalde electo democráticamente, que algunos pretenden se declare absoluta.  La ley Orgánica del Poder Público Municipal, es como su naturaleza lo indica, una ley que desarrolla principios constitucionales, por lo cual, la sociedad civil del Municipio debe estar pendiente que violentar los mecanismos de sustitución legal del Alcalde equivale a violar flagrantemente la Constitución Nacional Bolivariana; lo que queremos señalar, es que la pretendida revolución no puede estar por encima de la Constitución, algo así como que la razón de la fuerza no puede ser superior a la fuerza de la razón.

Que se le bajen los humos a quienes festejan desde ya una designación contraria a la legislación.

Debemos precisar y aclararle a la comunidad que la designación definitiva de un nuevo Alcalde pasa por la declaratoria de ausencia absoluta del Alcalde detenido cautelarmente y para ello debe cumplirse con alguno de los cinco presupuestos legales que establece la ley, a saber: muerte del Alcalde, su renuncia, la declaratoria de incapacidad física o mental certificada por una junta médica, el revocatorio de su mandato y, finalmente, que en su contra se dicté una sentencia definitivamente firme, es decir, que contra ella no proceda ningún recurso de apelación ni tampoco de Casación. Nada de ello ha ocurrido y por eso alertamos a la sociedad civil que debe oponerse a una declaratoria de ausencia absoluta sin cumplir los extremos que dice la Ley, ni tampoco admitir la realización de juicios sumarios penales contra quienes adversan democráticamente al gobierno, como ha ocurrido arbitrariamente en otros casos.

Digo esto, porque la detención judicial de un Alcalde, conforme a la ley Orgánica del Poder Público Municipal, constituye a la luz de la más excelsa doctrina penal, una medida preventiva de privación de su libertad, mientras se tramita el juicio y se dicta la sentencia definitiva, de modo que el Concejo Municipal sólo tiene la potestad de designar para que supla provisoriamente la ausencia del Alcalde, a un funcionario de alto nivel de la dirección ejecutiva de esa Alcaldía y no otro funcionario o personaje, mientras se resuelve su situación judicial y permanezca detenido; en consecuencia, invocamos la primacía de la ley como principio fundamental de derecho público, que es lo mismo que el respeto al principio de legalidad, dicho en forma coloquial,  que el Estado y el gobierno tienen que someterse a la Constitución.

Finalmente llamamos al gobierno a respetar la ley, y a la comunidad de Mario Briceño Iragorry a defender la legitimidad del proceso de designación del Alcalde interino mientras se tramite en esta jurisdicción y bajo la tutela de su juez natural, el proceso contra el Alcalde Guárate.

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