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lunes, 19 de septiembre de 2016

Inobservancia y violación de Constitución, puede abrir puertas de cárcel a Magistrados y a Presidente, por @LenchoM



Lorenzo Monasterios 18 de septiembre de 2016
@LenchoM

El TSJ no tiene facultad Constitucional de aprobar leyes de ningún tipo, tal como la Ley de Presupuesto

Este mes de octubre, según la ley, el Poder Ejecutivo Nacional debe presentar el proyecto de Ley de presupuesto de gastos para el 2017 incluyendo los cálculos de todos los ingresos al Tesoro Nacional.

Expresamente la Constitución en su artículo 311 señala que "El ejecutivo nacional presentará a la Asamblea Nacional para su sanción legal un marco plurianual para la formulación presupuestaria".

El artículo 312 consagra que "El Estado NO reconocerá otras obligaciones que las contraídas por órganos legítimos del Poder nacional, de acuerdo a la Ley"

El artículo 313 explica que es mediante una Ley de Presupuesto aprobado anualmente que "el Ejecutivo Nacional presentará a la Asamblea Nacional en la oportunidad que señale la ley orgánica, el proyecto de presupuesto"

El artículo 314 ordena "No se hará ningún tipo de gastos que no haya sido previsto en la Ley de Presupuesto"

Igualmente en el artículo 167 establece que deben ordenarse un 20% del situado constitucional y de los demás ingresos, para ser dirigidos a los Estados y Municipios.

El artículo 315 obliga al "Poder Ejecutivo Nacional, dentro de los 6 meses posteriores al vencimiento del ejercicio anual, presentar a la Asamblea Nacional la rendición de cuentas y el balance de la ejecución presupuestaria"

Estas "Órdenes Constitucionales" no son sujetas de cambios ni modificación, por ninguno de los 5 Poderes Públicos. Violentarlos sería colocarse al margen de la Ley, convirtiéndose en sujetos de sanciones hasta de cárcel, contenidas en el Código Penal y en la ley Anti-Corrupción.

El presidente Nicolás Maduro esta OBLIGADO a presentar el proyecto de presupuestos y todos los gastos de la nación a la Asamblea Nacional. El TSJ no tiene facultad Constitucional de aprobar leyes de ningún tipo, tal como la Ley de Presupuesto. Si estos 2 poderes públicos se atrevieran a violar La Constitución, mas temprano que tarde pagarían con cárcel esa violación.

Lorenzo Monasterios
@LenchoM

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