Carlos Romero Mendoza,
01 de marzo de 2013
01 de marzo de 2013
La propuesta legislativa de la
Asamblea Nacional del 2013 plantea otra reforma a la Ley del Consejo Local de
Planificación Pública, porque es necesario -según el diputado Julio Chávez-
para que las Juntas Parroquiales sean ahora comunales[1]. La intención de reformar la Ley
ya había sido anunciada por el diputado Darío Vivas en junio del 2012.[2]
¿Qué es lo qué se va a reformar?, el
argumento del diputado Julio Chávez sorprende, porque si revisamos la Ley del
Consejo Local de Planificación Pública del 30 de diciembre del 2010, está claro
que uno de los integrantes de este Consejo es precisamente el Presidente de la
Junta Parroquial Comunal, por lo tanto no hay nada que adecuar.
Debemos recordar que el Consejo Local
de Planificación Pública (CLPP), nace en la Constitución de 1999, y
expresamente la norma constitucional señala que los integrantes de este Consejo
son: el alcalde, los concejales, los presidentes de las Juntas Parroquiales, y
los representantes de las organizaciones vecinales, así como de otras
expresiones de la sociedad organizada. No condiciona la participación de
los ciudadanos a los Consejos Comunales y expresamente nos habla del presidente
de las juntas parroquiales.
En este sentido, la Ley del CLPP del
2002 es fiel al espíritu de la Constitución, esta ley delega en el CLPP la
responsabilidad de promover consejos comunales y consejos parroquiales como
expresión de la participación comunitaria. Llega el año 2006 con la
aprobación de la Ley de Consejos Comunales y en consecuencia, se aprueba una
reforma parcial a la Ley del CLPP del 2002.
La reforma parcial de la ley del CLPP
del 2006 elimina la mención a los consejos comunales y parroquiales en el
diseño del CLPP y desde entonces el Consejo Comunal aparece como una forma de
organización ciudadana autónoma a cualquier estructura municipal y hasta el año
2010 se convierte en el actor fundamental para elegir a la representación
ciudadana ante el CLPP.
El 30 de diciembre del 2010 una nueva
reforma parcial a la Ley del CLPP rompe con la estructura conocida e introduce
la Comuna, a otros órganos del Poder Popular, así como también a los
presidentes de las juntas parroquiales comunales como nuevos integrantes de
esta instancia de planificación local, acompañando así al alcalde y a los
concejales.
Las constantes reformas que ha
transformado al CLPP a lo largo de su existencia han destruido la oportunidad
de desarrollar institucionalmente un espacio para el diálogo y el encuentro
permanente sobre los asuntos públicos propios de la vida local entre ciudadanos
y autoridades locales: alcalde y concejales.
El anuncio de una nueva reforma a la
Ley del CLPP amerita una especial atención ante la cercanía de las elecciones
locales a realizarse en julio del 2013, además, es esencial monitorear este
anuncio de reforma, pues la ausencia del Presidente Chávez, pone en duda la
transparencia en el proceso de una futura promulgación de la reforma parcial a
la ley del CLPP que sea aprobada por la Asamblea Nacional.
Es inevitable que los candidatos a
Alcaldes y Concejales evalúen al CLPP como un actor local en el marco de las
propuestas electorales que cada uno debe desarrollar, pues la naturaleza
constitucional de esta instancia corresponsable de la función de planificación
local así lo demanda.
En México y España se han venido
impulsando recientemente normas para crear a nivel regional y local espacios de
encuentro y diálogo entre ciudadanos y gobierno central; mientras ello sucede,
en Venezuela cargamos con el peso de un CLPP que lejos de ser una instancia
útil para el fortalecimiento del Municipio, se ha convertido en un gran
obstáculo para tal fin.
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[1] AVN. Comisión Consultiva discutió programa básico legislativo 2013. 26 de febrero 2013. Online: http://www.avn.info.ve/node/158004
[1] AVN. Comisión Consultiva discutió programa básico legislativo 2013. 26 de febrero 2013. Online: http://www.avn.info.ve/node/158004
[2]ALGOMUNICIPAL.BLOGSPOT.COM.
¿Nueva reforma del CLPP?. 25 de junio del 2012. Online: http://www.algomunicipal.blogspot.com/2012/06/nueva-reforma-al-clpp.html
Carlos Romero Mendoza
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