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lunes, 5 de junio de 2017

Alberto Arteaga: “Hay un uso criminal de la fuerza” por @prodavinci


Por Hugo Prieto


Los argumentos de Alberto Arteaga, abogado penalista de arraigado prestigio en Venezuela, profesor universitario y autor de varias obras jurídicas es una reflexión muy dolorosa que pone de manifiesto el declive y la destrucción de la justicia en Venezuela. Hemos regresado a las viejas prácticas autoritarias y más recientemente a la pretendida instauración del Estado totalitario, empaquetado en el fraude constituyente que, contra viento y marea, perpetra la dictadura de Nicolás Maduro.

El Código de Justicia Militar, cuya vigencia tiene 80 años en Venezuela, sin que se le haya modificado una coma, entre otras cosas, porque el tema militar es tabú, contradice disposiciones de la Constitución del 99 en materia penal, así como el capítulo referido a los Derechos Humanos. El conflicto de poderes tuvo como primera expresión una crisis política y más recientemente una crisis de gobernabilidad, cuyo desenlace es una verdadera incógnita.

Si por un milagro —la política es la única esfera donde los hombres pueden hacer milagros—, ocurre un cambio, no en el gobierno sino en la sociedad venezolana, las cosas tienen que ser muy diferentes, nunca como antes. “Si con pretendidos alegatos jurídicos se ha atentado contra la democracia, con la fuerza del derecho nosotros tenemos que pensar en el restablecimiento del sistema democrático. Es decir, en el pacto que a futuro debe darse entre todas las fuerzas vivas del país tiene que haber un compromiso mediante el cual la política saque sus manos del poder judicial. Ninguna persona pueda mantenerse en el poder utilizando y mediatizando el aparato de la justicia. El reto que tenemos nosotros es que tengamos en Venezuela un verdadero Poder Judicial autónomo e independiente”.

Hay una crisis institucional permanente en Venezuela. Primero fue el desconocimiento de la Asamblea Nacional y más recientemente de la Fiscalía General de la República. ¿Cuál es el estado de la justicia en Venezuela?

Me viene a la cabeza una frase de un gran pensador que es San Agustín: Si desaparece la justicia, los reinos —que eran los sistemas de gobierno de la época— se convierten en grandes latrocinios. Es una frase dura, pero realista. Expresa por igual el momento que estamos viviendo como la situación que hemos arrastrado en el país durante años. Esto es terrible de decir. Aquí no hay justicia. Y no se trata de una frase hecha o política. Pero cuando uno escuchaba a una madre o a un padre adolorido por la pérdida de un hijo en las puertas de la morgue de Bello Monte, responderle a la pregunta de un reportero. ¿Usted que espera? Yo lo que quiero es justicia. Uno, como abogado, al escuchar esas palabras, dichas desde lo más profundo de un ser humano, se preguntaba y se pregunta ahora, ante las muertes que han ocurrido en los últimos días, ¿habrá justicia? La respuesta es muy dudosa, porque nosotros en Venezuela, triste y lamentablemente, no hemos metabolizado el valor de la justicia.


2016 marcó el récord en homicidios: 28.400. Caracas aparece en los índices mundiales como la capital más violenta del mundo.

Esto es grave, gravísimo, pero como se ha dicho tantas veces, los índices de impunidad son más escandalosos: 90%. Es una violencia exacerbada, que cada vez se expresa con mayor crueldad y del otro lado, la impunidad. Sencillamente, no hay sanción. Entonces, cuando una madre pregunta. Yo lo que quiero es justicia. ¿De dónde va a salir esa justicia?

Cuando esa violencia la ejerce el Estado por dos vías; una, la represión desenfrenada, brutal, que afortunadamente uno advierte a través de las redes sociales y de los videos que la gente cuelga, por ejemplo, lo que ocurrió en la Universidad de Oriente (núcleo Ciudad Bolívar), donde estudiantes atendían a compañeros heridos de bala; y dos, por la propia inacción del Estado; es decir, por la impunidad. ¿Dónde estamos?

Esto refleja un cuadro muy grave. Yo no soy psicólogo social, pero todo entra dentro de lo que los especialistas en la materia llaman un estado de anomia, en el cual no hay normas. En el caso venezolano no es tanto porque no existan, sino por el hecho de que no se aplican. Esto también se relaciona con otro fenómeno que tenemos en el país, lo que se llama el fetichismo legal. El creer que con una nueva norma o una reforma legal se solucionan los problemas. Digamos, por ejemplo, que con el Código Orgánico Procesal Penal le garantizamos la vida a las personas o un castigo ejemplar a quien incurra en violaciones graves a los Derechos Humanos; o con esta otra que tengo a mano, Ley Orgánica del Servicio de Policía y del Cuerpo de Policía Nacional, se garantiza el uso de las armas y de armas con capacidad letal. Aquí se señala de manera clara y terminante (art. 73 ) que “El uso de la fuerza mortal sólo estará justificado para la defensa de la vida de la funcionaria o del funcionario o de un tercero”. Es decir, que yo no puedo hacer uso de las armas de cualquier manera, que yo no puedo hacer uso de un instrumento con capacidad letal, sino está en riesgo la propia vida.

Justamente eso es lo que se ha denunciado tanto en estos días, que ha habido un uso desproporcionado de la fuerza.

Yo esos términos no los comparto. Hay un uso desproporcionado de la fuerza cuando yo tengo necesidad de utilizarla, pero lo hago precisamente de forma desproporcionada. Pero si utilizo la fuerza cuando no es necesaria, lo que hay es un uso criminal de la fuerza. Y eso es lo que está ocurriendo entre nosotros. El problema no es el montón de leyes que tengo sobre el escritorio o cambiar la Constitución. Lo triste, lo lamentable, es que al pueblo se le engañe diciéndole que con un cambio de Constitución se le van a resolver sus problemas. La anomia no es porque no tengamos leyes, sino porque tenemos leyes que no se aplican y porque seguimos vendiendo la idea, utilizo esa expresión, y engañando al pueblo sobre la necesidad de transformar, de cambiar la ley, el fetichismo legal para resolver los problemas sociales. Fenómeno que no es nuevo, por otra parte.

                            Alberto Arteaga retratado por Roberto Mata

El ministro de la Defensa, general Vladimir Padrino López, dijo que efectivamente se habían producido casos aislados del uso desproporcionado de la fuerza, pero cuando uno ve la cifras de personas asesinadas y de personas heridas, que se cuentan por millares, se pregunta: ¿Cómo es esto? ¿Casos aislados que se traducen en millares de personas heridas? ¿Cómo encaja la afirmación del ministro en esa realidad?

Ni el sentido común puede dar explicaciones de esa naturaleza. Es lo mismo que ha ocurrido y que ocurre, por ejemplo, con las muertes que se producen en los llamados enfrentamientos policiales. Pero las bajas no son de de la policía sino de quienes están enfrentados a la autoridad. Las llamadas OLP (Operaciones de Liberación del Pueblo) que son similares de un todo, agravados en su forma de llevarse a cabo y en sus consecuencias, a aquellos operativos de la ley de vagos y maleantes del pasado. Operativos que todos reprobábamos y reclamábamos, incluidos muchos de los que hoy están en el gobierno. Es decir, esto carece completamente de justificación, porque tenemos que pensar lo siguiente, aunque parezca una perogrullada, los órganos del Estado no están para reprimir sino para garantizar los derechos de la ciudadanía. Es decir, el Estado está para garantizar el derecho a la protesta y, por supuesto, el derecho a la manifestación pacífica. Pero aún en el caso de que haya expresiones de violencia en manifestaciones, eso no autoriza a las fuerzas policiales y militares para actuar sin limitación alguna. Lo que se impone en esos casos, bajo un sistema democrático, es entrar al diálogo y a la disuasión.

Se presenta a los detenidos no ante jueces civiles, sino ante tribunales militares, entre otras cosas porque ya no se confía en la Fiscal o porque ya no es obediente al poder Ejecutivo. Se viola la Constitución y también tratados internacionales que en Venezuela tienen rango constitucional. ¿Cómo poner este hecho en contexto, dentro de las cifras de personas asesinadas o heridas, o las declaraciones de Padrino López?

Este tema es de extrema importancia. Yo creo que en materia de principios debe quedar clarificado, de manera que no dé lugar a dudas. Se ha abusado, triste y lamentablemente, en épocas de expresiones de autoritarismo de lo que se llama la justicia militar. Pondría lo de militar entre comillas, porque la justicia para ser justicia tiene que carecer de todo apelativo. La justicia, de acuerdo con el derecho romano y a la definición de (Dominicio) Ulpiano, es darle a cada quien lo que le corresponde. Esto es, lo que la ley prevé en relación al comportamiento, a la conducta, al hecho, al cual se aplica la ley. Antes de la Constitución del 99 hubo decisiones de la extinta Corte Suprema de Justicia, en las cuales se dejó muy claro que un civil no podía ir y ser juzgado ante la justicia militar. Recuerdo el caso de la periodista María Eugenia Díaz.

Caso emblemático que provocó grandes tensiones en el gobierno del ex presidente Luis Herrera.

Sí, pero también durante una etapa estelar de El Diario de Caracas. María Eugenia Díaz fue llevada a tribunales militares por pretendida violación de secretos militares, entre otras cosas, porque reseñó una actividad donde se llevaron a cabo estrategias, simulaciones, juegos militares. En ese caso, la Corte Suprema de Justicia, en Sala de Casación Penal, dictaminó que Díaz no podía ser juzgada por tribunales militares, tratándose de una persona civil. Esto, digamos, que son precedentes en nuestra jurisprudencia queda clarísimo en la Constitución de 1999 (art. 261… La competencia de los tribunales militares se limita a delitos de naturaleza militar). Entonces, surge la pregunta ¿cuáles son los delitos de naturaleza militar? Aquellos constitutivos de infracciones a los deberes militares: obediencia, subordinación y disciplina. ¿Quiénes tiene la obligación de cumplir esos deberes? Los militares activos, lógicamente. Por lo tanto, solo los militares activos pueden ser sometidos a los tribunales militares.

La materia militar siempre ha sido tabú en la sociedad venezolana. Es un mundo del cual se desconoce casi todo y los conflictos con la jurisdicción militar han tenido como marca casos de tinte político.

El Código de Justicia Militar tiene más de 80 años, quizás por eso nunca se ha tocado. Pero de acuerdo al derecho, y esto es lo que enseñamos, si alguna norma entra en conflicto con la Constitución, se aplica la Constitución y se desaplica la ley. Un pretendido hecho que se le atribuya a un civil no puede ser conocido por la jurisdicción militar. Añadiría que ese código militar no sólo contradice la Constitución del 90 sino la del 61. Y no ha sido reformado.

A la periodista María Eugenia Díaz le abrieron juicio militar por develar un juego de guerra según la cual el Ejército venezolano no alcanzaba ciertos objetivos en un hipotético conflicto con Guyana. Sería, en todo caso, materia de seguridad nacional y aún así la Corte dictaminó lo que usted acaba de señalar. ¿Cómo es que a estos jóvenes que protestan los llevan a un tribunal militar? ¿Cómo queda ese principio de la ley que citó anteriormente?

Estamos al margen y enfrentados a la Constitución, enfrentados a los principios generales que rigen la materia de los Derechos Humanos, de conformidad con los estándares internacionales. Actualmente, y de acuerdo a esos principios, los países que todavía mantienen una justicia militar, tienen como orientación la derogatoria de los códigos de justicia militar, como ocurrió, entre otros casos, en Argentina (2009). Los hechos punibles que pudieran cometer los militares deben ser juzgados por los tribunales ordinarios. Los militares, y quiero decir esto con todo el respeto a la institución militar, antes que miembros de las Fuerzas Armadas son ciudadanos y si incurren en hechos punibles, al igual que cualquier ciudadano, deben ir a la jurisdicción ordinaria. Hay que ponerle fin, en algún momento, a esta llamada justicia militar. Salvo que limitemos esa justicia militar a un código de faltas administrativas, de naturaleza militar, que sean conocidas por quienes llamamos jueces militares. Un juez no puede estar subordinado a principios de subordinación, disciplina y obediencia. Esto carece de sentido en el mundo de hoy.

El Ejecutivo, cada vez que tiene un conflicto con otro de los poderes del Estado —Asamblea Nacional primero y luego la Fiscalía General de la República— apela o se inventa otras figuras. El parlamentarismo de calle, por ejemplo, para ver cómo sustituye a los diputados electos. O tribunales militares para eludir las investigaciones del Ministerio Púbico. ¿Cómo es esto?
Esto por lo demás no es nuevo. Lo que ocurre es que no había tenido las manifestaciones tan claras, tan evidentes, tan contundentes, tan apabulladoras, como las que tenemos en Venezuela en estos momentos de desconocimiento de las reglas mínimas y de la propia esencia del sistema democrático. Anteriormente, hay que recordarlo, porque son errores del pasado, ante circunstancias políticas muy distintas, me estoy refiriendo a los comienzos de esa gran experiencia de 40 años de democracia, también se recurrió a la justicia militar y se invocó una tesis que muchos habrán olvidado, la pretendida autonomía del delito militar para desconocer la inmunidad parlamentaria. Habría que recordarles a muchos personeros del gobierno que evidentemente criticaron, reprocharon y censuraron que no se reconociera esa inmunidad. Pero como parte de la evolución institucional en materia de administración de justicia, hubo una decisión (1976) mediante la cual se eliminó esa funesta tesis. Si un parlamentario era imputado de un delito, incluyendo un delito militar, esto no afectaba ni podía servir de expediente para desconocer la inmunidad parlamentaria. Pero tal como lo señalas, en forma recurrente se evade la ley, para la obtención de un beneficio político. Esto es además lo que hemos vivido como regla en los últimos años: El desconocimiento de los poderes para afirmar el poder total del Estado. El totalitarismo que se pretende instaurar. Bueno, acabas de señalar dos ejemplos concretos.

                            Alberto Arteaga retratado por Roberto Mata

Como punto culminante de ese proceso tenemos este llamado a constituyente. Aunque no podemos decir que ha tomado al país por sorpresa, porque había una serie de decisiones que apuntaban en esa dirección.

Pensemos en las decisiones conocidas con los números 155 y 156 del Tribunal Supremo de Justicia, pero no son las únicas. De manera descarada, sin lugar a dudas, la Sala Constitucional se atribuye las competencias de la Asamblea, legítima representación del pueblo, que quedó marcada en las elecciones del año 2015. Además de eso, en esas decisiones pretende otorgarle al Ejecutivo la facultad de dictar normas en materia penal, reformar el código de enjuiciamiento, que son facultades, igualmente, de la Asamblea. Es decir, la Sala Constitucional se coloca en contra de la Constitución. Lo que en forma alguna fue remediado por unas tristemente célebres aclaratorias, que sólo pusieron de manifiesto dos cosas. Una, la ignorancia de estos magistrados de lo que significa una aclaratoria, porque una aclaratoria simplemente corrige errores materiales o cálculos numéricos. Pero una aclaratoria no puede revocar una decisión. El hecho se cometió. El desconocimiento de la Constitución se cometió. Dos. Estas aclaratorias, ante la exhortación de un llamado Consejo Nacional de la Defensa, órgano consultivo incompetente en esta materia, también pusieron de manifiesto la carencia total de independencia del Poder Judicial ante el Ejecutivo.

En Venezuela vivíamos una situación institucional precaria ahora agravada. ¿Pero que justicia puede esperar el ciudadano común, por ejemplo, esta madre a las puertas de la morgue de Bello Monte, si advierte que el TSJ, de un plumazo, se abroga las competencias de la Asamblea Nacional?

En particular, como abogado, como profesor universitario, pero fundamentalmente como ciudadano, yo creo que uno tiene que reaccionar y expresar el sentimiento que le produce a uno, el que un tribunal, como lo entiende cualquier persona, encargado de administrar justicia, se coloque de espaldas a la justicia y al estado de derecho, subvierta el orden jurídico y eso es lo que ha hecho la Sala Constitucional del TSJ con esas decisiones, y por eso, un grupo de abogados, entre los que me incluyo, concurrimos ante la Fiscalía para pedirle a la Fiscal que adelante actuaciones que tengan como fin revisar esas decisiones (155 y 156) para determinar si allí se han cometido o no hechos punibles.

¿Qué sustenta esa aseveración? ¿Cuáles serían esos hechos punibles?

Nosotros pensamos que hay elementos que indican que se han cometido hechos punibles que estarían a cargo de los autores y partícipes en esas decisiones. ¿A qué hechos me refiero? El Código Penal nuestro habla de un delito conocido con el nombre de conspiración. Por lo general, cuando hablamos de conspiración, siempre pensamos en actuaciones de grupos que con las armas pretenden subvertir el orden, atentar e insurgir contra el gobierno legalmente constituido. No. También hay golpes que podríamos llamar golpes de Estado judiciales, que se concretan en decisiones como estas, que desconocen, en este caso, al órgano que tiene la representación popular. Por otra parte, también hay violación a los tratados internacionales y eso también constituye un delito (art.155, numeral 3). El derecho a la democracia es un derecho humano y para que tenga vigencia tiene que existir separación e independencia de los poderes púbicos. Si eso no se garantiza, sencillamente, no hay Constitución. Yo creo que eso es fundamental, no es simplemente retórica. Que existan órganos independientes que administren justicia es una garantía para el ciudadano común y corriente.

Se ha criticado a la Fiscal, Luisa Ortega Díaz, con el pretendido argumento de que descubrió el agua tibia. Sin atender razones de que en Venezuela la situación puede ser mucho peor de la que estamos viviendo. Quizás falte capacidad para entender que lo que ha hecho la fiscal forma parte del cambio que la sociedad está buscando en las calles. ¿Cuál es su opinión?

En estos últimos tiempos, en estos últimos meses, se ha producido un cambio en la Fiscalía General de la República. Yo creo que ese cambio y esas declaraciones que ha dado la Fiscal tienen que ser recibidas, digamos, como se recibe una manifestación por el respeto que debe existir por uno de los órganos más importantes del sistema democrático, garante precisamente del equilibrio de los poderes, del sistema de contrapesos que debe funcionar. La Fiscal, en este caso, es uno de los funcionarios más importantes, garantes de la legalidad, garante de que se respeten los Derechos Humanos en los procesos que se llevan a cabo. Esas declaraciones, ajustadas al texto constitucional, deben convertirse en actuaciones concretas que hagan buenas esas afirmaciones.

04-06-17




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