Por Hugo Prieto
Los argumentos de Alberto
Arteaga, abogado penalista de arraigado prestigio en Venezuela, profesor
universitario y autor de varias obras jurídicas es una reflexión muy dolorosa
que pone de manifiesto el declive y la destrucción de la justicia en Venezuela.
Hemos regresado a las viejas prácticas autoritarias y más recientemente a la
pretendida instauración del Estado totalitario, empaquetado en el fraude
constituyente que, contra viento y marea, perpetra la dictadura de Nicolás
Maduro.
El Código de Justicia Militar,
cuya vigencia tiene 80 años en Venezuela, sin que se le haya modificado una
coma, entre otras cosas, porque el tema militar es tabú, contradice
disposiciones de la Constitución del 99 en materia penal, así como el capítulo
referido a los Derechos Humanos. El conflicto de poderes tuvo como primera
expresión una crisis política y más recientemente una crisis de gobernabilidad,
cuyo desenlace es una verdadera incógnita.
Si por un milagro —la política
es la única esfera donde los hombres pueden hacer milagros—, ocurre un cambio,
no en el gobierno sino en la sociedad venezolana, las cosas tienen que ser muy
diferentes, nunca como antes. “Si con pretendidos alegatos jurídicos se ha
atentado contra la democracia, con la fuerza del derecho nosotros tenemos que
pensar en el restablecimiento del sistema democrático. Es decir, en el pacto
que a futuro debe darse entre todas las fuerzas vivas del país tiene que haber
un compromiso mediante el cual la política saque sus manos del poder judicial.
Ninguna persona pueda mantenerse en el poder utilizando y mediatizando el
aparato de la justicia. El reto que tenemos nosotros es que tengamos en
Venezuela un verdadero Poder Judicial autónomo e independiente”.
Hay una crisis institucional
permanente en Venezuela. Primero fue el desconocimiento de la Asamblea Nacional
y más recientemente de la Fiscalía General de la República. ¿Cuál es el estado
de la justicia en Venezuela?
Me viene a la cabeza una frase
de un gran pensador que es San Agustín: Si desaparece la justicia, los
reinos —que eran los sistemas de gobierno de la época— se convierten en grandes
latrocinios. Es una frase dura, pero realista. Expresa por igual el
momento que estamos viviendo como la situación que hemos arrastrado en el país
durante años. Esto es terrible de decir. Aquí no hay justicia. Y no se trata de
una frase hecha o política. Pero cuando uno escuchaba a una madre o a un padre
adolorido por la pérdida de un hijo en las puertas de la morgue de Bello Monte,
responderle a la pregunta de un reportero. ¿Usted que espera? Yo lo que
quiero es justicia. Uno, como abogado, al escuchar esas palabras, dichas
desde lo más profundo de un ser humano, se preguntaba y se pregunta ahora, ante
las muertes que han ocurrido en los últimos días, ¿habrá justicia? La respuesta
es muy dudosa, porque nosotros en Venezuela, triste y lamentablemente, no hemos
metabolizado el valor de la justicia.
2016 marcó el récord en
homicidios: 28.400. Caracas aparece en los índices mundiales como la capital
más violenta del mundo.
Esto es grave, gravísimo, pero
como se ha dicho tantas veces, los índices de impunidad son más escandalosos:
90%. Es una violencia exacerbada, que cada vez se expresa con mayor crueldad y
del otro lado, la impunidad. Sencillamente, no hay sanción. Entonces, cuando
una madre pregunta. Yo lo que quiero es justicia. ¿De dónde va a
salir esa justicia?
Cuando esa violencia la ejerce
el Estado por dos vías; una, la represión desenfrenada, brutal, que
afortunadamente uno advierte a través de las redes sociales y de los videos que
la gente cuelga, por ejemplo, lo que ocurrió en la Universidad de Oriente (núcleo Ciudad Bolívar),
donde estudiantes atendían a compañeros heridos de bala; y dos, por la propia
inacción del Estado; es decir, por la impunidad. ¿Dónde estamos?
Esto refleja un cuadro muy
grave. Yo no soy psicólogo social, pero todo entra dentro de lo que los
especialistas en la materia llaman un estado de anomia, en el cual no hay
normas. En el caso venezolano no es tanto porque no existan, sino por el hecho
de que no se aplican. Esto también se relaciona con otro fenómeno que tenemos
en el país, lo que se llama el fetichismo legal. El creer que con una nueva
norma o una reforma legal se solucionan los problemas. Digamos, por ejemplo,
que con el Código Orgánico Procesal Penal le garantizamos la vida a las
personas o un castigo ejemplar a quien incurra en violaciones graves a los
Derechos Humanos; o con esta otra que tengo a mano, Ley Orgánica del Servicio
de Policía y del Cuerpo de Policía Nacional, se garantiza el uso de las armas y
de armas con capacidad letal. Aquí se señala de manera clara y terminante (art.
73 ) que “El uso de la fuerza mortal sólo estará justificado para la defensa de
la vida de la funcionaria o del funcionario o de un tercero”. Es decir, que yo
no puedo hacer uso de las armas de cualquier manera, que yo no puedo hacer uso
de un instrumento con capacidad letal, sino está en riesgo la propia vida.
Justamente eso es lo que se ha
denunciado tanto en estos días, que ha habido un uso desproporcionado de la
fuerza.
Yo esos términos no los comparto.
Hay un uso desproporcionado de la fuerza cuando yo tengo necesidad de
utilizarla, pero lo hago precisamente de forma desproporcionada. Pero si
utilizo la fuerza cuando no es necesaria, lo que hay es un uso criminal de la
fuerza. Y eso es lo que está ocurriendo entre nosotros. El problema no es el
montón de leyes que tengo sobre el escritorio o cambiar la Constitución. Lo
triste, lo lamentable, es que al pueblo se le engañe diciéndole que con un
cambio de Constitución se le van a resolver sus problemas. La anomia no es
porque no tengamos leyes, sino porque tenemos leyes que no se aplican y porque
seguimos vendiendo la idea, utilizo esa expresión, y engañando al pueblo sobre
la necesidad de transformar, de cambiar la ley, el fetichismo legal para resolver
los problemas sociales. Fenómeno que no es nuevo, por otra parte.
Alberto Arteaga retratado por
Roberto Mata
El ministro de la Defensa,
general Vladimir Padrino López, dijo que efectivamente se habían producido
casos aislados del uso desproporcionado de la fuerza, pero cuando uno ve la
cifras de personas asesinadas y de personas heridas, que se cuentan por
millares, se pregunta: ¿Cómo es esto? ¿Casos aislados que se traducen en
millares de personas heridas? ¿Cómo encaja la afirmación del ministro en esa
realidad?
Ni el sentido común puede dar
explicaciones de esa naturaleza. Es lo mismo que ha ocurrido y que ocurre, por
ejemplo, con las muertes que se producen en los llamados enfrentamientos
policiales. Pero las bajas no son de de la policía sino de quienes están
enfrentados a la autoridad. Las llamadas OLP (Operaciones de Liberación del
Pueblo) que son similares de un todo, agravados en su forma de llevarse a cabo
y en sus consecuencias, a aquellos operativos de la ley de vagos y maleantes del
pasado. Operativos que todos reprobábamos y reclamábamos, incluidos muchos de
los que hoy están en el gobierno. Es decir, esto carece completamente de
justificación, porque tenemos que pensar lo siguiente, aunque parezca una
perogrullada, los órganos del Estado no están para reprimir sino para
garantizar los derechos de la ciudadanía. Es decir, el Estado está para
garantizar el derecho a la protesta y, por supuesto, el derecho a la
manifestación pacífica. Pero aún en el caso de que haya expresiones de violencia
en manifestaciones, eso no autoriza a las fuerzas policiales y militares para
actuar sin limitación alguna. Lo que se impone en esos casos, bajo un sistema
democrático, es entrar al diálogo y a la disuasión.
Se presenta a los detenidos no
ante jueces civiles, sino ante tribunales militares, entre otras cosas porque
ya no se confía en la Fiscal o porque ya no es obediente al poder Ejecutivo. Se
viola la Constitución y también tratados internacionales que en Venezuela
tienen rango constitucional. ¿Cómo poner este hecho en contexto, dentro de las
cifras de personas asesinadas o heridas, o las declaraciones de Padrino López?
Este tema es de extrema
importancia. Yo creo que en materia de principios debe quedar clarificado, de
manera que no dé lugar a dudas. Se ha abusado, triste y lamentablemente, en
épocas de expresiones de autoritarismo de lo que se llama la justicia militar.
Pondría lo de militar entre comillas, porque la justicia para ser justicia
tiene que carecer de todo apelativo. La justicia, de acuerdo con el derecho
romano y a la definición de (Dominicio) Ulpiano, es darle a cada quien lo que
le corresponde. Esto es, lo que la ley prevé en relación al comportamiento, a
la conducta, al hecho, al cual se aplica la ley. Antes de la Constitución del
99 hubo decisiones de la extinta Corte Suprema de Justicia, en las cuales se
dejó muy claro que un civil no podía ir y ser juzgado ante la justicia militar.
Recuerdo el caso de la periodista María Eugenia Díaz.
Caso emblemático que provocó
grandes tensiones en el gobierno del ex presidente Luis Herrera.
Sí, pero también durante una
etapa estelar de El Diario de Caracas. María Eugenia Díaz fue llevada a
tribunales militares por pretendida violación de secretos militares, entre
otras cosas, porque reseñó una actividad donde se llevaron a cabo estrategias,
simulaciones, juegos militares. En ese caso, la Corte Suprema de Justicia, en
Sala de Casación Penal, dictaminó que Díaz no podía ser juzgada por tribunales
militares, tratándose de una persona civil. Esto, digamos, que son precedentes
en nuestra jurisprudencia queda clarísimo en la Constitución de 1999 (art. 261…
La competencia de los tribunales militares se limita a delitos de naturaleza
militar). Entonces, surge la pregunta ¿cuáles son los delitos de naturaleza
militar? Aquellos constitutivos de infracciones a los deberes militares:
obediencia, subordinación y disciplina. ¿Quiénes tiene la obligación de cumplir
esos deberes? Los militares activos, lógicamente. Por lo tanto, solo los
militares activos pueden ser sometidos a los tribunales militares.
La materia militar siempre ha
sido tabú en la sociedad venezolana. Es un mundo del cual se desconoce casi
todo y los conflictos con la jurisdicción militar han tenido como marca casos
de tinte político.
El Código de Justicia Militar
tiene más de 80 años, quizás por eso nunca se ha tocado. Pero de acuerdo al
derecho, y esto es lo que enseñamos, si alguna norma entra en conflicto con la
Constitución, se aplica la Constitución y se desaplica la ley. Un pretendido
hecho que se le atribuya a un civil no puede ser conocido por la jurisdicción
militar. Añadiría que ese código militar no sólo contradice la Constitución del
90 sino la del 61. Y no ha sido reformado.
A la periodista María Eugenia
Díaz le abrieron juicio militar por develar un juego de guerra según la cual el
Ejército venezolano no alcanzaba ciertos objetivos en un hipotético conflicto
con Guyana. Sería, en todo caso, materia de seguridad nacional y aún así la
Corte dictaminó lo que usted acaba de señalar. ¿Cómo es que a estos jóvenes que
protestan los llevan a un tribunal militar? ¿Cómo queda ese principio de la ley
que citó anteriormente?
Estamos al margen y
enfrentados a la Constitución, enfrentados a los principios generales que rigen
la materia de los Derechos Humanos, de conformidad con los estándares
internacionales. Actualmente, y de acuerdo a esos principios, los países que
todavía mantienen una justicia militar, tienen como orientación la derogatoria
de los códigos de justicia militar, como ocurrió, entre otros casos, en
Argentina (2009). Los hechos punibles que pudieran cometer los militares deben
ser juzgados por los tribunales ordinarios. Los militares, y quiero decir esto
con todo el respeto a la institución militar, antes que miembros de las Fuerzas
Armadas son ciudadanos y si incurren en hechos punibles, al igual que cualquier
ciudadano, deben ir a la jurisdicción ordinaria. Hay que ponerle fin, en algún
momento, a esta llamada justicia militar. Salvo que limitemos esa justicia
militar a un código de faltas administrativas, de naturaleza militar, que sean
conocidas por quienes llamamos jueces militares. Un juez no puede estar
subordinado a principios de subordinación, disciplina y obediencia. Esto carece
de sentido en el mundo de hoy.
El Ejecutivo, cada vez que
tiene un conflicto con otro de los poderes del Estado —Asamblea Nacional
primero y luego la Fiscalía General de la República— apela o se inventa otras
figuras. El parlamentarismo de calle, por ejemplo, para ver cómo sustituye a
los diputados electos. O tribunales militares para eludir las investigaciones
del Ministerio Púbico. ¿Cómo es esto?
Esto por lo demás no es nuevo.
Lo que ocurre es que no había tenido las manifestaciones tan claras, tan
evidentes, tan contundentes, tan apabulladoras, como las que tenemos en
Venezuela en estos momentos de desconocimiento de las reglas mínimas y de la
propia esencia del sistema democrático. Anteriormente, hay que recordarlo,
porque son errores del pasado, ante circunstancias políticas muy distintas, me
estoy refiriendo a los comienzos de esa gran experiencia de 40 años de
democracia, también se recurrió a la justicia militar y se invocó una tesis que
muchos habrán olvidado, la pretendida autonomía del delito militar para
desconocer la inmunidad parlamentaria. Habría que recordarles a muchos
personeros del gobierno que evidentemente criticaron, reprocharon y censuraron
que no se reconociera esa inmunidad. Pero como parte de la evolución
institucional en materia de administración de justicia, hubo una decisión (1976)
mediante la cual se eliminó esa funesta tesis. Si un parlamentario era imputado
de un delito, incluyendo un delito militar, esto no afectaba ni podía servir de
expediente para desconocer la inmunidad parlamentaria. Pero tal como lo
señalas, en forma recurrente se evade la ley, para la obtención de un beneficio
político. Esto es además lo que hemos vivido como regla en los últimos años: El
desconocimiento de los poderes para afirmar el poder total del Estado. El
totalitarismo que se pretende instaurar. Bueno, acabas de señalar dos ejemplos
concretos.
Alberto Arteaga retratado por
Roberto Mata
Como punto culminante de ese
proceso tenemos este llamado a constituyente. Aunque no podemos decir que ha
tomado al país por sorpresa, porque había una serie de decisiones que apuntaban
en esa dirección.
Pensemos en las decisiones
conocidas con los números 155 y 156 del Tribunal Supremo de Justicia, pero no
son las únicas. De manera descarada, sin lugar a dudas, la Sala Constitucional
se atribuye las competencias de la Asamblea, legítima representación del
pueblo, que quedó marcada en las elecciones del año 2015. Además de eso, en
esas decisiones pretende otorgarle al Ejecutivo la facultad de dictar normas en
materia penal, reformar el código de enjuiciamiento, que son facultades,
igualmente, de la Asamblea. Es decir, la Sala Constitucional se coloca en
contra de la Constitución. Lo que en forma alguna fue remediado por unas
tristemente célebres aclaratorias, que sólo pusieron de manifiesto dos cosas.
Una, la ignorancia de estos magistrados de lo que significa una aclaratoria,
porque una aclaratoria simplemente corrige errores materiales o cálculos
numéricos. Pero una aclaratoria no puede revocar una decisión. El hecho se
cometió. El desconocimiento de la Constitución se cometió. Dos. Estas
aclaratorias, ante la exhortación de un llamado Consejo Nacional de la Defensa,
órgano consultivo incompetente en esta materia, también pusieron de manifiesto
la carencia total de independencia del Poder Judicial ante el Ejecutivo.
En Venezuela vivíamos una
situación institucional precaria ahora agravada. ¿Pero que justicia puede
esperar el ciudadano común, por ejemplo, esta madre a las puertas de la morgue
de Bello Monte, si advierte que el TSJ, de un plumazo, se abroga las competencias
de la Asamblea Nacional?
En particular, como abogado,
como profesor universitario, pero fundamentalmente como ciudadano, yo creo que
uno tiene que reaccionar y expresar el sentimiento que le produce a uno, el que
un tribunal, como lo entiende cualquier persona, encargado de administrar
justicia, se coloque de espaldas a la justicia y al estado de derecho,
subvierta el orden jurídico y eso es lo que ha hecho la Sala Constitucional del
TSJ con esas decisiones, y por eso, un grupo de abogados, entre los que me
incluyo, concurrimos ante la Fiscalía para pedirle a la Fiscal que adelante
actuaciones que tengan como fin revisar esas decisiones (155 y 156) para
determinar si allí se han cometido o no hechos punibles.
¿Qué sustenta esa aseveración?
¿Cuáles serían esos hechos punibles?
Nosotros pensamos que hay
elementos que indican que se han cometido hechos punibles que estarían a cargo
de los autores y partícipes en esas decisiones. ¿A qué hechos me refiero? El
Código Penal nuestro habla de un delito conocido con el nombre de conspiración.
Por lo general, cuando hablamos de conspiración, siempre pensamos en
actuaciones de grupos que con las armas pretenden subvertir el orden, atentar e
insurgir contra el gobierno legalmente constituido. No. También hay golpes que
podríamos llamar golpes de Estado judiciales, que se concretan en decisiones
como estas, que desconocen, en este caso, al órgano que tiene la representación
popular. Por otra parte, también hay violación a los tratados internacionales y
eso también constituye un delito (art.155, numeral 3). El derecho a la
democracia es un derecho humano y para que tenga vigencia tiene que existir
separación e independencia de los poderes púbicos. Si eso no se garantiza,
sencillamente, no hay Constitución. Yo creo que eso es fundamental, no es
simplemente retórica. Que existan órganos independientes que administren
justicia es una garantía para el ciudadano común y corriente.
Se ha criticado a la Fiscal,
Luisa Ortega Díaz, con el pretendido argumento de que descubrió el agua tibia.
Sin atender razones de que en Venezuela la situación puede ser mucho peor de la
que estamos viviendo. Quizás falte capacidad para entender que lo que ha hecho
la fiscal forma parte del cambio que la sociedad está buscando en las calles.
¿Cuál es su opinión?
En estos últimos tiempos, en
estos últimos meses, se ha producido un cambio en la Fiscalía General de la
República. Yo creo que ese cambio y esas declaraciones que ha dado la Fiscal
tienen que ser recibidas, digamos, como se recibe una manifestación por el
respeto que debe existir por uno de los órganos más importantes del sistema
democrático, garante precisamente del equilibrio de los poderes, del sistema de
contrapesos que debe funcionar. La Fiscal, en este caso, es uno de los
funcionarios más importantes, garantes de la legalidad, garante de que se
respeten los Derechos Humanos en los procesos que se llevan a cabo. Esas
declaraciones, ajustadas al texto constitucional, deben convertirse en
actuaciones concretas que hagan buenas esas afirmaciones.
04-06-17
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