OEA 27 de marzo de 2019
El
Consejo Permanente de la Organización de los Estados Americanos (OEA) aprobó
hoy la resolución “Ayuda Humanitaria en Venezuela” en la cual anima a los
Estados Miembros, a los Observadores Permanentes y a las organizaciones
internacionales “a continuar apoyando e implementando medidas para atender la
crisis humanitaria en Venezuela”. El documento insta además a las instituciones
públicas de Venezuela en especial las fuerzas militares y de policía “a que se
abstenga de bloquear el ingreso de ayuda humanitaria a Venezuela, dando el
debido respeto a los principios humanitarios de humanidad, imparcialidad,
neutralidad e independencia operativa de la asistencia humanitaria, así como el
respeto de los derechos humanos”.
La
resolución fue aprobada por votación con 19 votos a favor (Argentina, Bahamas,
Brasil, Canadá, Chile, Colombia, Costa Rica, Ecuador, Estados Unidos,
Guatemala, Guyana, Haití, Honduras, Jamaica, Panamá, Paraguay, Perú, República
Dominicana, y Santa Lucia) , 5 votos en contra (Antigua y Barbuda, Nicaragua,
San Vicente y las Granadinas, Uruguay y Venezuela), 8 abstenciones (Barbados,
Belize, Bolivia, El Salvador, México, San Kitts y Nevis, Suriname y Trinidad y
Tobago) y dos países ausentes (Dominica y Grenada), y expresa la preocupación
de los países con el cierre de la frontera venezolana con Brasil y con
Colombia, por parte de Venezuela y que “ha impedido efectivamente que la
población, especialmente los más vulnerables, obtengan alimentos, medicamentos,
tratamiento médico, y oportunidades educativas” y por el colapso del sistema de
salud de Venezuela, “que ha llevado a la reaparición de enfermedades
infecciosas, previamente erradicadas en Venezuela, así como en los países
fronterizos y en la región”.
Referencia:
C-017/19
CONSEJO
PERMANENTE
OEA/Ser.G
CP/RES. 1123 (2215/19)
27 marzo 2019
Original: español
CP/RES. 1123
(2215/19)
AYUDA
HUMANITARIA EN VENEZUELA
(Aprobada
por el Consejo Permanente en la sesión extraordinaria celebrada el 27 de marzo
de 20191/)
EL CONSEJO PERMANENTE DE LA ORGANIZACIÓN DE LOS
ESTADOS AMERICANOS,
RECORDANDO que la resolución CP/RES. 1095 del 23 de
febrero de 2018, solicitó a las autoridades de Venezuela que implementen las
medidas necesarias para evitar el deterioro de la situación humanitaria,
incluida la aceptación de la asistencia ofrecida por la comunidad
internacional;
CONSIDERANDO que la crisis política, económica, social
y humanitaria en Venezuela ha contribuido al deterioro de la calidad de vida de
sus habitantes y ha generado flujos migratorios sin precedentes con
implicaciones regionales, debido a la incapacidad institucional para satisfacer
necesidades básicas, como la prestación de servicios públicos y sanitarios, así
como el suministro de alimentos y medicinas;
OBSERVANDO con preocupación que el cierre de la
frontera venezolana con Brasil y con Colombia, por parte de Venezuela, ha
impedido efectivamente que la población, especialmente los más vulnerables,
obtengan alimentos, medicamentos, tratamiento médico, y oportunidades
educativas; y
REITERANDO su seria preocupación por el colapso del
sistema de salud de Venezuela, que ha llevado a la reaparición de enfermedades
infecciosas, previamente erradicadas en Venezuela, así como en los países
fronterizos y en la región,
RESUELVE:
1.
Reiterar su llamado a que se permita el ingreso de
ayuda humanitaria a Venezuela, según lo establecido en el numeral 4 de la
Resolución AG/RES. 2929 del 5 de junio de 2018, a fin de hace frente a las
distintas necesidades de la población, especialmente la más vulnerable.
2.
Animar a los Estados miembros, a los Observadores
Permanentes y a las organizaciones internacionales competentes a continuar
apoyando e implementando medidas para atender la crisis humanitaria en
Venezuela.
3.
Instar a las instituciones públicas de Venezuela en
especial las fuerzas militares y de policía a que se abstenga de bloquear el
ingreso de ayuda humanitaria a Venezuela, dando el debido respeto a los
principios humanitarios de humanidad, imparcialidad, neutralidad e
independencia operativa de la asistencia humanitaria, así como el respeto de
los derechos humanos.
4.
Acoger la Declaración sobre la Situación en la
República Bolivariana de Venezuela del Comité Jurídico Interamericano CJI/DEC.
01 (XCIV-O/19), del 22 de febrero de 2019 y en especial su resolutivo 2 que
afirma: Que la necesaria ayuda humanitaria enviada a la República Bolivariana
de Venezuela no viola el principio de no intervención en los asuntos internos
de los Estados y, por lo tanto, cualquiera fuere el Estado de su procedencia,
debe ser aceptada y distribuida de forma equitativa entre la población
venezolana.
1.
La presente resolución fue aprobada con diecinueve
votos afirmativos, cinco negativos, ocho abstenciones y dos ausencias.
CP40578S01
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