Los Vecinos de
Baruta elevamos nuestra voz de protesta para exigir al Partido Primero Justicia
(PJ), a la Mesa de la Unidad Democrática (MUD) y al Consejo Nacional Electoral
(CNE) respeten a la sociedad civil y cumplan con las Leyes.
BARUTA ENTRAMPADA Y EN RIESGO
Son muchos los vecinos de
Baruta que han mantenido una justificada y persistente lucha vecinal ante el
continuo irrespeto a los derechos ciudadanos y el acelerado deterioro de la
calidad de vida.
En
atención, a que el destino definitivo del municipio Baruta, es un asunto de
altísima relevancia para la ciudadanía Baruteña, queremos hacer de la
opinión pública, el problema de INGOBERNABILIDAD Y ENTRAMPAMIENTO que
se presentará en El Municipio, dada la condición administrativa que presenta el
candidato unitario para Alcalde, DAVID
UZCATEGUI, quien ganó las elecciones
primarias el pasado 12 de Febrero de 2012 y quien se encuentra INHABILITADO
ADMINISTRATIVAMENTEPOR PECULADO DE USO desde el año 2005,
sanción que desde su notificación no ha cumplido.
Dicha
postulación para las primarias resulta improcedente, no solo por estar prevista
su imposibilidad en el Articulo 83, numeral 4 de la Ley Orgánica del Poder
Publico Municipal (LOPPM), sino porque su participación no tiene sentido por no
poder ejercer cargos públicos por un lapso de cinco (5) años, razón por la que
los vecinos de Baruta ven con preocupación el panorama que se avecina, decidiendo hacer del
conocimiento de la opinión pública, quienes son los
responsables directos de las implicaciones surgidas:
1. EL CONCEJAL
DAVID UZCATEGUI, quien ocultó irresponsablemente a los electores de
Baruta su condición administrativa, la cual le impide participar en los
próximos comicios de alcaldes y concejales.
2. EL PARTIDO
PRIMERO JUSTICIA: PJ, imponiendo al candidato David Uzcátegui, conociendo
su condición de Inhabilitado Administrativamente.
3. LA MESA DE LA
UNIDAD DEMOCRATICA: MUD, al aceptar la
postulación, violó flagrantemente el Articulo 83 de la Ley Orgánica del Poder
Publico Municipal (LOPPM), el Articulo 65 de la Constitución y mas
grave aun, lo establecido en el numeral 11 de su propio Reglamento, que establece impedimento
de postulación y de ejercer cargo público, para cualquier
ciudadano que se encuentre en proceso de inhabilitación política o
administrativa o haya afectado el patrimonio público. La MUD conculcando la Ley
y los derechos ciudadanos provocó unas elecciones Fraudulentas y
engañosas para la sociedad civil que se encuentra incrédula y defraudada.
4. EL CONSEJO
NACIONAL ELECTORAL (CNE), a través de algunos funcionarios,
subrepticiamente han buscado afianzar la candidatura del Concejal. Tales son
los casos:
Por una parte, Vicente Díaz, Presidente de la
Comisión de Participación Política y Finanzas del Consejo Nacional Electoral (CNE),
ignorando las cuatro sentencias que pesan sobre Uzcátegui, provenientes del
TSJ, informó que el precandidato a la
Alcaldía de Baruta, David Uzcàtegui, no ha sido sentenciado por un
tribunal venezolano y por eso tiene sus
derechos políticos intactos. Lo
que Díaz, descarada e irresponsablemente encubre, en su vehemencia de defender
a Uzcátegui, es que el Concejal tiene sanción por la CGR y cuatro (4) sentencias
condenatorias de Tribunales venezolanos, que ratifican la Inhabilitación Administrativa
y la condena de cinco (5) años sin poder ejercer cargo público alguno.
Por otra parte, el “error material
involuntario” de Cesar
Alvarado, Director General (E) de la Oficina Nacional de Registro Electoral,
al otorgarle a Uzcátegui en agosto del 2011 el certificado (código 0), pues
creía que había cumplido con la sanción administrativa impuesta y que
posteriormente tuvo que reconocer mediante un memorándum dirigido a la
Consultoría del CNE en Diciembre de 2011, que el Concejal, aun se encuentra
desempeñando su cargo. En dicha comunicación anula la comunicación anterior y
afirma “En razón de lo anterior cumplo en informarle que el referido
ciudadano se encuentra inhabilitado para el ejercicio de la función pública en nuestro sistema de
registro electoral (objeción 08)”
¿PORQUE FUE INHABILITADO DAVID
UZCATEGUI?
EN
EL AÑO 2004, El
Concejal Uzcátegui y otros cinco (5) Concejales de los once (11) que conforman
la Cámara Municipal del Municipio Baruta, (cuatro (4) de oposición dos (2) de V
República) fueron declarados por la Contraloría General de la República
(CGR)Responsables Administrativamente en fecha octubre 2004 por los
hechos que se citan a continuación:
Aprobar
116 Ordenes de Pago para
la cancelación de sueldos al personal municipal sin que las mismas fuesen
sometidas al correspondiente control previo que le corresponde a la Contraloría
Municipal
Aprobar
Orden de Pago especial
por concepto de aumento de pago de dietas a los Concejales del Municipio Baruta
por más del 50% contraviniendo las normas del Régimen Transitorio Aplicables
En
Consecuencia, se impone una multa por Bs 7.260.000,00. El Concejal Uzcátegui,
quien todavía en su defensa niega estar Inhabilitado, devolvió el dinero casi
dos años después, sin indexar y devaluados, cabe preguntarse: ¿Como una persona
que se justifica falazmente diciendo no estar inhabilitado, restituye el dinero
cobrado de más y además paga la multa. A CONFESION DE PARTE RELEVO DE PRUEBA
EN
EL AÑO 2005, el
Contralor considerando el ilícito cometido, por incumplir con las leyes y
normas administrativas al usar ilegalmente los FONDOS DEL MUNICIPIO PARA SU
PROPIO BENEFICIO, dicto de conformidad con lo establecido en la Articulo
105 de Control Fiscal la SANCION DE INHABILITACIÓN ADMINISTRATIVA para
el ejercicio de sus funciones publicas por (5) años, contados a partir de la
desincorporación del cargo.
Tanto
Uzcátegui como los otros Concejales inhabilitados, han ejercido acciones de
Amparo, Nulidad, Medidas Cautelares, obteniéndose como respuesta de las
diferentes instancias a las que se han dirigido, la misma respuesta: “Confirmada la
inhabilitación impuesta por el Contralor General de la República”.
EN
EL AÑO 2008,
David Uzcátegui, acude a formalizar su inscripción ante la Junta Municipal del
Municipio Baruta, como candidato al cargo de Alcalde, lo cual no fue posible porque
el Sistema Automatizado de Postulaciones del CNE indicaba que se
encontraba “Inhabilitado”
EN EL
AÑO 2012, David Uzcátegui, en su obsesión por ser Alcalde, se
postula para las elecciones primarias ante la MUD, aún a sabiendas de su
imposibilidad y pese a la impugnación que hicieran un grupo de vecinos ante la
MUD, la Comisión Electoral de las Primarias de la MUD y a los partidos
políticos que la conforman, quienes han permanecido en un silencio cómplice,
irrespetando a los ciudadanos electores de Baruta y llevándolos a unas elecciones
primarias fraudulentas.
A pesar del Fraude Electoral,
David Uzcátegui, una vez electo en las primarias, es Proclamado por la
MUD, y amparado, por esa proclamación, genera una conducta de agresión,
superioridad y desatinos en el trato con su propio personal e inclusive con los
vecinos, que no apoyan sus ideas y contra los mismos electores, quienes buscan
conocer la verdad, pero el Concejal continua mintiendo acerca de estar
inhabilitado.
EN EL AÑO 2013, Luego de reiteradas solicitudes
de los vecinos, tanto a los partidos políticos como a la Mesa de la Unidad
Democrática (MUD), exigiéndose un pronunciamiento acerca del futuro incierto y
de la ingobernabilidad de nuestro Municipio BARUTA, la respuesta ha sido el
silencio cómplice, creando ante la falta de información grandes incógnitas
e incredibilidad en el ciudadano, que sin duda se reflejará en las
próximos elecciones.
No se debe olvidar que Baruta
siempre ha marcado pauta en los procesos electorales.
VERIFICA LA INFORMACION QUE TE DAMOS INFORMATE:
La información que estamos
haciendo publica, es producto de una investigación realizada por vecinos
preocupados por el destino de su Municipio. La misma es pública y la pueden
verificar en los archivos de la Sala Político Administrativa del TSJ, través
de los siguientes links:
Vean los sancionados por la
Contraloría General de la República a la fecha: http://www.cgr.gob.ve/contenido.php?Cod=080
Sentencia Sala Constitucional: http://www.tsj.gov.ve/decisiones/scon/Agosto/2683-120805-05-1717.htm
Sentencia Sala Accidental:
Ultimas Sentencias Agosto 2011:
Vigésimo segundo de Municipio
Juzgado Superior Primero
contencioso administrativo 23/04/2012
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