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lunes, 20 de agosto de 2018

Es contigo, violador de inmunidad parlamentaria, por @liderhumano




Ramón Flores 19 de agosto de 2018
@liderhumano

Que la Asamblea Nacional Constituyente cohoneste otro zarpazo contra lo que queda de democracia no es sorpresa: el cúmulo de barbaries jurídicas consumadas con la decisión de robarle la inmunidad parlamentaria a los diputados Juan Requesens, Julio Borges e Ismael García -ya lo había hecho con Freddy Guevara-, confirman que la ANC es un árbol envenenado según la teoría, que echó raíces sobre lo espurio e ilegal con el objetivo de consolidar el régimen.

En ese sentido es importante argumentar que entre las irregularidades que destacan en la decisión contra Requesens y Borges, es que además de que no privó la doctrina universal de presunción de inocencia, no hubo un juicio que comprobara objetivamente su responsabilidad en lo registrado el pasado 04 de agosto, en un hecho público y notorio, relevado de toda prueba, donde estalló un drone cargado con explosivos cerca de la tarima en la que estaban Nicolás Maduro y su alto mando castrense, lo que originó esa vergonzosa estampida de militares “socialistas y chavistas” de la que aún el mundo entero se sorprende, y aún dudan.

Otro hecho de suma gravedad lo representa la flagrante violación de la constitución nacional, que en su artículo 200 establece de forma precisa el procedimiento para despojar de su inmunidad a un diputado: “los presuntos delitos que cometan los integrantes de la AN los conocerán de forma exclusiva el Tribunal Supremo de Justicia, única autoridad que podrá ordenar, previa autorización de la AN, su detención y continuar su enjuiciamiento”.

Pero eso no es todo, pues al detallar lo que el régimen de Maduro ha hecho contra Requesens resaltan una serie de atrocidades que han motivado una avalancha de condenas: dos videos, uno de la supuesta confesión violando flagrantemente el precepto constitucional (nadie está obligado a declarar en su contra), que el joven diputado por cierto no recuerda haber grabado por lo que se presume que el testimonio se obtuvo bajo torturas y mediante el uso de alguna sustancia que lo dopara, y otro con el que se intentó vulnerar su dignidad humana para pretender desmoralizar a los venezolanos, sin embargo, lo que causó fue un efecto contrario, de indignación colectiva y solidaridades mundiales al quedar en evidencia la bajeza con la que actúa el régimen.

Sin embargo, sepan todos los ejecutores de estas tropelías que no hay crimen sin castigo. La justicia y no la revancha prevalecerá en estos casos cuando triunfemos los que luchamos por un cambio pacífico y democrático en Venezuela. El mismo artículo 200 señala taxativamente las consecuencias a los funcionarios públicos que violen la inmunidad parlamentaria: “incurrirán en responsabilidad penal y serán castigados o castigadas de conformidad con la ley”.  ¡Y así será!

Asimismo, se agrega lo contemplado en el artículo 29, que señala que quien viole los derechos garantizados por la constitución y la ley “es nulo; y los funcionarios públicos que lo ordenen o ejecuten incurren en responsabilidad penal, civil y administrativa”.

A esa legislación venezolana se suma lo establecido en el ámbito internacional, como lo contemplado en el Estatuto de Roma de la Corte Penal Internacional, que sanciona los delitos de lesa humanidad, crímenes de guerra, genocidio y agresión, los cuales no prescriben.

Ramón Flores
Diputado a la Asamblea Nacional
Presidente del Parlamento Amazónico
@liderhumano

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