Ramón Flores 19 de agosto de 2018
@liderhumano
Que la
Asamblea Nacional Constituyente cohoneste otro zarpazo contra lo que queda de
democracia no es sorpresa: el cúmulo de barbaries jurídicas consumadas con la
decisión de robarle la inmunidad parlamentaria a los diputados Juan Requesens,
Julio Borges e Ismael García -ya lo había hecho con Freddy Guevara-, confirman
que la ANC es un árbol envenenado según la teoría, que echó raíces sobre lo
espurio e ilegal con el objetivo de consolidar el régimen.
En ese
sentido es importante argumentar que entre las irregularidades que destacan en
la decisión contra Requesens y Borges, es que además de que no privó la
doctrina universal de presunción de inocencia, no hubo un juicio que comprobara
objetivamente su responsabilidad en lo registrado el pasado 04 de agosto, en un
hecho público y notorio, relevado de toda prueba, donde estalló un drone
cargado con explosivos cerca de la tarima en la que estaban Nicolás Maduro y su
alto mando castrense, lo que originó esa vergonzosa estampida de militares
“socialistas y chavistas” de la que aún el mundo entero se sorprende, y aún
dudan.
Otro
hecho de suma gravedad lo representa la flagrante violación de la constitución
nacional, que en su artículo 200 establece de forma precisa el procedimiento
para despojar de su inmunidad a un diputado: “los presuntos delitos que cometan
los integrantes de la AN los conocerán de forma exclusiva el Tribunal Supremo
de Justicia, única autoridad que podrá ordenar, previa autorización de la AN,
su detención y continuar su enjuiciamiento”.
Pero
eso no es todo, pues al detallar lo que el régimen de Maduro ha hecho contra
Requesens resaltan una serie de atrocidades que han motivado una avalancha de
condenas: dos videos, uno de la supuesta confesión violando flagrantemente el
precepto constitucional (nadie está obligado a declarar en su contra), que el
joven diputado por cierto no recuerda haber grabado por lo que se presume que
el testimonio se obtuvo bajo torturas y mediante el uso de alguna sustancia que
lo dopara, y otro con el que se intentó vulnerar su dignidad humana para
pretender desmoralizar a los venezolanos, sin embargo, lo que causó fue un
efecto contrario, de indignación colectiva y solidaridades mundiales al quedar
en evidencia la bajeza con la que actúa el régimen.
Sin
embargo, sepan todos los ejecutores de estas tropelías que no hay crimen sin
castigo. La justicia y no la revancha prevalecerá en estos casos cuando
triunfemos los que luchamos por un cambio pacífico y democrático en Venezuela.
El mismo artículo 200 señala taxativamente las consecuencias a los funcionarios
públicos que violen la inmunidad parlamentaria: “incurrirán en responsabilidad
penal y serán castigados o castigadas de conformidad con la ley”. ¡Y así será!
Asimismo,
se agrega lo contemplado en el artículo 29, que señala que quien viole los
derechos garantizados por la constitución y la ley “es nulo; y los funcionarios
públicos que lo ordenen o ejecuten incurren en responsabilidad penal, civil y
administrativa”.
A esa
legislación venezolana se suma lo establecido en el ámbito internacional, como
lo contemplado en el Estatuto de Roma de la Corte Penal Internacional, que
sanciona los delitos de lesa humanidad, crímenes de guerra, genocidio y agresión,
los cuales no prescriben.
Ramón
Flores
Diputado
a la Asamblea Nacional
Presidente
del Parlamento Amazónico
@liderhumano
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