Centro de Comunicación Nacional 13 de febrero
de 2020
@Presidencia_VE
La
aerolínea TAP Air Portugal aseguró que el venezolano Juan José Márquez, acusado
por el régimen de Nicolás Maduro de portar explosivos C4 en una de sus naves,
no viajaba con ningún artefacto explosivo durante su vuelo.
“No
podemos viajar con explosivos en nuestros aviones porque tenemos sistemas de
seguridad que los detectan”, aseguró un representante de la línea aérea de
Portugal, al tiempo, que indicó que las normas de TAP y de todas las aerolíneas
aliadas a IATA, no solo está prohibido -obviamente-, viajar con explosivos sino
que la larga lista incluye baterías, las cuales – según Diosdado Cabello-,
fueron las que utilizó el tío del presidente encargado de Venezuela Juan Guaidó
para “rellenarlas” de C4.
Según
las normas de IATA, el uso obligatorio de escáneres de seguridad se remontan a
2002, luego de los atentados contra las Torres Gemelas . Y cada vez se han
fabricado y utilizado mecanismos más sofisticados para detectar explosivos, .De
hecho, para 2009 aumento notablemente el interés y el uso de los escáneres
corporales en los aeropuertos de la Unión Europea (EU) luego del intento de
atentado que sufrió el vuelo 253 de la compañía Northwest Airlines que viajaba
de Ámsterdam a Detroit, cuando un pasajero intentó detonar un artefacto
explosivo en pleno vuelo. El autor de este intento fallido había conseguido
introducir un artefacto explosivo oculto entre su ropa interior, sin que los
sistemas de seguridad del aeropuerto hubieran podido detectarlo.
Este
incidente desencadenó que tanto las autoridades europeas como los responsables
de la seguridad aeroportuaria decidieran autorizar el uso de los escáneres
corporales de seguridad en los aeropuertos de la UE. Los escáneres de seguridad
o escáneres corporales son equipos capaces de detectar tanto objetos metálicos
como no metálicos, incluidos plásticos y explosivos ocultos bajo la ropa de los
pasajeros o en su maletín de mano.
El
marco legal dentro de la Unión Europea en materia de seguridad de la aviación
civil se basa en el Reglamento (CE) nº 300/2008 del Parlamento y del Consejo,
de 11 de marzo de 2008 sobre normas comunes para la seguridad de la aviación
civil.
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