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miércoles, 17 de abril de 2019

Canadá impone sanciones adicionales al régimen de Maduro en Venezuela, por @CanadaFP





Gobierno de Canadá 15 de abril de 2019

Comunicado de prensa

En respuesta a los intentos del régimen de Maduro de fortalecer su gobierno autoritario sobre Venezuela, Canadá anuncia hoy su cuarta ronda de sanciones contra figuras clave en el régimen, que se suma a los 70 que ya han sido sancionados.

Bajo la Ley de Medidas Económicas Especiales, la Honorable Chrystia Freeland, Ministra de Relaciones Exteriores, anuncia hoy sanciones específicas contra 43 personas responsables del deterioro de la situación en Venezuela. Son funcionarios de alto rango del régimen de Maduro, gobernadores regionales y / o están directamente implicados en actividades que socavan las instituciones democráticas.

Estas medidas se toman en respuesta a las acciones antidemocráticas del régimen de Maduro, en particular relacionadas con la represión y persecución de los miembros del gobierno interino, la censura y el uso excesivo de la fuerza contra la sociedad civil, lo que socava la independencia del poder judicial y otras instituciones democráticas.

Citas

“Durante la reunión del Grupo de Lima celebrada en Ottawa el 4 de febrero de 2019, pedimos a la comunidad internacional que tome medidas contra el régimen de Maduro. Hoy, Canadá está tomando esa acción al responsabilizar a 43 personas más por su papel en el empeoramiento de la situación en Venezuela ".
- Hon. Chrystia Freeland, PC, MP, Ministra de Relaciones Exteriores

Backgrounder
 
Con efecto inmediato, Canadá impone nuevas sanciones contra los miembros del régimen de Maduro y los más cercanos a él.

Medidas canadienses

Los Reglamentos de Medidas Económicas Especiales (Venezuela) imponen congelaciones de activos y prohibiciones a las personas incluidas en la lista al prohibir que las personas en Canadá y los canadienses fuera de Canadá negocien cualquier propiedad de estas personas o les proporcionen servicios financieros o servicios relacionados.

Las prohibiciones específicas se establecen en el Reglamento.

Los nombres de las personas objeto de este Reglamento son:

·       Manuel Gregorio BERNAL MARTÍNEZ
·       Iván Rafael HERNÁNDEZ DALA
·       Manuel Ricardo Cristopher FIGUERA
·       Hildemaro José RODRÍGUEZ MÚCURA
·       Rafael Enrique BASTARDO MENDOZA
·       José Miguel DOMÍNGUEZ RAMÍREZ
·       Cristian Abelardo MORALES ZAMBRANO
·       Franklin GARCÍA DUQUE
·       Richard Jesús LÓPEZ VARGAS
·       José Miguel MONTOYA RODRÍGUEZ
·       Giuseppe Alessandro Martín Alessandrello CIMADEVILLA
·       José Adelino ORNELAS FERREIRA
·       Carlos Augusto Leal TELLERÍA
·       Jorge Alberto ARREAZA MONTSERRAT
·       Katherine Nayarith HARRINGTON PADRÓN
·       Reinaldo Enrique Muñoz PEDROZA
·       Alfredo RUIZ ANGULO
·       Larry Devoe MÁRQUEZ
·       Nelson Reinaldo LEPAJE SALAZAR
·       Carlos Erik MALPICA FLORES
·       Manuel Ángel FERNÁNDEZ MELÉNDEZ
·       Franco SILVA AVILA
·       Jorge Elieser MÁRQUEZ MONSALVE
·       Jose rivas
·       Luis Eduardo ORTEGA MORALES
·       Simón Alejandro ZERPA DELGADO
·       Manuel Salvador QUEVEDO FERNÁNDEZ
·       Víctor Hugo CANO PACHECO
·       Adrián antonio perdomo mata
·       Justo José NOGUERA PIETRI
·       Gladys REQUENA
·       Eduardo piñate
·       Earle HERRERA
·       María Alejandra DÍAZ
·       Marco Antonio MEDINA
·       Bárbara Gabriela CÉSAR SIERO
·       Inocencio FIGUEROA
·       Mariela carolina ameliana
·       Eulalia GUERRERO RIVERO
·       Omar José PRIETO FERNÁNDEZ
·       Ramón Alonso CARRIZALEZ RENGIFO
·       Jorge luis garcia carneiro
·      Rafael Alejandro LACAVA EVANGELISTA

Prohibiciones

Las sanciones relacionadas con Venezuela se han promulgado conforme a la  Ley de Medidas Económicas Especiales  para implementar la decisión de la Asociación formada entre Canadá y los Estados Unidos de América el 5 de septiembre de 2017. La Asociación instó a sus miembros a tomar medidas económicas contra Venezuela y Responsables de la situación actual en Venezuela.

El  Reglamento de Medidas Económicas Especiales (Venezuela)  impone una congelación de activos y la prohibición de los tratos en las personas incluidas en la lista. El Reglamento prohíbe a cualquier persona en Canadá y cualquier canadiense fuera de Canadá:

  • comerciar con bienes, donde sea que estén situados, que sean propiedad, tenidos o controlados por personas incluidas en la lista o una persona que actúe en nombre de una persona incluida en la lista;
  • participar o facilitar cualquier transacción relacionada con una transacción prohibida por este Reglamento;
  • proporcionar cualquier servicio financiero o relacionado con respecto a una transacción prohibida por este Reglamento;
  • poner a disposición cualquier producto, dondequiera que se encuentre, para una persona incluida en la lista o una persona que actúe en nombre de una persona incluida en la lista; y
  • proporcionar cualquier servicio financiero u otros servicios relacionados para o en beneficio de una persona incluida en la lista.
Causar, facilitar o ayudar en actividades prohibidas también está prohibido.

Excepciones

El congelamiento de activos y las prohibiciones de transacciones mencionados anteriormente no se aplican a las siguientes actividades o transacciones:

  • los pagos realizados por o en nombre de una persona incluida en la lista de conformidad con los contratos celebrados antes de la entrada en vigor del Reglamento, siempre que los pagos no se realicen a una persona incluida en la lista ni a una persona que actúe en nombre de una persona incluida en la lista;
  • las transacciones necesarias para que un canadiense transfiera a una persona no incluida en la lista cualquier cuenta, fondo o inversión de un canadiense en poder de una persona incluida en la lista el día en que dicha persona se haya incluido en la lista;
  • relaciones con una persona incluida en la lista requerida con respecto a los reembolsos de préstamos hechos a cualquier persona en Canadá, o cualquier canadiense fuera de Canadá, para préstamos otorgados con cualquier persona que no sea una persona incluida en la lista, y para hacer cumplir y garantizar la seguridad con respecto a esos préstamos, o pagos por garantes que garanticen dichos préstamos;
  • las relaciones con una persona incluida en la lista se requieren con respecto a los reembolsos de préstamos hechos a cualquier persona en Canadá, o cualquier Canadá fuera de Canadá, para préstamos otorgados con una persona incluida en la lista antes de que esa persona se convirtiera en una persona incluida en la lista, y para hacer cumplir y garantizar la seguridad con respecto a aquellos préstamos, o reembolsos por garantes que garantizan dichos préstamos;
  • pagos de pensión a cualquier persona en Canadá o cualquier Canadá fuera de Canadá;
  • servicios financieros requeridos para que una persona incluida en la lista obtenga servicios legales en Canadá con respecto a la aplicación de cualquiera de las prohibiciones establecidas en este Reglamento;
  • transacciones con respecto a las cuentas en instituciones financieras en poder de las misiones diplomáticas, siempre que la transacción sea necesaria para que la misión pueda cumplir sus funciones diplomáticas en virtud de la Convención de Viena sobre relaciones diplomáticas, o las transacciones necesarias para mantener los locales de la misión si el diplomático la misión ha sido retirada temporal o permanentemente;
  • transacciones con cualquier organización internacional con estatus diplomático, agencias de las Naciones Unidas, el Movimiento Internacional de la Cruz Roja y de la Media Luna Roja, o con cualquier entidad que haya suscrito un acuerdo de donación o contribución con Foreign Affairs, Trade and Development Canada; y
  • transacciones realizadas por el Gobierno de Canadá que se estipulan en cualquier acuerdo o acuerdo entre Canadá y Venezuela.
Permisos y Certificados

Una Orden de Autorización de Permiso de Medidas Económicas Especiales (Venezuela) por separado,   conforme a la subsección 4 (4) de la  Ley de Medidas Económicas Especiales,  autoriza al Ministro de Asuntos Exteriores a otorgar a cualquier persona en Canadá y cualquier Canadá fuera de Canadá un permiso para llevar a cabo una actividad o transacción, o cualquier clase de actividad o transacción, que de otra manera esté restringida o prohibida de conformidad con el Reglamento.

Fondo

Después de las elecciones democráticas celebradas en diciembre de 2015, una coalición de partidos de oposición obtuvo la mayoría en la Asamblea Nacional, el gobierno de Venezuela procedió a despojar sistemáticamente los poderes de la Asamblea Nacional. En enero de 2016, el presidente Nicolás Maduro declaró el estado de emergencia y desde entonces ha dictado sentencia por decreto. Durante la primavera de 2017, Maduro creó una Asamblea Nacional Constituyente (ANC), que despojó a la Asamblea Nacional de sus poderes, elegida democráticamente y dirigida por la oposición. Los países de todo el mundo, incluido Canadá, se niegan a reconocer la legitimidad de la Asamblea Nacional Constituyente o cualquiera de sus decisiones.

Como resultado de la erosión sistemática del gobierno de las instituciones democráticas de Venezuela y sus graves violaciones de los derechos humanos, y en respuesta a la Asociación entre Canadá y los Estados Unidos que se formó el 5 de septiembre de 2017, que instó a sus miembros a tomar medidas económicas contra Venezuela y las personas responsables de la situación actual en Venezuela, el  Reglamento de Medidas Económicas Especiales (Venezuela)  entró en vigencia. El 22 de septiembre de 2017, Canadá enumeró a 40 personas vinculadas al régimen de Maduro y sus acciones contra la seguridad, estabilidad e integridad de las instituciones democráticas en Venezuela.

El 23 de noviembre de 2017, Canadá anunció sanciones específicas contra 19 funcionarios venezolanos bajo la Ley de Justicia para Víctimas de Funcionarios Extranjeros Corruptos. Estas personas son responsables, o son cómplices, de violaciones graves de derechos humanos reconocidos internacionalmente, han cometido actos de corrupción significativa, o ambos.

Las elecciones presidenciales de mayo de 2018 no cumplieron con los estándares internacionales para ser consideradas libres o justas. Como tal, el proceso y los resultados electorales fueron rechazados por Canadá y muchos socios afirman que carecen de transparencia, legitimidad y credibilidad. El 30 de mayo de 2018, en respuesta a una mayor erosión de las instituciones democráticas en Venezuela y la consolidación del poder del presidente Maduro a través de las elecciones ilegítimas del 20 de mayo de 2018,   se modificó el Reglamento de Medidas Económicas Especiales (Venezuela) para agregar catorce (14) adicionales. Individuos, elevando a 70 el número total de funcionarios venezolanos sancionados por Canadá.

El 10 de enero de 2019, Maduro se juró un segundo mandato basado en las elecciones ilegítimas y antidemocráticas de mayo de 2018. Su reclamación a la presidencia fue rechazada por Canadá, la comunidad internacional y la Asamblea Nacional de Venezuela, elegida democráticamente. ; el 15 de enero de 2019, la Asamblea Nacional declaró que Nicolás Maduro había usurpado los poderes presidenciales. El 23 de enero de 2019, el Presidente de la Asamblea Nacional, con base en el artículo 233 de la Constitución venezolana, asumió la presidencia interina de Venezuela. Hasta la fecha, más de 50 países, incluido Canadá, han reconocido a Juan Guaidó como Presidente Interino de Venezuela.

Desde entonces, el régimen de Maduro ha incrementado la persecución y la represión de sus opositores políticos y del pueblo venezolano. Sus acciones opresivas incluyen evitar que los suministros de ayuda entren a Venezuela; los arrestos generalizados de cientos de manifestantes en contra del régimen; censura y supresión de la libertad de expresión; el uso del poder judicial cooptado para perseguir a los líderes políticos y civiles que ejercen sus derechos civiles y políticos; y el asesinato extrajudicial de decenas de personas durante las protestas contra el régimen de Maduro.

Los actos represivos del gobierno venezolano han sido ampliamente criticados en informes de fuentes creíbles, incluido el Alto Comisionado de las Naciones Unidas para los Derechos Humanos; un Panel de Expertos Internacionales Independientes nombrado por el Secretario General de la Organización de los Estados Americanos; la Comisión Interamericana de Derechos Humanos; Amnistía Internacional; Observador de derechos humanos; y otros.

La enmienda del 15 de abril de 2019 agrega 43 individuos a los Reglamentos, la mayoría de los cuales son funcionarios de alto nivel del régimen de Maduro implicados en las acciones mencionadas anteriormente. La enmienda eleva a 113 el número total de individuos venezolanos sujetos a sanciones canadienses.


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