Por Yohana Marra
Las manifestaciones durante este mes han generado 538 arrestos en el
país, según la documentación del Foro Penal Venezolano entre el 4 y el 16 de
abril.
Muchas de estas detenciones, según la ONG, sucedieron bajo serias
irregularidades a las leyes. Actualmente, hay 241 jóvenes —en su mayoría— que
permanecen privados de libertad, el resto fue liberado o les otorgaron medidas
cautelares.
La asociación civil Espacio
Público brindó algunos pasos que deben tenerse en cuenta al momento de
ser detenidos por algún cuerpo de seguridad:
Para que una detención sea legítima debe ocurrir en flagrancia o a
través de una orden judicial:
En flagrancia: ocurre cuando un funcionario encuentra a una persona
cometiendo un acto delictivo. En ese caso, el organismo que realice la
detención deberá ponerlo a orden del Ministerio
Público (MP), dentro de las 12 horas siguientes. (Artículo 234 del Código
Orgánico Procesal Penal).
Orden judicial: el funcionario debe presentar este documento, en el
cual solicite la detención de una persona en concreto por estar vinculada con
la comisión de un delito. La orden judicial debe señalar el delito —o los
delitos— que se imputa, nombre y cédula del detenido, fecha de expedición de la
orden y firma del juez, indicando el tribunal al cual pertenece o si es de
control, o juicio.
- El detenido deberá ser presentado ante un tribunal de control penal, dentro de las 48 horas siguientes a la aprehensión, para la realización de la audiencia de presentación.
- En la audiencia de presentación, la Fiscalía deberá especificar las razones por las cuales se detuvo a la persona y el crimen que se presume cometió, junto con pruebas que lo justifiquen. La Fiscalía solicitará una medida cautelar si fuese necesario, que puede incluir si se continúa con la privación de libertad preventiva o alguna menos gravosa.
- El tribunal escuchará a la defensa y decidirá si continúa detenida o si se sustituye esta medida, tal como la presentación al tribunal cada cierto tiempo o prohibición de salida del país.
La guía práctica de Espacio Público aclaró que si se incumple alguna de
estas formas, o se realice ilegítimamente por el ejercicio de un derecho de la
persona, la detención será arbitraria.
¿Qué hacer en caso de una detención
arbitraria?
- Buscar a un abogado para la defensa, puede ser privado o un defensor público. Hay organizaciones que velan por los Derechos Humanos que disponen de abogados para estos casos.
- Verificar el cumplimiento de los procesos, para reclamar ante cualquier irregularidad.
- Exigir un examen médico forense para garantizar la integridad física del detenido.
- Hacer pública la detención arbitraria para que se genere presión.
Derechos del detenido
Una vez aprehendido también es importante conocer los derechos,
siempre recordando que ninguna persona puede ser arrestada sino en virtud de
una orden judicial, a menos que sea una autoridad judicial en un tiempo no
mayor de 48 horas, a partir de la detención.
- La persona puede ser juzgada en libertad, excepto por razones determinadas en la ley y apreciadas por el juez en cada caso.
- Todo detenido tiene derecho a comunicarse de inmediato con sus abogados, familiares o persona de confianza. Y ellos, a su vez, deben saber acerca del lugar donde lo mantienen, los motivos del arresto y debe quedar en expediente el estado físico y psíquico de la persona.
- La autoridad que ejecute la aprehensión está obligada a identificarse.
¿Qué hacer en casos de agresión?
Ante un ataque de un funcionario público debe hacerse una denuncia ante
el MP, el cual designará a una Fiscalía de derechos fundamentales para iniciar
la investigación.
- Es importante solicitar al Ministerio Público una orden de examen médico, ante la medicatura forense, que debe hacerse lo más rápido posible para evitar que se pierdan evidencias de las lesiones. Si es posible debe hacerse el mismo día.
- En caso de que se haya acudido a un hospital o clínica deberán consignarse exámenes médicos ante la Fiscalía, que ordenará su presentación ante la medicatura, para su validación.
- No es indispensable contar con un abogado ni con el consentimiento de la víctima. Cualquier ciudadano que tenga conocimiento de un hecho punible puede denunciarlo.
- La denuncia puede hacerse, también, ante un organismo policial, que deberá recaudar pruebas pertinentes y lo remitirá al MP.
Foto referencial: Francisco Bruzco
Fuente: Espacio Público
18-04-17
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