La Comisión Nacional de
Telecomunicaciones (Conatel) inició este martes un procedimiento sancionatorio
contra El Nacional Web por supuestamente "incumplir con la
Ley de Responsabilidad Social en Radio, Televisión y Medios Electrónicos (Ley
Resorte)".
En el procedimiento se
acusa al medio de "incumplir" el artículo 27 de la Ley de
Responsabilidad Social en Radio, Televisión y Medios Electrónicos así como en
el artículo 14 de la Ley Contra el Odio, por la Convivencia Pacífica y la
Tolerancia aprobada por la asamblea nacional constituyente, órgano considerado
fraudulento.
Conatel acusa a El Nacional
Web de “difundir mensajes que desconocen a las autoridades legítimamente
constituidas e incitar y promover el odio”.
Conatel inicia procedimiento
administrativo sancionatorio al “El Nacional Web”
por el presunto incumplimiento del artículo 27 de la Ley de Responsabilidad Social en Radio, Televisión y Medios Electrónicos.
por el presunto incumplimiento del artículo 27 de la Ley de Responsabilidad Social en Radio, Televisión y Medios Electrónicos.
A continuación el
comunicado completo:
Conatel inicia procedimiento
administrativo sancionatorio al medio electrónico “El Nacional Web” Este 22 de
mayo se notificó al medio electrónico "El Nacional Web" la apertura
de un procedimiento administrativo sancionatorio por presunto incumplimiento de
la Resorteme. La Comisión Nacional de Telecomunicaciones (Conatel) notificó
este 22 de mayo de 2018 el inicio de un procedimiento administrativo
sancionatorio al medio electrónico “El Nacional Web”, por el presunto
incumplimiento del artículo 27 de la Ley de Responsabilidad Social en Radio,
Televisión y Medios Electrónicos (Resorteme) al difundir mensajes que
desconocen a las autoridades legítimamente constituidas y además incitando, y/o
promoviendo el odio; ilícitos administrativos previstos en el artículo 27,
numerales 1, 4 y 5 citados en la misma ley, así como en el artículo 14 de la
Ley Constitucional Contra el Odio, por la Convivencia Pacífica y la Tolerancia.
Con base a ello, de conformidad con lo establecido en el numeral 1 del artículo
33 de la Ley de Responsabilidad Social en Radio, Televisión y Medios
Electrónicos, se acordó con carácter provisionalísimo, la aplicación de la
medida cautelar nominada, dirigida a abstenerse de publicar noticias y mensajes
que puedan atentar contra la tranquilidad de la ciudadanía, pudiendo generar
alteraciones en la población, al ofrecer información errada o infundada que, en
consecuencia, infrinja los supuestos establecidos en la Ley de Responsabilidad
Social en Radio, Televisión y Medios Electrónicos, así como la Ley
Constitucional Contra el Odio, por la Convivencia Pacífica y la Tolerancia. Con
el objeto de garantizar el derecho a la defensa y al debido proceso que ampara
a todos los administrados, se les otorgó diez (10) días hábiles para exponer
sus alegatos y defensas, y cinco (5) días hábiles para oponerse a la medida
acordada, todo ello de conformidad con la Ley de Responsabilidad Social en
Radio, Televisión y Medios Electrónicos. Finalmente, la Comisión Nacional de
Telecomunicaciones reitera una vez más su total apego a la Constitución de la
República Bolivariana de Venezuela, la Ley Constitucional Contra el Odio, por
la Convivencia Pacífica y la Tolerancia y a la Ley de Responsabilidad Social en
Radio, Televisión y Medios Electrónicos.
22-05-18
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