Páginas

miércoles, 15 de abril de 2015

¿A quién beneficia la propuesta de circunscripciones del CNE?, @puzkas


Por Eugenio Martínez, 14/04/2015


Lo hemos explicado en posts anteriores: la Ley Electoral establece varios tipos de circunscripciones. Para la elección de Presidente de la República, la circunscripción es todo el territorio nacional. En el caso de los comicios para elegir a gobernadores, la circunscripción es el estado o la entidad federal. Y para las elecciones de alcaldes son cada uno de los municipios. Sin embargo, en el caso de los cuerpos deliberantes las circunscripciones se definen de acuerdo con el tipo de elección. En las parlamentarias, las circunscripciones son de dos tipos. La primera es la Elección Estadal (conforme a la división político territorial) y los diputados se eligen por listas cerradas y bloqueadas: los electores no votan por un candidato, sino por la tarjeta de un partido. Y la segunda es la Elección Nominal, que corresponde a las circunscripciones que se crean dentro de los estados uniendo municipios, parroquias y nuevas unidades territoriales (como las Comunas, aunque no estén previstas en la Constitución Nacional). Y esas Circunscripciones Nominales pueden ser de dos tipos: uninominales (cuando se escoge un solo diputado) o plurinominales (cuando se escogen dos o más diputados).

1. ¿Cómo se calcula cuántos diputados integran una circunscripción?
Según el numeral 3 del Artículo 19 de la Ley Electoral, para la conformación de las circunscripciones electorales se determinará un Índice Poblacional:

“a tales fines se establecerá la población estimada en los estados, Distrito Capital, municipios o ámbito territorial de conformidad con lo establecido en la Ley. Dicha población estimada se dividirá entre el número de cargos a elegir nominalmente, la cifra resultante será el índice de la población correspondiente”

Por otra parte se establece que:
“A los fines de que en cada estado, distrito o municipio los cargos nominales a elegir se correspondan con los índices poblacionales establecidos para la conformación de las circunscripciones electorales, se podrán agrupar municipios o parroquias contiguas y continuas, hasta alcanzar el índice correspondiente o múltiplo de éste. De conformidad con lo establecido en la presente Ley, el CNE establecerá las circunscripciones electorales, aplicando con mayor precisión posible los índices poblacionales”.

2. ¿En qué consisten los cambios propuestos?
El proyecto de circunscripciones ratifica el incremento en la cantidad de diputados que integran la Asamblea Nacional de 165 a 167 parlamentarios. Adicionalmente, elimina uno de los dos diputados que se escogen en la Circunscripción 2 del estado Miranda (Chacao, Baruta, El Hatillo y la parroquia Leoncio Martínez) en contraste con la Circunscripción 6 de la entidad, que engloba los municipios que integran los Valles del Tuy. También disminuye la cantidad de diputados por listas que se eligen en Distrito Capital e incrementa el número de parlamentarios a elegir en la Circunscripción 6 del estado Aragua, la Circunscripción 1 de Barinas y la Circunscripción 1 de Guárico.

3.¿Son definitivas estas circunscripciones de votación?
No. Faltan pasos. Los cambios en la cantidad de diputados que se escogerán en las elecciones parlamentarias están relacionados con el Índice Poblacional que calcula el Instituto Nacional de Estadística. Este índice es el insumo básico para que el CNE construya las circunscripciones de votación. El proyecto elaborado por los técnicos de la Junta Nacional Electoral todavía debe ser aprobado por los cinco rectores del organismo comicial. Además, antes de que los rectores discutan sobre este proyecto, la mayoría simple de los diputados de la Asamblea Nacional deben cumplir con la formalidad de aprobar el Índice Poblacional elaborado por el INE.

4. ¿Cómo usa el CNE el Índice Poblacional?
Para calcular la cantidad de diputados que deben elegirse en cada circunscripción, el Artículo 19 de la Lopre da lugar a que exista un “Promedio de Diputados por Habitante” (PDH). Esto significa que el PDH para crear una circunscripción uninominal debe ser igual a 1. Pero cuando el PDH en la circunscripción es igual a 2, entonces deberían elegirse dos diputados. Ahora bien: cuando el PDH es superior a 1,5 se eligen dos diputados, lo que evidentemente se traduce en un error pues el segundo diputado estaría siendo electo con un PDH que, en la práctica, es inferior a la unidad.

5. ¿Por qué El Hatillo, Baruta y Chacao elegirán un diputado menos?
En la propuesta de circunscripciones del CNE se indica que la Circunscripción 2 que integran los municipios El Hatillo, Baruta y Chacao y la parroquia Leoncio Martínez del municipio Sucre (del estado Miranda) se elige sólo 1 diputado. En las elecciones parlamentarias de 2010 se eligieron en esta circunscripción dos diputados nominales, pues según el Índice Poblacional del INE en estos tres municipios y la parroquia del municipio Sucre habitaban 546.352 ciudadanos. Esta cantidad de habitantes provocaba que existiera un PDH de 1,63. No obstante, para la elección parlamentaria de 2015 el INE calcula que en estas jurisdicciones habitan 460.952 personas, lo que se traduce en un PDH de 1,39.

6. ¿Dónde están esas 85.583 personas que según el INE no están en la circunscripción 2 de Miranda?
No existe una respuesta concreta para esta pregunta. No obstante, el descenso en los habitantes de esta zona del Este de la ciudad capital contrasta con el crecimiento en la zona de los Valles del Tuy. Por esta razón, en el estado Miranda se continuará eligiendo la misma cantidad de diputados que en 2010.

7. ¿Dónde irá ese diputado de la Circunscripción 2 del estado Miranda?
Según el INE, la Circunscripción 6 del estado Miranda (conformada por los municipios Simón Bolívar, Lander, Urdaneta y Cristóbal Rojas) debe escoger ahora dos diputados. Según el Índice Poblacional del INE, en esta circunscripción aumentó la población de 428.032 personas en 2010 (con un PDH de 1,28) a 552.494 en 2015 (con un PDH de 1,66).

8. ¿Por qué Distrito Capital pierde un diputado?
En 2010, en el Distrito Capital se escogieron tres diputados tipo lista. De esos tres diputados, por la aplicación del principio de representación proporcional, le correspondieron dos diputados a la oposición y uno al PSUV. No obstante, en 2015 sólo se elegirán dos diputados tipo lista, lo que implica que el principio de representación proporcional debería corresponder de estos dos diputados uno a la oposición y otro al chavismo.

9. ¿Cuáles regiones escogerán más diputados?
Son tres las entidades que en 2015 escogerán un diputado más que en 2010. Son los casos de Aragua, Guárico y Nueva Esparta. En el caso de Aragua, el diputado adicional se elegirá en la Circunscripción 6 de la entidad conformada por los municipios San Casimiro, Urdaneta, Camatagua, San Sebastián, Zamora y Sucre. Según el Índice Poblacional del INE, la cantidad de habitantes en estos seis municipios pasó de 371.933 ciudadanos a 411.261 personas, por esta razón pasaran de escoger un diputado a elegir dos representantes ante la Asamblea Nacional.

En el caso de Nueva Esparta, se mantiene la división de dos circunscripciones que se usó en 2010. No obstante, hace cinco años se eligió un diputado nominal en cada circunscripción. Mientras en 2015 la Circunscripción 1 de la entidad, conformada por los municipios Península de Macanao, Tubores, Díaz Gómez, Antolín del Campo, Marcano y Villalba, elegirá dos diputados. Según el INE, en 2010 vivían en estos 7 municipios 231.772 personas. Ahora lo hacen 279.095 ciudadanos. Hace cinco años la oposición ganó en ambas. No obstante, mientras en la Circunscripción 2 lo hizo por 29.548 sufragios, en la Circunscripción 1 la diferencia fue de apenas 2.785 votos.

El otro estado que ganará representación en la próxima Asamblea Nacional será Guárico, que pasará de escoger cinco diputados a seleccionar seis parlamentarios. En este caso, el diputado adicional se escogerá en la Circunscripción 1 de la entidad, que está conformada por los municipios Roscio, Ortiz, Mellado, Miranda, Camaguan y San Gerónimo de Guayabal. En 2010 esta circunscripción tenía 386.371 habitantes y elegía un diputado nominal. Para 2015 tendrá 409.911 habitantes y elegirá dos diputados nominales. Hace cinco años el chavismo obtuvo 57,9% de los sufragios válidos en esta circunscripción.

El proyecto de circunscripciones también incluye cambios en la distribución de diputados representantes del estado Barinas. En 2010 esta entidad estuvo dividida en dos circunscripciones que elegían, cada una, a dos diputados. No obstante, para 2015 en la Circunscripción 1 del estado se escogerán 3 diputados y sólo un parlamentario en la Circunscripción 2. ¿En que se diferencian ambas circuncripciones? Ademas del PDH, los resultados electorales de 2010 indican que mientras el chavismo ganó en la Circunscripción 1 con un margen superior a los 30 mil votos, en la Circuncripción 2 apenas obtuvo la victoria por un margen de 300 votos.

10. ¿Qué tanto benefician al chavismo estos cambios?
Aumentar el quórum de la Asamblea Nacional a 167 diputados aumentará en un diputado el número mínimo de integrantes para que una fuerza política obtenga la mayoría simple y la mayoría calificada del Parlamento.

De entrada, la oposición pierde dos puestos salidores como el segundo diputado en la Circunscripción 2 de Miranda y posiblemente el tercer diputado lista de Distrito Capital. No obstante, podría compensar estas pérdidas con el diputado adicional que se escogerá en la Circunscripción 1 de Nueva Esparta.

La proyección de votos de 2010 sugiere que la oposición podría salir muy perjudicada por los cambios. No obstante, las encuestas por circunscripciones del último mes sugieren que el panorama no es tan desolador para los adversarios del chavismo.



No hay comentarios:

Publicar un comentario

Para comentar usted debe colocar una dirección de correo electrónico