Por Adriana Vigilanza 23 de abril de 2015
@adrianavigi
La denuncia
de fraude electrónico en Venezuela, hecha por el periodista Emili Blasco en su
libro “Bumeran Chávez” y reseñada en el ABC de España hace unos días (ver: http://www.abc.es/internacional/20150420/abci-venezuela-elecciones-votos-falsos-201504191837.html),
nos motivó a escribir este artículo.
En los dos últimos
comicios presidenciales venezolanos, el ahora ex Rector del Consejo Nacional Electoral (“CNE”), Vicente Díaz y las
Rectoras repitientes, Sandra Oblitas
y Tibisay Lucena, han venido insistiendo en declarar a la prensa que el voto en
Venezuela es electrónico, razón por lo cual,
dicen ellos, los comprobantes físicos o “papeleta” que emite cada máquina Smartmatic, no cuentan para el
escrutinio.
Con motivo
de la solicitud de Henrique Capriles de que el CNE le mostrara al menos los
cuadernos de votación, en las pasadas elecciones presidenciales del 14 de abril
de 2013, Sandra Oblitas, por ejemplo, dijo:
“(…) El
Consejo Nacional Electoral en aras de preservar la paz, la calma en el país,
acordó el jueves ampliar la fase dos de la verificación ciudadana, esta
auditoría no es un reconteo de votos ni tiene como objetivo la revisión de los
resultados, los votos que son
expresión soberana de los venezolanos y venezolanas, que se pronunciaron el domingo están en la máquina de votación (…)”
Ver: http://impactocna.com/?p=98243
“(…) La posibilidad de cambiar los resultados es
ninguna (…)”Ver: http://operaciontransparencia.wordpress.com/2013/04/21/oblitas-han-hecho-circular-falsas-expectativas-sobre-auditorias/comment-page-1/#comment-394
El Rector Vicente
Díaz, por su parte, declaró que:
“(…) no se llevará a cabo un reconteo de votos,
porque en Venezuela “el voto es
electrónico” y afirmó que la
auditoría “no supone una revisión exhaustiva de los cuadernos de votación
(…)” Resaltados nuestros. Ver: http://www.lapatilla.com/site/2013/04/26/vicente-diaz-habla-desde-el-cne/
Y la
Presidente del CNE, Tibisay Lucena, declaró casi en idénticos términos, cuando
afirmó:
“(...)
No se trata la decisión que tomó el Consejo Nacional Electoral de un reconteo
de votos, el ‘conteo de votos’ como han llamado, es un escrutinio en Venezuela
que es automatizado. Los votos, esa
expresión soberana de los venezolanos que se expresaron el día domingo están en
la máquina de votación, allí es donde están los votos”, dijo Lucena
durante la juramentación del presidente Nicolás Maduro ante la Asamblea
Nacional (…)” resaltado nuestro. Ver: http://www.noticierovenevision.net/politica/2013/abril/19/62012=tibisay-lucena-reitera-que-sistema-electoral-de-venezuela-es-robusto-y-transparente
Para
las elecciones Presidenciales de 2006[1]
hubo un posicionamiento similar, de pare del CNE, plasmado a través de la Resolución No. 061011-0873, de fecha 11 de octubre de
2006, contentiva del “Instructivo sobre el Procedimiento de Auditoría del
Sistema Automatizado de Votación y Escrutinio”,
que textualmente decía “(…) bajo
ningún concepto la auditoría se considerará escrutinio, ni forma parte de ese
acto (…)”. Tal cosa fue
calificada de “exabrupto electoral” por la abogado Ana Mercedes Díaz, Exdirectora
de Partidos Políticos del CNE, quien presentó una denuncia formal contra tal
exabrupto, mediante denuncia de fecha 3 de diciembre de 2006, en la cual dijo
“(…) el VOTO FISICO no es un simple
comprobante, como se ha pretendido hacerle creer a los venezolanos (…)”. En
dos platos, no es verdad, como dice el CNE, que “lo que cuenta” es lo que queda
en una máquina, es decir, lo electrónico, lo intangible. Eso, aparte de ser una estupidez, contradice la
Constitución de 1999 y representa una clara
violación a un derecho humano. Veamos por qué:
La Constitución de la República Bolivariana de Venezuela (“CRBV”) dispone
en su PREÁMBULO que ella se decreta “con el fin supremo de refundar la
República para establecer una sociedad democrática, participativa y protagónica
… que consolide los valores de la libertad, la independencia, la paz, la
solidaridad, el bien común, la integridad territorial, la convivencia y el
imperio de la ley …”. Resaltado nuestro. Además, la misma Constitución señala
en su artículo 5 que la soberanía
popular, declarada intransferible, es la fuente de la cual deben emanar
los titulares de los órganos del Poder Público del Estado:
“Artículo 5. La soberanía reside intransferiblemente en
el pueblo, quien la ejerce directamente en la forma prevista en esta
Constitución y en la ley, e indirectamente, mediante el sufragio, por los
órganos que ejercen el Poder Público.
Los órganos del Estado emanan de la soberanía popular y a ella
están sometidos”. Resaltados nuestros.
Por
su parte, la Declaración Universal de
los Derechos del Hombre, adoptada y
proclamada por la Asamblea General de la Organización de las Naciones Unidas
(“ONU”), en Resolución 217 A (III), del 10 de diciembre de 1948 y suscrita por Venezuela,
también establece que:
“Artículo
21º: (…) 3. La voluntad del pueblo es la
base de la autoridad del poder público; esta voluntad se expresará mediante
elecciones auténticas que habrán de
celebrarse periódicamente, por sufragio
universal e igual y por voto secreto u otro procedimiento equivalente que garantice la libertad del voto”.
Resaltados nuestros.
Asimismo, el
“Pacto Internacional de Derechos Civiles
y Políticos”, adoptado por la Asamblea General de la Organización de las
Naciones Unidas, en su Resolución 2200 A (XXI), de 16 de diciembre de 1966,
establece:
“Artículo 25: Todos los ciudadanos
gozarán, sin ninguna de las distinciones mencionadas en el artículo 2, y sin restricciones
indebidas, de los siguientes derechos y oportunidades (…)
(…) b) Votar y ser elegidos en elecciones
periódicas, auténticas, realizadas
por sufragio universal e igual y por voto secreto que garantice la libre expresión de la voluntad de los electores. (…)”.
Resaltado nuestro.
Además, el Artículo
294 de la CRBV dice expresamente que tanto el acto de votación, como los
escrutinios, deben ser transparentes. Un
circuito electrónico será cualquier cosa, menos transparente para los electores.
De hecho,
estos argumentos que para nosotros los venezolanos son de simple deducción
partiendo de normas constitucionales como las citadas, fue lo que llevo a la
Corte Suprema de Justica a declarar que en Alemania la Constitución prohíbe el
uso de máquinas para votar. A raíz de una demanda presentada por el físico
Ulrich Wiesner, la Corte Alemana basó su conclusión en dos argumentos: 1) No
debe haber ningún elemento tecnológico que se interponga entre el elector y su
voto y 2) El escrutinio o conteo de votos debe ser público y los conteos de
votos hechos dentro de máquinas, no lo son. Ver:
https://www.youtube.com/watch?v=Jt4LYYgtv5o.
Como se ve,
para que el voto cumpla con su finalidad última, cual es ser instrumento eficaz
para elegir y por lo tanto, de materializar la soberanía popular, debe cumplir
con varios requisitos. Entre ellos, debe ser libre. Y para que esa libertad
exista, es el ciudadano quien debe entender,
sin ayuda de nadie, por sus propios medios, cuál fue su voto. Por eso,
cuando en Venezuela se instituye el voto electrónico, la compañía
norteamericana que diseñó y construyó las máquinas de votación se cuidó de
hacerlas capaces de emitir una papeleta, que es la expresión física del voto y
que por supuesto, tiene máximo valor probatorio de cuál fue la voluntad del
elector y por ende, de la soberanía popular.
Para que el
voto sea libre, no solamente hace falta que no exista coerción. Hace falta,
también, que la voluntad del elector quede física y fehacientemente plasmada en
un instrumento capaz de ser percibido y comprendido por los sentidos humanos,
en especial, el sentido de la vista. Si
a un elector se le impidiera ver su voluntad materializada en un elemento
físico, que él pueda verificar, simplemente se le estaría privando del derecho
al voto.
Un sistema
de votación que elimine toda eficacia probatoria a las papeletas físicas, sería
un sistema donde los electores habrían transferido a terceros –los técnicos que
programan las máquinas, los miembros de un partido que dice auditarlas o al
Plan República que las “cuida”- o a esas máquinas mismas, la soberanía popular.
Y eso, al menos en Venezuela, no es posible, ya que según hemos dicho, la
Constitución declara la soberanía popular como intransferible y al acto de
escrutinio, como transparente.
Es precisamente por lo antes dicho
que el legislador contempló, además del voto electrónico, la necesaria verificación ciudadana de ese
voto, a través del conteo de papeleteas físicas. Esto lo contempla la Ley
Orgánica de Procesos Electorales, así:
“TÍTULO XI
AUDITORÍAS
Definición
Artículo 156. La auditoría es la verificación de todos aquellos recursos materiales,
tecnológicos y datos utilizados en la ejecución de las distintas fases del
proceso electoral, para que éstos
garanticen la transparencia y confiabilidad de dicho proceso. Las auditorías
podrán aplicarse al conjunto o algunas de las fases del proceso electoral (…).
Artículo 159. El proceso de auditoría posee dos fases:
La auditoría electoral y la verificación ciudadana.
Auditabilidad
del sistema electoral
Artículo 160. La
auditoría electoral garantizará la auditabilidad del sistema electoral
automatizado y comprenderá la certificación de los procesos del sistema
electoral automatizado en cada una de
sus fases.
Certificación
del sistema electoral automatizado
Artículo 161. Con la
auditoría electoral se certificará la legalidad y confiabilidad del proceso del
sistema electoral automatizado.
Verificación
de los comprobantes de votación
Artículo 162. La verificación ciudadana del cierre de
la votación, se efectuará mediante la revisión de los comprobantes de
votación con relación a los datos contenidos exclusivamente en el acta del acto de
votación elaborada por los miembros de mesa (…)”.
Artículo 441 (Reglamento de la LOPRE).- La Verificación Ciudadana
se efectuará con arreglo al presente procedimiento:1. Finalizado el acto de escrutinio, transmitidos los datos, impresos los
ejemplares de las Actas de Escrutinio, por tipo de elección, y suscritas las
Actas de Escrutinio; las presidentas o presidentes de la Mesas Electorales
anunciarán a viva voz el inicio del
procedimiento de Verificación Ciudadana. 2. Seguidamente, las presidentas o
presidentes de las Mesas Electorales, seleccionarán por sorteo la o las Mesas
Electorales a verificar”. (Resaltado nuestro)
Pues bien, esa verificación, que la ley considera
imprescindible, es el único acto que
refrenda la soberanía popular, pues es
el único momento, aparte del acto del voto en sí, cuando el ciudadano común
adquiere protagonismo en el proceso de votación. Por eso, porque la verificación ciudadana es
una parte del proceso complejo de la votación y lo único que le da transparencia al escrutinio, cuando se vota con
máquinas, si esa verificación no se logra, el proceso en el correspondiente
centro de votación, es nulo.
Cualquier
ciudadano, aun cuando sea lego en materia de computación, sabe que las máquinas no se programan solas y que
harán todo aquello que el hombre que las diseña y programa determine que ellas
hagan. Por ejemplo, en el marco de las últimas elecciones presidenciales de
Estados Unidos, una máquina de voto electrónico en Pennsylvania debió ser
retirada luego de que un votante denunciara por medio de un video que la
máquina insistía en elegir la opción del candidato republicano Mitt Romney,
pese a marcar la opción del candidato demócrata y actual presidente de Estados
Unidos, Barack Obama. El denunciante –un desarrollador de software– aseguró que
cuando fue a votar seleccionó Obama en la pantalla táctil, pero se marcó la
opción Romney. Tras comprobar que no se debía a un error humano, comenzó a
revisar sistemáticamente la máquina para ver si era un problema de calibración
y notó que era imposible seleccionar la opción del actual presidente, pues el
área activa de la opción de Romney llegaba hasta la casilla de Obama, mientras
que los otros dos candidatos se podían seleccionar sin problemas. El votante subió el video
donde demostraba la falla, al conocido portal de internet (web) “www.YouTube”. Ver: http://www.fayerwayer.com/2012/11/denuncian-que-maquina-de-voto-electronico-en-ee-uu-cambia-la-eleccion-de-obama-por-romney/
Lo importante de esta noticia es
destacar que las máquinas pueden tener desperfectos –accidentales o
intencionales- que cambien la voluntad
del elector.
Visto todo lo
que antecede, las que carecen de todo valor, por irracionales,
inconstitucionales y porque atentan contra un derecho humano, son las antes
citadas opiniones de los Rectores del CNE, que por cierto contrastan dramáticamente
con lo que declaró el ex Rector del CNE, Jorge
Rodríguez, de las elecciones primarias de la oposición, del 12 de Febrero de
2012 http://www.noticiasextra.com/articulo.php?post=jorge-rodriguez-dio-importancia-a-cuadernos-de-votacion&cod_art=3369&cook=0sj1ac342p8oubmtufq0t9e2d4,
como se puede ver en el siguiente video:
http://www.youtube.com/watch?v=tZW_M4gEpPw,
que de seguidos trascribimos:
“(…) ¿Cómo
se audita? ¿Cómo se audita una elección? Te pongo un ejemplo: El Centro Carter
y la OEA, le propusieron al CNE, como una propuesta de la oposición, y se hizo
esa auditoría, la hizo el Centro Carter. ¿Qué comparó el Centro Carter? Comparó las boletas emitidas por las máquinas
de votación, con los cuadernos de votación, para certificar, verdad, que el número de votantes aparecía reflejado
en el Acta de Votación (…) hipótesis, yo creo que hay como 748.000 votos
que nunca sabremos si en verdad fueron emitidos o fueron (golpea escritorio
como si pulsará la máquina de votación) o fueron varias cédulas mandado a votar
por distintas partes, o fueron “yo no me mojé el dedo aquí, entonces
voy a votar aquí, o aquí o allá….” o cualquiera de esas opciones, que vulnerará el principio de 1 elector, 1
voto. Eso, yo creo que fue lo que pasó (…)”. http://www.youtube.com/watch?v=LNn_g0Iegnk
En resumen:
la soberanía se ejerce a través del voto
y tanto ella como el voto, son intransferibles. Los órganos del Poder Público,
como el CNE (Poder Electoral), quedan sometidos a lo que el elector pudo
constatar por sus propios sentidos y no al revés. Los meros resultados que arrojan las máquinas Smartmatic, compradas a un altísimo costo por el CNE a una
nobel empresa que las estrenó en Venezuela[2]
están lejos de ser como la santísima Trinidad: un dogma de fe. Si la boleta que representa el voto no sirve
sino para los ojos del elector en el momento de obtenerla y para más nada,
¿cómo es que disponer de ella es considerado por el propio CNE un delito
electoral?,
Por
supuesto que para evitar el fraude electrónico, lo más fácil y menos costoso
para todos sería la apertura del 100% de las urnas donde se depositan las
boletas o papeletas, con su conteo manual y no abrir solamente las urnas que
salgan sorteadas, aunque sea en el porcentaje cercano al 50% de las urnas que
dispone un instructivo electoral, ahora. Eso sería más transparente y rápido y
no requiere sino de un cambio en un instructivo, no en una “ley”, como
equivocadamente lo planteó el periodista Eugenio Martínez, en entrevista que le
hicieran Globovisión, en el año 2012.
Y más
cuando ya se sabe de “Coordinadores de Centro” (figura que no está en la ley y
que el CNE escoge a su leal saber y entender, sobre todo por lo de “leal” a cierto partido), que inducen a que ese
sorteo se realice al principio del proceso, de manera que bien temprano ya se
sepa cuál urna se abrirá y cual no. Esto
fue denunciado por el Movimiento Independiente Democrático del Táchira (“MID”),
que atribuye la victoria opositora de esa entidad, en la elección del
Gobernador Pérez Vivas en el año 2008, a no haber permitido ese sorteo
anticipado. El MID denunció ante el
candidato opositor, Henrique Capriles, en el año 2013, lo siguiente:
“(…) La
aplicación de este articulo 441 FUE IMPEDIDA de manera
desvergonzada en la última elección de gobernadores en el Edo. Táchira a tal
punto que el Plan Republica sacaba de las mesas bajo amenaza a nuestros
testigos cuando se opusieron a los sorteos previos antes de imprimir los
resultados. En el resto del país la verificación
ciudadana se realizó solo en el 6% de las mesas (…)”
La votación en Venezuela a través de máquinas, para considerar
como voto válido solamente al circuito electrónico que se origina el pulsar una
opción en la pantalla de esa máquina, viola el derecho humano al voto libre y
elimina la garantía constitucional del escrutinio transparente.
Nuestro principal problema es que los asesores electorales de
nuestra oposición no aceptan esto y defienden la tesis de la validez única del
voto electrónico. Confían en un ente absolutamente parcializado por el
oficialismo, como lo es el CNE y en el llamado “Plan República”, custodio de las
máquinas y del proceso de votación, compuesto por militares, aduciendo que “no se
tienen ninguna evidencia que haga pensar que esos militares adulteren los software
de las máquinas, una vez auditadas por la oposición”. Esa fue la declaración de
Félix Arroyo, Coordinador de Movilización de Acción Democrática (“AD”), a la
periodista Shirley Varnagy, por Globovisión. Extrañamente, Arroyo ha firmado y aprobando
“auditorías” electorales como representante de un “partido” llamado ORA, no por AD. Y esa declaración fue en el 2012, cuando el
Ministro de la Defensa de entonces, militar de apellido Molero, se había
declarado públicamente, chavista y amenazó con "darle en la
madre a la oposición.
Cosas veredes, Sancho….
@adrianavigi
[1] Estas máquinas se usaron por primera vez en
Venezuela para la votación presidencial de 2006, cuyos resultados fueron objeto
de serios análisis estadísticos que determinaron que los resultados numéricos
obtenidos violaban la ley de “Benford” y por ende, se traba de números
fabricados artificialmente, con ínfima probabilidad estadística de haber sido
la realidad. Ver: http://www.venezuelavetada.com/2012/05/fraude-electoral-en-2012-31512.html
[2] Las máquinas Smartmatic se usan ya en casi toda América Latina. Como se anuncia en su página
web, están en Barbados, México, Taiwán y en varias ciudades de los EEUU, como
Boca Ratón, Nueva York, Denver, Chicago y California). Según declara la propia
empresa, entre sus clientes hay más de 400 condados distribuidos por todo EEUU
(directamente o a través de su subsidiaria, Sequoia Voting Systems). No está al
alcance de ningún venezolano saber quiénes son los accionistas de tan exitosa
empresa, cuyo crecimiento es tan vertiginoso que uno llega a sospechar que uno
de ellos podría ser Bill Gates. Quien desee más información, puede escribirle a
press@smartmatic.com. Sobre las denuncias que existen en EEUU por el
uso de voto electrónico, ver: http://www.washingtonsblog.com/2012/11/videos-of-vote-fraud-pour-in-from-both-liberal-and-conservative-sources.html
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