Por Eugenio G. Martínez
La interpretación rápida de
los lapsos sugeridos (aunque no definitivos) por la Presidente del Consejo
Nacional Electoral, Tibisay Lucena, indican que es imposible realizar la
consulta popular de mandato antes del límite constitucional del 10 de enero de
2017.
Según el cronograma
tentativo presentado por Lucena, no será sino hasta el 16 de septiembre cuando
el organismo comicial se pronuncie sobre la pertinencia de la solicitud de
activación del referendo revocatorio que presentó la oposición venezolana el pasado
2 de agosto.
Al momento de redactar este
texto no existe explicación oficial de por qué la decisión del CNE sobre la
solicitud del revocatorio se anunciará entre el 14 y 16 de septiembre, cuando
el Artículo 21 de las Normas para Regular la Promoción y Solicitud de
Referendos Revocatorios establece que el CNE dispone de
hasta 15 días continuos para realizar el análisis del documento de solicitud de
la consulta popular de mandato.
Si la oposición entregó la
solicitud de activación de revocatorio el 2 de agosto y existen 2 días hábiles
para subsanar recaudos, el lapso de 15 días continuos debía comenzar el 5 de
agosto.
No obstante, tomando como
punto de partida el 16 de septiembre (y considerando que el Artículo 24 de las
referidas normas le confiere hasta 15 días hábiles, a partir del anuncio de
procedencia de la petición para definir los aspectos técnicos de la
recolección), la jornada para recolectar las firmas equivalentes al 20% de los
electores inscritos en el Registro Electoral podría celebrarse durante la
última semana del mes de octubre.
Antes de la exposición de la
presidenta del CNE, se había informado extraoficialmente que los cronogramas
técnicos del organismo situaban preliminarmente esta actividad para los días
25, 26 y 27 de octubre.
Según el Artículo 28 de las
normas, el CNE tiene hasta 15 días hábiles para para verificar si la oposición
cumplió con el requisito de contar con el aval de 20% de los electores, que son
aproximadamente 4 millones de personas. Este lapso es innecesario si se
considera que para el proceso del 20% se desplegará la plataforma biométrica
del organismo comicial, lo que significa que los rectores pueden conocer en
cuestión de horas si se cumplió o no con el límite de manifestaciones de
voluntad exigidas en el Artículo 72 de la Carta Magna.
Si el CNE certifica que la
oposición cuenta con el aval de aproximadamente 4 millones de personas, tendrá
tres días para convocar el revocatorio y hasta noventa días para organizarlo.
Si se toman estos lapsos máximos, el referendo a Maduro no podría realizarse
antes del 18 de febrero de 2017. No obstante, como bien explicó la presidente del
organismo comicial, cuando se ha requerido el Poder Electoral ha organizado
eventos de ámbito nacional en menos de cuarenta días. El ejemplo más reciente
es la elección presidencial sobrevenida de 2013, que se logró organizar en 37
días por el trabajo técnico previo que se ejecutó para los comicios
presidencial de octubre de 2012 y las elecciones regionales de diciembre de ese
año.
Tomando los precedentes
técnicos de 2007, 2009 y 2013 (y considerando que el CNE ya tiene adelantados
algunos procesos importantes, como la selección de miembros de mesa y su
notificación), si se cuenta con la colaboración técnica del organismo comicial
sería factible realizar el revocatorio antes del límite constitucional del 10
de enero de 2017.
1. ¿Por qué no estuvo
presente el rector Luis Emilio Rondón
en la exposición de Tibisay Lucena?
Según explicó, el Presidente de la Comisión de Participación Política y
Financiamiento se opuso a la decisión de ubicar
preliminarmente la recolección de firmas durante la última semana de octubre
porque “se pudo fijar una fecha anterior, si las actividades para la preparación
técnica y logística de las máquinas se iniciaran en la segunda quincena de
agosto” (como lo propuso en la sesión del día lunes 8 de agosto) “y no a partir
de la primera quincena de septiembre”, como acordaron Lucena, la vicepresidenta
Sandra Oblitas y las rectoras Socorro Hernández y Tania D’ Amelio)
Rondón argumentó que “estos
38 días para el alistamiento de la plataforma tecnológica, que se incorporaron
al cronograma, son más que suficientes para el despliegue de la totalidad de la
infraestructura de los más de 14 mil centros de votación con los que cuenta el
CNE para garantizar a los venezolanos el ejercicio de sus derechos políticos”.
Rondón, también presidente
de la Copafi, reiteró en su declaración que no existe “ningún impedimento
jurídico, tecnológico o logístico para que se cumpla con la ejecución del
procedimiento de solicitud de revocatorio una vez cubiertos los extremos de la
norma”. Además, dij oque “la voluntad de cumplir con nuestro deber
constitucional como ente rector de los procesos electorales es fundamental (…)
Aun así vimos cómo 5 días para constatar el 1%, previstos en el artículo 10
numeral 5 de la resolución nombrada, se convirtieron en más de treinta días”.
Según Rondón “el CNE debe
actuar en el marco del principio de celeridad que obliga la norma para cumplir
con su deber constitucional de garantizar que los venezolanos puedan expresar
oportunamente su voluntad”.
2. ¿Por qué Lucena no
divulgó antes
un cronograma del proceso?
un cronograma del proceso?
La mayoría de las rectoras
se negaron a esta petición reiterada. Sin embargo, en su declaración, Rondón le
recordó a Tibisay Lucena que:
“la inexistencia de un
cronograma desde el momento de la solicitud de la activación del revocatorio ha
lesionado el principio de imparcialidad que debe garantizar el ente y ha ido en
detrimento de la igualdad que debe existir entre las partes. Por eso insistí en
la divulgación previa de un calendario integral de las tres fases de la
solicitud del revocatorio: promoción, recolección del 20% y realización del
referendo”
3. ¿La oposición comenzó el
proceso del revocatorio
en abril, tal como indicó Lucena?
en abril, tal como indicó Lucena?
No. El actual proceso merece
recordar algunos temas: aunque la Presidente del CNE insiste en el conocimiento
público de la normativa, es necesario acotar que durante el año 2007 el CNE
aprobó realizar referendos revocatorio regionales en diez estados. Y para
regular aquellos procesos se emitió la resolución del 7 de febrero de 2007
Número 070207-036 con las Normas para Regular el Procedimiento de
Promoción y Solicitud de Referendo Revocatorios de Mandatos de Cargos de
Elección Popular. Y el 27 de marzo se aprobó la resolución número 070327-341,
que contiene la normas definitivas para regular los Referendos
Revocatorios. Sin embargo, el 6 de septiembre de aquel año los
rectores decidieron aprobar la resolución número 070906-2770, la cual contiene
las referidas Normas para Regular la Promoción y Solicitud de
Referendos Revocatorios, y con eso derogaron los instructivos
anteriores.
Esta resolución apareció en
la Gaceta Electoral 405 del 18 de diciembre de ese año. Y esta norma, aunque
aprobada hace 9 años en ausencia de la Ley de Referendos, nunca había sido
aplicada.
La oposición entregó la
primera petición de inicio del proceso el 9 de marzo de 2016. Entre esta fecha
y el 12 de abril, la MUD presentó cuatro peticiones distintas. La última
incluía firmas de 2.040 electores que en asambleas de ciudadanos facultaban a
la directiva de este partido a solicitar la recolección de firmas de 1%. Este
requerimiento no está contemplado en las normas publicadas en la Gaceta
Electoral 405.
Como se indicó en anteriores post de Prodavinci, aunque
la presidenta del CNE asegure que la MUD incurrió en errores que generaron el
retraso de este primer trámite administrativo, se debe también recordar que el
organismo no fue diligente en ofrecer respuestas. Y se coloca como ejemplo la
sesión del 17 de marzo, en la cual los rectores debían decidir sobre el
contenido de la primera comunicación de la MUD. Aquella sesión no se celebró
por la ausencia de Tibisay Lucena, quien se encontraba en Uruguay participando
en las reuniones del Consejo Electoral de la Unión de Naciones
Suramericanas. A la semana siguiente, el CNE no sesionó coincidiendo con
el asueto de Semana Santa. Y en la semana siguiente a este asueto el tema no
fue considerado en la sesión de rectores.
Durante la semana del 26 de
marzo al 30 de marzo, el CNE se enfocó en el trabajo relativo al sorteo de
electores que deberán prestar el servicio electoral este año.
La siguiente respuesta
administrativa del CNE sobre la petición de la MUD se produjo el 7 de abril. En
aquel momento, el organismo formalizó la petición de incluir la firma de
los electores en la comunicación de la MUD solicitando la conformación de la
agrupación de ciudadanos. Esa petición se entregó el 12 de abril y el CNE
ofreció respuesta definitiva entregando la planilla de recolección de firmas de
1% el 26 de abril.
4. ¿Y las elecciones
regionales?
La presidenta del CNE volvió
a omitir cualquier comentario sobre este evento electoral, el cual
constitucionalmente debería realizarse en diciembre de 2016.
09-08-16
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