Por Vanessa Moreno Losada
En seis artículos la Mesa
de la Unidad Democrática (MUD) pactó cómo se conformará la coalición de
partidos políticos, luego de un proceso
de reestructuración interna que duró un mes.
Entre los nuevos
lineamientos, se estipula que los partidos que deseen parte de la MUD tienen 10
días, a partir del 24 de febrero, para presentar por escrito su solicitud
de incorporación a la agrupación política, según la única disposición
transitoria.
El reglamento
fue publicado en la página web de la Unidad el mismo viernes,
24 de febrero, y también aclara que todos los cargos de elección
pública serán escogidos en primarias, a menos que exista un consenso
de las organizaciones que conforman la instancia (Art. 5).
La sociedad
civil está incluida en el nuevo reglamento y será parte
del Congreso Nacional de la Sociedad Democrática (Conasode), “máxima
instancia de asesoría y consulta conformado por los partidos
políticos miembros de la MUD, los Invitados Permanentes y
las organizaciones sociales, gremiales, universitarios, sociedad civil,
que manifiesten su voluntad de adscribirse o sean invitadas por éste”.
“La Unidad hoy debe
reestructurarse para colocarse a la altura de las nuevas demandas que son
consecuencia de sus propios logros, y para estar en capacidad de dar respuesta
al agravamiento de la crisis que padece el país”, dijo el entonces secretario
general de la MUD, Jesús Torrealba, el 5
de febrero cuando se explicó al país cómo y por qué se
realizaría la reestructuración.
Lea a continuación el
reglamento completo:
Reglamento de la Mesa de
Unidad Democrática (MUD)
La Mesa de la Unidad
Democrática (MUD) es una alianza política de los partidos políticos
democráticos de Venezuela con la finalidad de lograr la concertación de
estrategias y políticas unitarias, así como la coordinación de acciones
políticas y organizativas comunes para lograr sus fines.
Su objetivo principal es el
cambio político profundo que con urgencia reclama el país, el cual debe ser por
la vía constitucional, democrática, electoral, y pacífica para establecer un
Gobierno de Unidad Nacional, para lo cual debe oír e incorporar a sus
diferentes planes a todos los sectores que constituyen al pueblo venezolano.
Sus decisiones se toman de
acuerdo al presente reglamento, con los cambios o modificaciones que se le
hagan en el futuro. Los Partidos políticos que integran la MUD no están
limitados para desarrollar sus propias políticas de crecimiento enmarcadas
dentro de las estrategias y políticas unitarias acordadas por la MUD con la
participación de sus integrantes para lo cual deben privar las normas y
reglamentos de obligatorio acatamiento. Quien vulnere las decisiones adoptadas
por la MUD se colocará al margen de la misma.
Artículo 1: La Mesa de la
Unidad Democrática (MUD) es una alianza de partidos políticos que está
integrada por los que así lo decidan, comprometiéndose a cumplir sus decisiones
y a acatar este reglamento.
Artículo 2: La estructura
organizativa de la MUD será la siguiente:
El Congreso Nacional de
la Sociedad Democrática (CONASODE), máxima instancia de asesoría y consulta
conformado por los partidos políticos miembros de la MUD, los Invitados
Permanentes y las organizaciones sociales, gremiales, universitarios, sociedad
civil, que manifiesten su voluntad de adscribirse al CONASODE o sean invitadas
por éste. Todas estas organizaciones podrán participar previa convocatoria con
el fin de deliberar abiertamente sobre los temas de interés para los objetivos
de la alianza, y como mecanismo de consulta permanente.
Parágrafo Único: El
CONASODE nombrará un Equipo Ejecutivo, instancia encargada de la vinculación
entre la MUD y la Sociedad Civil, que estará compuesta por una representación
paritaria escogidos del CPO y elegidos de los sectores representativos de la
sociedad civil.
La Mesa de la Unidad
Democrática (MUD), máxima instancia de decisión y dirección de la MUD,
conformada por los partidos miembros de la alianza que tengan representación
principal parlamentaria (AD, PJ, UNT, VPA, MPV, CR, AP, VENTE, ABP, PVZLA, CC,
GE, CONVERGENCIA), y la representación de los partidos (Unparve, FDC, NOE, UVV,
MR, FL, Moverse, Va Palante) que participan de la alianza unitaria pero no
obtuvieron representación parlamentaria principal.
Dicha representación,
principal y alterno, será escogida trimestralmente dentro del bloque de estos
partidos.
El Comité Político
Operativo (CPO) estará conformado por los partidos AD, PJ, UNT, VPA, MPV,
CR, AP, VENTE, ABP. Esta instancia de dirección se reunirá semanalmente y
tomará decisiones operativas preferiblemente por unanimidad o, en su defecto,
cuando agotado el debate coincidan al menos la mayoría más uno de los partidos
miembros de la MUD y del setenta por ciento (70%) o más del total de los Votos
Ponderados de los presentes en dicha instancia. Serán invitados permanentes a
este Comité los Gobernadores pertenecientes a la MUD, aplicando este criterio
incluso a la Alcaldía Mayor de la Gran Caracas, y el Jefe de la Fracción
Parlamentaria de la MUD. Los Gobernadores y el Alcalde Mayor no pueden delegar
su representación en esta instancia, a menos que sea justificado debidamente
por causas de fuerza mayor. El CPO podrá designar vocero encargado de las
declaraciones e informaciones de la MUD
Coordinador Operativo. La Mesa
de la Unidad escogerá un Coordinador Operativo para que cumpla labores
operativas, de coordinación política y para que se encargue de la dirección del
debate y la convocatoria a las reuniones, velando en todo momento por el
cumplimiento de este reglamento.
Equipos de Trabajo, instancia
de trabajo y activismo de los partidos miembros de la MUD compuesto por tres
(3) equipos:
a) Equipo de Apoyo
Político que tendrá a su cargo las áreas: regiones, comunicación,
internacional, estrategia, programática y electoral; b) Frente Lucha
Social encargado de la relación con los diferentes sectores de la sociedad
civil; c) Equipo de Apoyo Técnico encargado de las áreas: sala
situacional, GTAE, administrativa. Cada equipo tendrá un Coordinador elegido
por sus miembros. Los Equipos de Trabajo estarán conformados por siete (7)
representantes de los partidos miembros de la MUD y cuyo objetivo será el
trabajo, análisis de propuestas a presentar a las instancias de la MUD
Artículo 3: Se establece
un voto ponderado de cada partido miembro de la MUD de la siguiente manera:
Partidos
Voto Ponderado
PRIMERO JUSTICIA
8
ACCIÓN DEMOCRÁTICA 8
UN NUEVO TIEMPO 8
VOLUNTAD POPULAR 8
MOV. PROGRESISTA DE VZLA 4
LA CAUSA R
4
AVANZADA PROGRESISTA 4
VENTE 2
ABP 2
CUENTAS CLARAS 1
PROYECTO VENEZUELA 1
GENTE EMERGENTE 1
CONVERGENCIA 1
MINORITARIOS 1
TOTAL 53
Parágrafo único: La
presente tabla de ponderación deberá ser actualizada una vez se realicen nuevos
procesos electorales que sirvan de referencia para una nueva valoración
Artículo 4: Las
decisiones de la MUD se tomarán preferiblemente por unanimidad o, en su
defecto, cuando agotado el debate coincidan al menos la mayoría más uno de los
partidos miembros de la MUD y el 70% o más del total de los Votos Ponderados.
INSTANCIA – VOTOS PONDERADOS –
QUÓRUM DE FUNCIONAMIENTO – QUÓRUM DE DECISIÓN
MUD
53
8 Partidos
37 Votos
CPO
48
5 Partidos
34 Votos
Disposición
Transitoria: En un lapso de 10 días continuos contados a partir de la
aprobación de este reglamento, todas las organizaciones políticas que desean
integrar la alianza deberán designar por escrito a su representante principal
con su respectivo alterno ante la MUD y sus instancias.
Artículo 5: Todos los
cargos de elección popular serán provistos en elecciones primarias, salvo que
en alguno o algunos de ellos el candidato sea propuesto por consenso de las
organizaciones en la forma en que lo determine el reglamento respectivo.
Artículo 6: Todo lo no
previsto en el presente reglamento será resuelto por la MUD.
Caracas 13 de febrero de 2017
26-02-17
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