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viernes, 2 de junio de 2017

¿Cuáles son las cuatro aclaratorias que pide la fiscal Luisa Ortega Díaz al TSJ? Por @morelosada24


Por Vanessa Moreno Losada


Este jueves, 1 de junio, la Fiscal General de la República, Luisa Ortega Díaz, emplazó al Poder Judicial. Su solicitud de aclaratoria a la sentencia 378 que emitió la Sala Constitucional del Tribunal Supremo de Justicia se centra en cuatro puntos, “para la garantía de la seguridad jurídica y tranquilidad del pueblo venezolano”:

1.- La progresividad de los derechos humanos

Para Ortega Díaz, la sentencia del TSJ parece vulnerar la progresividad de los derechos humanos, pues el proceso de la Asamblea Nacional Constituyente redujo la posibilidad de expresión de los ciudadanos al mínimo.

“Eso vulnera la progresividad de los derechos humanos consagrados en esta Constitución (la de 1999). El pueblo tiene que tener más participación que en 1999 o igual, porque si no sería un retroceso”, expuso.

2.- Vigencia de la democracia participativa y protagónica

La Fiscal General de la República también pidió al TSJ que aclare si la democracia participativa y protagónica sigue vigente, pues desde su análisis de la sentencia pareciera que se renovó la democracia representativa. Recordó que la participación popular costó a los venezolanos muchas luchas sociales para su conquista.

“Estamos solicitando confirmar si la soberanía reside intransferiblemente en el pueblo, como se dice en el artículo 5 de la Constitución. ¿Cómo se transfirió esa soberanía del poder del pueblo soberano a los órganos del poder constituido?”, precisó.

3.- Diferencia entre convocatoria e iniciativa de convocatoria a una Constituyente


Ortega Díaz se mostró preocupada por la interpretación del TSJ que expone que la iniciativa de una Constituyente corresponde a distintos entes y distintos actores. “El artículo 348 menciona varias formas, pero el último dice que 15% de los electores inscritos en el registro civil y electoral. Entonces, si la convoca el pueblo, ese 15% es la única forma de acuerdo con las sentencias que va a ser consultada por el pueblo. La decisión asegura que la representación de un pueblo está por encima del pueblo mismo”, dijo.

4.- Modificación del texto Constitucional sin el pueblo

“También estamos solicitando que se aclare si se puede convocar una modificación del texto constitucional sin la aprobación del pueblo, que es el único depositario del poder constituyente originario. Eso lo establece el principio de la supremacía constitucional”, aseveró.

01-06-17

http://efectococuyo.com/politica/cuales-son-las-cuatro-aclaratorias-que-pide-la-fiscal-luisa-ortega-diaz-al-tsj


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