Realizar el Referéndum Revocatorio en el
2016
En la alocución del 9 de agosto, la Presidenta del CNE afirmó que: El mecanismo de referendo revocatorio no es
una fórmula para generar inestabilidad política en el país y menos para
subvertir el propio orden constitucional. Recordó, además, que esta participación
protagónica del pueblo tiene como objetivo el fortalecimiento de la democracia.
El Observatorio Electoral Venezolano (OEV), ha sostenido, reiteradamente, esas
mismas afirmaciones, en el entendido que superar pacíficamente la aguda crisis
política, económica y social del país, debe pasar por consultar,
democráticamente, al soberano, a todos los venezolanos con derecho a voto. El
referendo revocatorio de mandatos es hoy el mecanismo puesto en marcha por un
sector importante del país para el logro de ese fin.
Atendiendo a la invitación de la Rectora Lucena de revisar los plazos
señalados en las normas, el OEV concluye que lo allí pautado permite, si hay
voluntad política para ello, avanzar en el proceso más rápidamente de lo hecho
hasta ahora. Así, por ejemplo, el artículo 28 de las normas para regular
referendos revocatorios indica que: En un
plazo no mayor de quince (15) días hábiles… la Junta Nacional Electoral
verificará y cuantificará dichas manifestaciones. Por su parte, en el
artículo 30, se dice que: La celebración
del referendo revocatorio de mandato se llevará a cabo dentro de los noventa
días continuos siguientes a su convocatoria. Los distintos plazos
contemplados en la normativa para los pasos venideros tienen una redacción
similar. Se fijan allí plazos máximos que, en aras de la eficiencia y
celeridad, pueden perfectamente y sin atropellar las disposiciones legales,
reducirse. El CNE ha mostrado en anteriores procesos electorales su capacidad
técnico-organizativa para adelantar procesos electorales con mayor prontitud.
Luego del fallecimiento del Presidente Chávez en 2013, por ejemplo, en
menos de 40 días el CNE organizó y llevó a cabo una nueva elección
presidencial.
Declaraciones hechas en los últimos días, por diversos directivos del
CNE, contradicen los principios de participación
ciudadana, transparencia, imparcialidad, celeridad, confiabilidad, eficiencia,
igualdad y publicidad de los actos establecidos en el artículo 3 de las
normas para regular los referendos revocatorios. En vez de transparente, lucen
opacas y los venezolanos seguimos sin saber a ciencia cierta cuánto demorarán
los pasos siguientes. Es mayor la incertidumbre que la confianza. Las nuevas
fechas sugeridas, mediados de septiembre y finales de octubre, conspiran contra
la celeridad. Nuevas demoras que, injustificadamente, benefician políticamente
a unos y perjudican a otros, ponen en entredicho el principio de igualdad. En
democracia, los derechos de todos deben ser garantizados con equidad e
imparcialidad. Es responsabilidad y obligación del CNE que así sea.
Con preocupación y alarma el OEV también registró que no se hizo
mención alguna a las elecciones de gobernadores e integrantes de los consejos
legislativos estadales. Por mandato constitucional, esas elecciones deben realizarse
a más tardar en diciembre de este año (art. 160). Cada día que pasa sin que el
CNE fije y anuncie la fecha de esas elecciones y el cronograma de su proceso,
dificulta la posibilidad de cumplir con este mandato. Urge que esas decisiones
sean tomadas y anunciadas al país.
Hay un gran consenso nacional en torno a la idea de que nuestras
diferencias se resuelvan por la vía legal y pacífica. El CNE no debe ignorar
ese consenso, ingrediente importante de la cultura política nacional, y debe
desplegar toda su fuerza institucional para crear las condiciones que, con
apego a las normas, hagan posible las consultas a las que tienen derecho los
ciudadanos.
Caracas, 14 de agosto de 2016
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